Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2010 (18/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 18 de MORDAZA de 2010

Otorgan concesion para ecoturismo a favor de persona natural, ubicada en los distritos de Ulcumayo y Huasahuasi, provincias de MORDAZA y Tarma, departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0328-2010-AG
MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2010 VISTO: El Memorandum Nº 2108-2009-AG-DGFFS(DGEFFS) de fecha 01 de diciembre de 2009, por el cual la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, recomienda aprobar la propuesta tecnica presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aguayo para la concesion directa de un area con fines de ecoturismo a desarrollarse en los distritos de Ulcumayo y Huasahuasi, provincias de MORDAZA y Tarma, respectivamente, departamento de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Agricultura, es el organo rector del Sector Agrario y establece la Politica Nacional Agraria, la cual es de obligatorio cumplimiento en todos los niveles de gobierno y ejerce sus funciones en el MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 997, teniendo como funcion especifica dictar las politicas nacionales para el aprovechamiento y desarrollo sostenible de los recursos forestales, la MORDAZA y la fauna MORDAZA, en concordancia con la Politica Nacional del Ambiente; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0314-2002-AG, modificada por Resolucion Ministerial Nº 0412-2006-AG y Resolucion Ministerial Nº 632-2006-AG, se aprueban las Disposiciones Complementarias para el Otorgamiento de Concesiones para Ecoturismo, encargandose al Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA), su difusion, aplicacion y cumplimiento; Que, los numerales 22.1 y 22.2 del articulo 22º de las citadas Disposiciones Complementarias, disponen que la concesion con fines de ecoturismo se otorga mediante Resolucion Jefatural del INRENA, la cual es publicada en el Diario Oficial El Peruano e incluye la aprobacion de la propuesta tecnica, en caso de concesion directa; indicando asimismo, que para que se haga efectiva la concesion el otorgamiento se complementa con la suscripcion del contrato correspondiente; Que, habiendo cumplido con la publicacion del resumen y los avisos previstos en el articulo 8º de las acotadas Disposiciones Complementarias, y al no presentarse otros interesados, con Carta Nº 1690-2007-INRENAIFFS(DACFFS) de fecha 30 de octubre de 2007, se informa al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aguayo que su solicitud para concesion continuara bajo modalidad de concesion directa y se le autoriza a presentar su propuesta tecnica, de conformidad con lo senalado en el articulo 18º de las Disposiciones Complementarias aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 0314-2002-AG y sus modificatorias; Que, con Carta de fecha 29 de enero de 2007, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aguayo, presento la propuesta tecnica para el otorgamiento de una concesion de ecoturismo, cuyas observaciones fueron subsanadas el 07 de MORDAZA de 2008; Que, por Resolucion Jefatural Nº 212-2006-INRENA de fecha 08 de agosto de 2006, se aprobo los criterios para calificacion de las propuestas tecnicas para concesiones de ecoturismo tanto en los procesos de concurso publico como de concesion directa; Que, por otro lado el articulo 20º de la Ley Nº 26821, Ley Organica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, dispone que todo aprovechamiento de recursos naturales por parte de particulares da lugar a una retribucion economica que se determina por criterios economicos, sociales y ambientales; Que, el articulo 19º de la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA y sus modificatorias, prescribe que todo aprovechamiento de productos forestales y de fauna MORDAZA esta sujeto al pago de derechos a favor del Estado que no constituye impuesto; Que, asimismo el numeral 70.5 del articulo 70º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, senala que el valor de la retribucion economica de una concesion para ecoturismo se fija en funcion a la superficie solicitada;

Que, el articulo 5º de las Disposiciones Complementarias para el Otorgamiento de Concesiones para Ecoturismo, aprobadas por la Resolucion Ministerial Nº 0314-2002-AG y sus modificatorias, regula los criterios para establecer los derechos de aprovechamiento en este MORDAZA de concesiones, senalando que su valor se determina para cada contrato; Que, mediante la Resolucion Jefatural Nº 340-2008INRENA del 24 de diciembre de 2008, se aprobaron los criterios para la determinacion del derecho de aprovechamiento en las concesiones para ecoturismo, que se encuentren total o parcialmente fuera de bosques de proteccion permanente y fuera del ambito de areas naturales protegidas; Que, mediante Informe Nº 2675-2009-AG-DGFFSDGEFFS de fecha 20 de noviembre de 2009, la Direccion de Gestion Forestal y de Fauna MORDAZA de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, recomienda aprobar la propuesta tecnica presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aguayo al haber alcanzado el 73% del puntaje, superando asi el minimo indispensable y otorgar la concesion con fines de ecoturismo solicitada; Que, el citado Informe recomienda asimismo, aprobar en el acto administrativo de aprobacion de propuesta tecnica y otorgamiento de concesion con fines de ecoturismo, el valor del derecho de aprovechamiento fijado en US$ 1.40 dolares americanos por hectarea al ano, en virtud a los Principios de Celeridad y Eficacia, previstos en los numerales 1.9 y 1.10 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, mediante Decreto Supremo Nº 030-2008-AG, se aprobo la fusion del Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) en el Ministerio de Agricultura, siendo este ultimo el ente absorbente; Que, el articulo 4º de la Ley Nº 29376, precisa que las funciones otorgadas por la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, al que fue el Instituto Nacional de Recursos Naturales ­ INRENA, son ejercidas por el Ministerio de Agricultura o los Gobiernos Regionales dentro del MORDAZA de sus competencias; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29376, el Decreto Legislativo Nº 977 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la "Propuesta Tecnica" presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aguayo y en consecuencia otorgar una concesion para ecoturismo a su favor, bajo la modalidad de concesion directa, a desarrollarse en un area de 2 902.31 has (dos mil novecientos dos hectareas y trecientos diez metros cuadrados) de extension, ubicada en los distritos de Ulcumayo y Huasahuasi, provincias de MORDAZA y Tarma, respectivamente, departamento de MORDAZA, por un periodo de 40 anos renovables. Articulo 2º.- Definir que el area que se otorga en concesion, se encuentra enmarcada dentro de las siguientes coordenadas UTM, con el Datum WGS84, en la MORDAZA 18, de la presente Resolucion Ministerial: Cuadro de coordenadas UTM

VERTICES 1 2 3 4 5 6 7 8 9

ESTE 449519 450478 452219 451963 449112 448154 441514 441952 447998

NORTE 8792579 8792154 8790447 8788947 8790023 8788088 8789622 8791610 8791445

Articulo 3º.- Aprobar el valor del derecho de aprovechamiento para la concesion con fines de ecoturismo que se otorga, en US$ 1.40 (un dolar y cuarenta centavos de dolar americano) por hectarea al ano. Articulo 4º.- Precisar que el otorgamiento de la concesion se complementa con la suscripcion del contrato correspondiente; en consecuencia para que la concesion se haga efectiva el interesado debera suscribir el referido contrato de concesion para ecoturismo con el Ministerio de Agricultura.

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