Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2010 (18/05/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

419128

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 18 de MORDAZA de 2010

Articulo 3º.- Inclusion de Notas Nºs 6 y 7. Incluyase en el MORDAZA del Ministerio de la Produccion, como aclaraciones, la Nota Nº 6 relacionada al Procedimiento Nº 66, y la Nota Nº 7 vinculada a los Procedimientos Nºs 66 y 67; en los terminos siguientes: "Nota 6: Ninguna autoridad administrativa o politica podra suspender el Procedimiento, con excepcion del ejecutor. (Numeral 16.1 del articulo 16º del T.U.O. de la Ley Nº 26979, Ley del Procedimiento de Ejecucion Coactiva, aprobada con Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS)" "Nota 7: En concordancia con lo expresado en las notas 3 y 6, no es procedente la interposicion de recurso de apelacion en estos procedimientos." Articulo 4º.- Publicacion. Publiquese la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano; y los Anexos Nºs. I y II, a que se refieren los articulos 1º y 2º de la presente Resolucion Ministerial, respectivamente, en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas (PSCE) (www.serviciosalciudadano.gob.pe), y en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion (www. produce.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion

elaboracion y aprobacion del MORDAZA aprobados por Decreto Supremo N° 079-2007-PCM; por lo que resulta pertinente la aprobacion de la propuesta revisada por la Oficina General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio; De conformidad con las normas citadas precedentemente, el Decreto Legislativo N° 1047 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; y con el visado de las Oficinas Generales de Planificacion y Presupuesto y de Asesoria Juridica y del Secretario General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Simplificacion de requisitos y derechos de tramite. Aprobar la reduccion de los requisitos y derechos de tramite de los Procedimientos N°s 22, 23, 24 y 31 del MORDAZA del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru (ITP), aprobado por Decreto Supremo N° 004-2009-PRODUCE y modificado por Resolucion Ministerial N° 190-2009PRODUCE, conforme al anexo de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Modificacion de formulario. Modifiquese el Formulario N° 1 del MORDAZA del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru (ITP), el cual se adjunta a la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Publicacion. Publiquese la presente Resolucion Ministerial en el "Diario Oficial El Peruano", y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru (ITP) con la modificacion dispuesta por el articulo 1° de la presente Resolucion Ministerial, incluido sus formularios, en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru (www.itp.org.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion

494728-1

Resolucion Ministerial que simplifica el MORDAZA del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru (ITP)
RESOLUCION MINISTERIAL N° 127-2010-PRODUCE
MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2010 Vistos: El Oficio N° 274-2010-ITP/DE de fecha 23 de MORDAZA de 2010, del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP; el Informe N° 073-2010-PRODUCE/OGPP-Opir, de fecha 23 de MORDAZA de 2010, de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto; y el Informe N° 019-2010-PRODUCE/OGAJJCF de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 004-2009-PRODUCE se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru (ITP), modificado mediante Resolucion Ministerial N° 190-2009PRODUCE; Que, de acuerdo al numeral 36.3 del articulo 36° la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, las disposiciones concernientes a la simplificacion de procedimientos podran aprobarse por Resolucion Ministerial; asimismo, en concordancia con el numeral 38.5 del articulo 38° de dicha Ley, toda modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o de requisitos, debe realizarse por Resolucion Ministerial del Sector; Que, de acuerdo con lo previsto en el numeral 11.2 del articulo 11° de los lineamientos para elaboracion y aprobacion del MORDAZA aprobados por Decreto Supremo N° 079-2007PCM, en el caso de los MORDAZA de los Organismos Publicos del Poder Ejecutivo, previamente a su aprobacion, deberan contar con la opinion de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio al cual se encuentren adscritos; asimismo, conforme al articulo 12° de dichos lineamientos, para la revision y aprobacion del proyecto del MORDAZA o de su modificatoria, este debera contar entre otros aspectos, con el Informe Tecnico de la Oficina de Planeamiento o quien haga sus veces y los formatos de sustentacion legal y tecnica de los procedimientos administrativos; Que, mediante el Oficio de la referencia, el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP informa sobre la revision y evaluacion de los requisitos y tasas por derecho de tramitacion previstas en los Procedimientos N°s 22, 23, 24 y 31 de su MORDAZA, proponiendo como consecuencia de dicha evaluacion, un reajuste de las mismas; Que, la propuesta de modificacion planteada por el ITP, cuenta con la documentacion a que se refiere el numeral 11.2 del articulo 11° y el articulo 12° de los lineamientos para

494728-2

SALUD
Oficializan Vacunacion Nacional contra la Influenza A H1N1
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 412-2010/MINSA
MORDAZA, 14 de MORDAZA del 2010 Visto el Expediente Nº 10-029717-002, que contiene el Informe Nº 027-2010-ESNI-DGSP/MINSA de la Direccion General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, la Resolucion WHA62.10 emitida en la 62ª Asamblea Mundial de la Salud, da cuenta de la Preparacion para una gripe pandemica por los estados miembros, para facilitar el acceso a las vacunas contra la Influenza A H1N1; Que, en la Resolucion Nº 02/2009 del Consejo de Salud Suramericano en el Acuerdo Nº 03/2009, se resuelve la vacunacion contra la Influenza A H1N1 como una estrategia complementaria a otras intervenciones integrales de promocion y prevencion orientada a grupos prioritarios estrategicos de mayor vulnerabilidad en concordancia con las recomendaciones de la OMS y OPS; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 873-2009/ MINSA, se aprobo el Plan Nacional de Respuesta Frente a la Pandemia de Influenza, que establece los diferentes componentes para poder hacer frente de manera efectiva a la pandemia de Influenza, considerando en el Componente de Prevencion y Contencion de la Pandemia la vacunacion de grupos prioritarios de riesgo; Que, mediante el Informe Nº 027-2010-ESNI-DGSP/ MINSA, la Direccion General de Salud de las Personas, solicita la oficializacion de la Vacunacion contra Influenza A H1N1 en el ambito nacional; Que, del mismo modo esta vacunacion permitira; mantener

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.