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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de octubre de 2010 426778 del Embajador Víctor Ricardo Luna Mendoza como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; Que, mediante Resolución Suprema Nº 058-2007- RE se nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Víctor Ricardo Luna Mendoza, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente ante Irlanda, con residencia en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; Que, en tal sentido, se ha dispuesto dar término al nombramiento del citado funcionario como Embajador Concurrente ante Irlanda, con residencia en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley Nº 29318; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 065-2009-RE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Víctor Ricardo Luna Mendoza, como Embajador Concurrente ante Irlanda, con residencia en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, con fecha 31 de octubre de 2010. Artículo 2º.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3º.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 550714-14 Dan por terminadas funciones de Embajador como Representante Permanente del Perú ante la Organización Marítima Internacional (OMI) RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 391-2010-RE Lima, 30 de septiembre de 2010 VISTA: La Resolución Suprema Nº 362-2010-RE que da por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Víctor Ricardo Luna Mendoza, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0789/RE se fi jó el 31 de octubre como la fecha de término de funciones del Embajador Víctor Ricardo Luna Mendoza como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; Que, mediante Resolución Suprema Nº 055-2007- RE se nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Víctor Ricardo Luna Mendoza, como Representante Permanente del Perú ante la Organización Marítima Internacional (OMI), con residencia en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; Que, en tal sentido, se ha dispuesto dar término al nombramiento del citado funcionario como Representante Permanente del Perú ante la Organización Marítima Internacional (OMI), con residencia en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley Nº 29318; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 065-2009-RE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Víctor Ricardo Luna Mendoza, como Representante Permanente del Perú ante la Organización Marítima Internacional (OMI), con residencia en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, con fecha 31 de octubre de 2010. Artículo 2º.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3º.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 550714-15 Autorizan al CONCYTEC efectuar pago de cuota al International Council for Science (ICSU) RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 392-2010-RE Lima, 30 de septiembre de 2010 VISTO: El ofi cio Nº 401-2010-CONCYTEC-P, de fecha 3 de agosto de 2010, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de las cuotas de los años 2008 y 2009, al International Council for Science (ICSU); CONSIDERANDO: Que, el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de las cuotas de los años 2008 y 2009 al International Council for Science (ICSU), con cargo al presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC); Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC) a efectuar el pago de € 2,000.00 (Dos Mil y 00/100 Euros) al International Council for Science (ICSU), correspondiente a las cuotas de los años 2008 y 2009. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC).