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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 3 de octubre de 2010 426901 Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Santiago (CHILE) - Lima US$ 700 x 02 Ofi ciales Viáticos: US$ 200 x 04 Días x 02 Ofi ciales Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 31 x 02 Ofi ciales Artículo 3°.- EI Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4°.- El citado personal deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6° y 10° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias. Artículo 5°.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 551472-1 Autorizan viaje de Oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 425-2010 DE/MGP Lima, 2 de octubre de 2010 Visto el Ofi cio P.200-1929 del Director General del Personal de la Marina de fecha 10 de setiembre de 2010; CONSIDERANDO: Que, en el Acta Final de la Tercera Reunión entre la Marina de Guerra del Perú y la Armada del Ecuador, se consideró el desarrollo de la Segunda Reunión Bilateral de Capitanes de Puerto de Zorritos (Perú) y Bolívar (Ecuador) para el mes de octubre de 2010, en Puerto Bolívar- REPÚBLICA DEL ECUADOR, con el propósito de abordar la problemática común derivada de las actividades ilícitas; así como, la contaminación del medio ambiente marino; Que, la Marina de Guerra del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2010, la autorización de viaje de DOS (2) Ofi ciales para que participen en la mencionada Reunión; Que, el viaje se encuentra incluido en el Rubro 5: Medidas de Confi anza Mutua, ítem 8, Anexo 2 (RDR) del Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa para los meses de marzo a diciembre del Año Fiscal 2010, aprobado con Resolución Suprema N° 130-2010-DE/SG de fecha 1° de abril de 2010 y sus modifi catorias; Que, en el orden de ideas antes expuesto, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio de Personal Naval, para que participe en la Segunda Reunión Bilateral de Capitanes de Puerto de Zorritos (Perú) y Bolívar (Ecuador), a realizarse en Puerto Bolívar - REPÚBLICA DEL ECUADOR, a partir del 20 al 22 de octubre de 2010; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley N° 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley N° 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, Decreto Supremo N° 047- 2002 -PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto de Urgencia N° 001-2010 de fecha 6 de enero de 2010 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata SGC. José Antonio CHAVEZ Campodónico, CIP.02833670, DNI. 08183615 y Capitán de Fragata SGC. Julio Antonio CANEPA Rivera, CIP. 01800899, DNI. 09363995, para que participen en la Segunda Reunión Bilateral de Capitanes de Puerto de Zorritos (Perú) y Bolívar (Ecuador), a realizarse en Puerto Bolívar - REPÚBLICA DEL ECUADOR, a partir del 20 al 22 de octubre de 2010. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Puerto Bolívar (ECUADOR) - Lima US$. 700.00 x 2 personas Viáticos: US$. 200.00 x 3 días x 2 personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$. 31.00 x 2 personas Artículo 3°.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4°.- El mencionado Personal Naval deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 551472-2 Autorizan viaje de Oficiales de la FAP a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 426-2010-DE/FAP Lima, 2 de octubre de 2010