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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2010 (14/10/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 72

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de octubre de 2010 427510 SE RESUELVE: Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso extraordinario interpuesto por el doctor Edgar Emiliano Luján Flores, contra la Resolución Nº 144-2010-PCNM, de 19 de abril de 2010, que dispone no renovarle la confi anza y, en consecuencia, no ratifi carlo en el cargo de Fiscal Adjunto a la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Ica del Distrito Judicial de Ica. Segundo.- Disponer la ejecución inmediata de la citada resolución de no ratifi cación, de conformidad con el artículo 48º del Reglamento de Proceso de Evaluación y Ratifi cación de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Público. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. MAXIMILIANO CÁRDENAS DÍAZ EDMUNDO PELÁEZ BARDALES ANIBAL TORRES VASQUEZ CARLOS ARTURO MANSILLA GARDELLA LUIS K. MAEZONO YAMASHITA VICTOR GASTÓN SOTO VALLENAS JAVIER ROMAN PIQUÉ DEL POZO 554342-2 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Aprueban “Reglamento para la Fiscalización del Ejercicio de Democracia Interna de los Partidos Políticos y Alianzas Electorales” aplicable a las Elecciones Generales del año 2011 RESOLUCIÓN Nº 2541-A-2010-JNE Lima, siete de octubre de dos mil diez. CONSIDERANDO El artículo 178 de la Constitución Política del Perú establece como competencias del Jurado Nacional de Elecciones el velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones políticas y demás disposiciones referidas a materia electoral, así como el de fi scalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de la realización de los procesos electorales. El artículo 5 de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, Ley Nº 26486, dispone le atribuye la función de dictar la reglamentación necesaria para su adecuado funcionamiento y ejercicio de sus competencias. El artículo 19 de la Ley de Partidos Políticos, Ley Nº 28094, dispone que la elección de autoridades y candidatos de los partidos políticos y movimientos de alcance regional o departamental debe regirse por las normas de democracia interna establecidas en la referida ley, el estatuto y el Reglamento Electoral de la agrupación política. Atendiendo a la trascendencia y singular importancia de los cargos que serán sometidos a elección el año 2011, resulta imperativo optimizar y brindar la mayor cobertura democrática posible previa a la asunción del cargo, incluso desde el momento en que se determinan los integrantes de la fórmula presidencial y lista de candidatos que cada partido político y alianza electoral de alcance nacional presentará ante el Jurado Nacional de Elecciones y los Jurados Electorales Especiales, según corresponda. En ese contexto, corresponde establecer un mecanismo que le permita a este Colegiado ejercer legítimamente sus funciones de supervisión y fi scalización del cumplimiento de las normas sobre democracia interna, lo que implica instaurar mecanismos y procedimientos que permitan evaluar el desarrollo mismo del proceso de elecciones internas y designaciones directas que los partidos políticos y las alianzas electorales de alcance nacional realizarán en virtud de las Elecciones Generales del año 2011. Por tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el “REGLAMENTO PARA LA FISCALIZACIÓN DEL EJERCICIO DE DEMOCRACIA INTERNA DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS Y ALIANZAS ELECTORALES” aplicable a las Elecciones Generales del año 2011, cuyo texto es el siguiente: REGLAMENTO PARA LA FISCALIZACIÓN DEL EJERCICIO DE DEMOCRACIA INTERNA DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS Y ALIANZAS ELECTORALES - ELECCIONES GENERALES 2011 1. OBJETIVO Establecer disposiciones para la ejecución del procedimiento de fi scalización respecto del ejercicio de democracia interna sobre las elecciones de candidatos de los partidos políticos y alianzas electorales, en el marco de las Elecciones Generales 2011. 2. ALCANCE Las disposiciones del presente procedimiento son de aplicación del personal de la Secretaría General, la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales y de todas aquellas áreas que deban participar acorde a sus competencias, independientemente de su condición laboral o contractual. Todos aquellos actores electorales que formen parte del proceso deberán acatar las disposiciones del procedimiento, incluso los que presten asistencia técnica. 3. REFERENCIAS O BASE LEGAL 3.1. Constitución Política del Perú. 3.2. Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones. 3.3. Ley Nº 28094, Ley de Partidos Políticos y sus modifi catorias. 3.4. Resolución que aprueba el Instructivo sobre Democracia Interna para la Elección de Candidatos de los Partidos Políticos y Alianzas Electorales para el Proceso de Elecciones Generales. 4. ABREVIATURAS Y DEFINICIONES 4.1. ABREVIATURAS DNFPE : Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales JNE : Jurado Nacional de Elecciones. ROP : Registro de Organizaciones Políticas SG : Secretaría General 4.2. DEFINICIONES a) Acta de Fiscalización: Es el instrumento que registra la información obtenida durante la fi scalización de la democracia interna de los partidos políticos y alianzas electorales. b) Alianza Electoral Es la organización política que surge del acuerdo entre dos o más partidos y entre partidos y movimientos regionales, debidamente inscritos, con fi nes electorales y bajo una denominación común. La alianza debe inscribirse en el ROP, conforme a lo establecido a la normativa electoral.