Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2010 (18/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, martes 18 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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impulsar y concluir los procedimientos de ejecucion coactiva de sanciones y otras obligaciones administrativas, en el MORDAZA del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, mediante la emision de la resolucion de ejecucion coactiva, asi como custodiar los respectivos expedientes; Que, de acuerdo al numeral 36.3 del articulo 36° la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, las disposiciones concernientes a la simplificacion de los procedimientos administrativos podran aprobarse por Resolucion Ministerial; asimismo, en concordancia con el numeral 38.5 del articulo 38° de dicha Ley, toda modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o de requisitos, en el caso de los Ministerios, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector; Que, en el MORDAZA de las politicas de modernizacion y facilitacion de la atencion al ciudadano, se ha visto por conveniente simplificar, y aclarar procedimientos del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y sus modificatorias; disponiendo la reduccion de plazos, requisito, monto por pago por derecho de tramite o por servicio de inspeccion; la aclaracion de la base legal, o requisito, segun corresponda en los Procedimientos Administrativos Nº s 22, 66 y 67, del

Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de la Produccion Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesqueria, de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, y de las Oficinas Generales de Asesoria Juridica, de Administracion, y de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de la Produccion; y, Estando a lo informado en los documentos de Vistos y de conformidad con las normas citadas precedentemente y el Decreto Legislativo N° 1047 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Simplificacion del Procedimiento Nº 22 Simplifiquese el procedimiento Nº 22 del MORDAZA del Ministerio de la Produccion, mediante la reduccion del plazo de atencion, de requisito, del pago por derecho de tramite, y del pago por servicio de inspeccion, segun Anexo Nº I, que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Actualizacion de base legal y aclaracion de requisito de los Procedimientos Nºs 66 y 67. Actualicese la base legal de los Procedimientos Nºs 66 y 67, y aclarese el requisito del Procedimiento Nº 67, del MORDAZA del Ministerio de la Produccion, segun detalle del Anexo Nº II, que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial.

COMUNICADO Nº 001-2010-SERVIR-TSC

A las entidades publicas del Gobierno Nacional
El Tribunal del Servicio Civil hace de conocimiento de las entidades del Estado, integrantes del Sistema Administrativo de Gestion de Recursos Humanos, que observa una excesiva demora en la remision de los recursos de apelacion presentados por los administrados en sus respectivas oficinas de tramite documentario. Se recuerda que los recursos de apelacion interpuestos ante las entidades deben ser remitidos al Tribunal del Servicio Civil (TSC) dentro del dia siguiente de su MORDAZA, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 19º del Reglamento del Tribunal del Servicio Civil ­ Decreto Supremo 008-2010-PCM. Asimismo, cabe senalar que no es funcion de las entidades receptoras desarrollar procedimientos internos destinados a la calificacion de dichos recursos impugnativos; debiendo limitarse a su elevacion. La verificacion del cumplimiento de los requisitos de admisibilidad corresponde exclusivamente al TSC, tal como dispone el articulo MORDAZA mencionado. En tal sentido, el TSC insta a los funcionarios responsables a dar cumplimiento estricto a estas disposiciones con la finalidad de garantizar a los administrados que sus recursos de apelacion MORDAZA ventilados en un procedimiento ajustado a los principios de celeridad, eficacia e informalismo, en respeto a las garantias del debido proceso. Como es de conocimiento publico, el TSC forma parte de SERVIR y cuenta con independencia funcional. Es la MORDAZA instancia administrativa para conocer recursos de apelacion respecto de las siguientes materias: acceso al servicio civil, pago de retribuciones, evaluacion y progresion en la MORDAZA, regimen disciplinario y terminacion de la relacion de trabajo. Este ano se instalo la Primera Sala del TSC, la cual atiende los recursos de apelacion que se planteen en entidades del Gobierno Nacional. Posteriormente, se abriran otras MORDAZA que asumiran las mismas tareas en los gobiernos regionales y locales. Mas informacion en: http://www.servir.gob.pe/index.php/tribunal-del-servicio-civil.html MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2010. SECRETARIA TECNICA TRIBUNAL DEL SERVICIO CIVIL 494896-1 (Se publica a solicitud de la Autoridad Nacional del Servicio Civil mediante Oficio N° 109-2010-SERVIR/GG)

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