Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2010 (14/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de octubre de 2010

NORMAS LEGALES

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el Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de MORDAZA ha emitido la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- APROBAR la Estrategia Regional denominada "CONSOLIDACION DEL CLIMA INSTITUCIONAL EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PUBLICAS DE LA JURISDICCION DEL GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE", como politica de Estado a nivel regional, concordada con el Proyecto Educativo Regional de MORDAZA, con la finalidad de brindar un servicio educativo de calidad en las instituciones educativas publicas de la Region Lambayeque. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de MORDAZA que, en coordinacion con la Direccion Regional de Educacion, MORDAZA las previsiones organizacionales necesarias que demande la implementacion de la estrategia regional, aprobada por el Articulo Primero de la presente norma. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. NERY MORDAZA DE KROLL Presidenta Regional 554293-1

Estando a las atribuciones conferidas por el articulo 42º y el numeral 6 del articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGASE hasta el 30 de octubre del 2010, la vigencia de la Ordenanza Nº 345MDJM. Articulo Segundo.- ENCARGASE a la Gerencia de Rentas y a la Sub Gerencia de Informatica, el cumplimiento del presente Decreto en lo que fuere de su competencia y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la difusion y publicacion en el MORDAZA institucional, de la misma. Articulo Tercero.- El presente Decreto entrara en vigencia a partir del 16 de octubre del 2010. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 554513-1

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Ordenanza que establece Regimen de Descuentos Especiales por Obligaciones Tributarias
ORDENANZA Nº 348-MPL Pueblo Libre, 12 de octubre de 2010 EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesion Ordinaria Nº 23 de la fecha, de conformidad con el Dictamen Nº 046-2010-MPL/CPL-CPAFP; En uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD; y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta, adopto la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE REGIMEN DE DESCUENTOS ESPECIALES POR OBLIGACIONES TRIBUTARIAS TITULO I DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Articulo 1º.- OBJETO.- ESTABLECER un regimen de descuentos especiales por obligaciones tributarias que se encuentren vencidas a la fecha de expedicion de la presente MORDAZA, de acuerdo a las condiciones que establece la presente Ordenanza. Para efectos de la presente Ordenanza se entendera por tributos municipales al Impuesto Predial, los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo y las Multas Tributarias; asi como las cuotas pendientes de cancelacion por concepto de Fraccionamientos de Pago. Articulo 2º.- BENEFICIOS Y ACOGIMIENTO.DISPONER que los contribuyentes que se acojan a la presente Ordenanza tendran derecho a los beneficios que se senalan mas adelante, siempre que se encuentren al dia en el pago de sus obligaciones tributarias del presente ejercicio, entendiendose que se cumple con este requisito con la cancelacion de hasta la Tercera Cuota del Impuesto Predial y la Novena Cuota de los Arbitrios Municipales. Los beneficios que se otorgan son los siguientes: a. Condonacion del 100% de intereses moratorios y reajustes correspondientes a la obligacion respecto de la cual se efectue el pago.

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Prorrogan plazo de beneficios tributarios otorgados mediante la Ordenanza Nº 345-MDJM
DECRETO DE ALCALDIA Nº 015-2010-MDJM MORDAZA MORDAZA, 7 de octubre del 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el articulo 74 de la Constitucion Politica del Peru reconoce a los gobiernos locales la potestad de crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, dispone que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 345-MDJM, se aprobo el otorgamiento de beneficios que incentiven el pago del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias y Multas Administrativas, habiendose prorrogado su vigencia mediante los Decretos de Alcaldia Nº 009-2010, hasta el 17 de MORDAZA del ano 2010, Nº 10-2010-MDJM, hasta el 30 de MORDAZA del 2010, Nº 011-2010-MDJM, hasta el 31 de agosto de 2010, Nº 12-2010-MDJM, hasta el 30 de setiembre de 2010 y Nº 014-2010-MDJM hasta el 15 de octubre de 2010; Que, el Articulo Noveno de la citada Ordenanza faculta al MORDAZA para dictar las medidas complementarias para la aplicacion adecuada de la MORDAZA, asi como para la prorroga del vencimiento de los beneficios que la misma preve; Que, habiendose observado un considerable numero de contribuyentes que han cumplido con regularizar sus obligaciones, resulta necesario prorrogar el plazo del vencimiento de la Ordenanza Nº 345-MDJM; a fin de que los beneficios tributarios puedan ser extensivos a la totalidad de contribuyentes;

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