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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de noviembre de 2010 429469 en relaciones internacionales, fortaleciendo los conocimientos para un mejor desempeño en el campo institucional para valorar la información estratégica para la implementación de actividades especializadas. Asimismo, permitirá acceder a nuevos conocimientos y experiencias relacionadas con el actuar de Fuerzas Conjuntas y Combinadas con relación a otros países, para luego ser vertidos en provecho de la Marina de Guerra del Perú; Que, el citado viaje de estudios se encuentra incluido en el Rubro 1: Formación/Califi cación/Especialización, Ítem 92 del Anexo (RO), aprobado mediante Resolución Suprema Nº 461-2010 de fecha 18 de octubre de 2010, que modifi ca el Plan Anual de Viajes del Sector Defensa para el Año Fiscal 2010; Que, en el orden de ideas antes expuesto, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje de estudio del Teniente Segundo Jasón Paul SEMINARIO Seminario y del Teniente Segundo Kristian Otoniel CUCHO Hidalgo, para que visiten la ciudad de San José de los Campos, Sao Paulo - BRASIL, a partir del 23 al 25 de noviembre de 2010, por un período de TRES (03) días; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG de fecha 26 enero 2004 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de estudio del Teniente Segundo Jasón Paul SEMINARIO Seminario, CIP. 00014084, DNI. 43306024 y Teniente Segundo Kristian Otoniel CUCHO Hidalgo, CIP. 00010078, DNI. 43316984, para que visiten la ciudad de San José de los Campos, Sao Paulo - BRASIL, a partir del 23 al 25 de noviembre de 2010, por un período de TRES (03) días, a realizarse durante el desarrollo del Curso de Guerra Antisubmarina. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos correspondientes de acuerdo con los conceptos siguientes: Viáticos en el Extranjero: US$ 200.00 x 3 días x 2 personas Artículo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado Personal Naval deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 569480-8 Autorizan viajes de oficiales de la FAP a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 555-2010-DE/FAP Lima, 19 de noviembre de 2010 Visto, la Papeleta de Trámite R-50-EMED-Nº 1137 de fecha 13 de agosto de 2010, mensaje EMAI-281700 setiembre 2010, del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú y la Papeleta de Trámite R- 50-SGFA-Nº 4498 de fecha 13 de agosto de 2010, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, la Fuerza Aérea del Perú cuenta con aeronaves Hércules L-100-20 con las cuales realiza Vuelos de Transporte Aéreo logístico de pasajeros y carga, Vuelos de Apoyo al Desarrollo Socio Económico, Vuelos de Apoyo al Sistema de Defensa Civil y Vuelos de Ayuda Humanitaria, en forma permanente, tanto a nivel nacional como internacional, operando en distintos aeropuertos y en variadas condiciones climatológicas; Que, la formación y entrenamiento de tripulaciones aéreas para la operación de la mencionada aeronave, incluye fases muy importantes y críticas, que por la diversa geografía, variedad de aeropuertos, aeródromos e inclemencias climatológicas que se presentan durante las diversas operaciones aéreas, requieren de un constante entrenamiento y preparación, lo cual proporciona a las tripulaciones la práctica y dominio de procedimientos, técnicas y adaptación a la operación en diversas condiciones, muchas de las cuales no se practican frecuentemente por el alto riesgo y costo que implica; Que, la Fuerza Aérea Ecuatoriana, cuenta con las aeronaves de transporte Hércules L-100-30 y C-130, similares a las de la FAP, contando con gran experiencia en la utilización de este sistema de armas, tanto en misiones de instrucción, combate y transporte en diferentes campos de aterrizaje de geografía variada; Que, según lo acordado en la “V Reunión de Jefes de Estado Mayor General FAE - FAP”, existe un compromiso de apoyo mutuo sin costos de operación, en donde la FAE se compromete a brindar entrenamiento operativo y capacitación a las tripulaciones aéreas de intercambio; Que, la citada comisión se encuentra incluida en el rubro 4.- Actividades Operacionales, ítem 42 del anexo 3 (RO), de la Resolución Suprema Nº 260-2010-DE del 9 de junio de 2010, que modifi ca el Plan Anual de Viajes del Sector Defensa para los meses de marzo a diciembre del año 2010, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 130-2010 DE/SG del 1 de abril de 2010; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 29075 - Ley que Establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de facha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 y la Ley Nº 29465 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; y, Estando a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General, a lo opinado por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República de Ecuador, del 22 al 26 de noviembre de 2010, al Mayor FAP LUIS SEGURA ALVARADO y al Mayor FAP JORGE CESAR ZAPATA TIPIAN, para que participen en el intercambio recíproco de tripulaciones del Avión C-130. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: