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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2010 (03/10/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 3 de octubre de 2010 426908 características especiales del circuito donde se realizarán las prácticas de manejo, presentará copia de la Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil extracontractual a favor de terceros, conforme lo señala el literal e) numeral 43.4 del artículo 43º del Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, bajo sanción de declararse la nulidad de la Resolución Directoral de autorización. Artículo Sexto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; y encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Sétimo.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE G. MEDRI GONZALES Director General Dirección General de Transporte Terrestre 550762-1 ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de funcionario a los Estados Unidos para participar en la XXXII Reunión Anual de Bancos Centrales y Ministerios de Finanzas de América Latina del BID y en otros eventos RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 066-2010-BCRP Lima, 1 de octubre de 2010 CONSIDERANDO: Que, se ha recibido la convocatoria para que el Banco Central de Reserva del Perú participe, en el marco de las Reuniones Anuales del Fondo Monetario Internacional (FMI) y del Banco Mundial (BIRF), en la XXXII Reunión Anual de Bancos Centrales y Ministerios de Finanzas de América Latina del BID; y otras reuniones organizadas en el contexto de dichas Reuniones Anuales, que se realizarán en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América; Que, el Perú es miembro del Fondo Monetario Internacional y del Banco Mundial y el Banco Central de Reserva del Perú representa al país para los fi nes establecidos en el Convenio Constitutivo del primero de esos organismos multilaterales; Que, se ha designado al señor Renzo Rossini Miñán como Gobernador Alterno Temporal durante la realización de las Reuniones Anuales del FMI y BIRF; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº27619 y el Decreto Supremo Nº047-2002-PCM, y estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 16 de setiembre de 2010; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la misión en el exterior del señor Renzo Rossini Miñán, Gerente General, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 6 al 11 de octubre y al pago de los gastos que no sean asumidos por las entidades organizadoras, a fi n de que participe en las reuniones indicadas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje y Tarifa única de Aeropuerto US$ 875,09 Viáticos US$ 660,00 ------------------ TOTAL US$ 1535,09 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. JULIO VELARDE Presidente 551057-1 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Disponen no ratificar a magistrado en el cargo de Fiscal Provincial Adjunto a la Fiscalía Provincial en lo Penal de Huaraz del Distrito Judicial de Ancash RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 182-2010-PCNM Lima, 21 de mayo de 2010 VISTO: El expediente de evaluación y ratifi cación del magistrado Hugo Oswaldo Morales Morales, Fiscal Provincial Adjunto a la Fiscalía Provincial en lo Penal de Huaraz del Distrito Judicial de Ancash; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, por Resolución Nº 049-2001-CNM de 11 de junio de 2001, Hugo Oswaldo Morales Morales fue ratifi cado en el cargo de Fiscal Provincial Adjunto a la Fiscalía Provincial en lo Penal de Huaraz del Distrito Judicial de Ancash, fecha desde la cual ha transcurrido el plazo de siete años a que se refi ere el artículo 154 inciso 2) de la Constitución, para los fi nes del proceso de evaluación y ratifi cación; Segundo.- Que, por acuerdo adoptado en sesión plenaria de 3 de diciembre de 2009 se aprobó la Convocatoria Nº 004-2009-CNM de los procesos individuales de evaluación integral y ratifi cación, entre otros, del citado magistrado en el cargo indicado; siendo el periodo su evaluación desde el 12 de junio de 2001 a la fecha de conclusión del presente proceso, cuyas etapas se han desarrollado integralmente; habiendo sido entrevistado personalmente en sesión pública de 21 de mayo último; garantizándole previamente el acceso a su expediente e informe individual para la lectura respectiva; por lo que corresponde adoptar la decisión fi nal; Tercero.- Que, el artículo 146 inciso 3) de la Constitución garantiza a los magistrados su permanencia en el servicio siempre que observen conducta e idoneidad propias de su función. Acorde con esta disposición, la permanencia del magistrado en el ejercicio del cargo por otros siete años exige que ejerza la función dentro del marco constitucional y legal, que evidencie una conducta caracterizada por la verdad, lealtad, probidad, decoro, independencia, imparcialidad, diligencia, contracción al trabajo funcional, capacitación y actualización permanente; Cuarto.- Que, con relación al RUBRO CONDUCTA, de los documentos que conforman el expediente del proceso de evaluación y ratifi cación, se establece: A) Medidas disciplinarias. La Fiscalía Suprema de Control Interno del Ministerio Público (mediante Ofi cio Nº 73-2010-MP-FSUPR.CI de