Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2010 (14/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de octubre de 2010

Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso extraordinario interpuesto por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion Nº 144-2010-PCNM, de 19 de MORDAZA de 2010, que dispone no renovarle la confianza y, en consecuencia, no ratificarlo en el cargo de Fiscal Adjunto a la Tercera Fiscalia Provincial Penal de Ica del Distrito Judicial de Ica. Segundo.- Disponer la ejecucion inmediata de la citada resolucion de no ratificacion, de conformidad con el articulo 48º del Reglamento de MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GARDELLA MORDAZA K. MAEZONO YAMASHITA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA PIQUE DEL MORDAZA 554342-2

En ese contexto, corresponde establecer un mecanismo que le permita a este Colegiado ejercer legitimamente sus funciones de supervision y fiscalizacion del cumplimiento de las normas sobre democracia interna, lo que implica instaurar mecanismos y procedimientos que permitan evaluar el desarrollo mismo del MORDAZA de elecciones internas y designaciones directas que los partidos politicos y las alianzas electorales de alcance nacional realizaran en virtud de las Elecciones Generales del ano 2011. Por tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el "REGLAMENTO PARA LA FISCALIZACION DEL EJERCICIO DE DEMOCRACIA INTERNA DE LOS PARTIDOS POLITICOS Y ALIANZAS ELECTORALES" aplicable a las Elecciones Generales del ano 2011, cuyo texto es el siguiente: REGLAMENTO PARA LA FISCALIZACION DEL EJERCICIO DE DEMOCRACIA INTERNA DE LOS PARTIDOS POLITICOS Y ALIANZAS ELECTORALES - ELECCIONES GENERALES 2011 1. OBJETIVO Establecer disposiciones para la ejecucion del procedimiento de fiscalizacion respecto del ejercicio de democracia interna sobre las elecciones de candidatos de los partidos politicos y alianzas electorales, en el MORDAZA de las Elecciones Generales 2011. 2. ALCANCE Las disposiciones del presente procedimiento son de aplicacion del personal de la Secretaria General, la Direccion Nacional de Fiscalizacion y Procesos Electorales y de todas aquellas areas que deban participar acorde a sus competencias, independientemente de su condicion laboral o contractual. Todos aquellos actores electorales que formen parte del MORDAZA deberan acatar las disposiciones del procedimiento, incluso los que presten asistencia tecnica. 3. REFERENCIAS O BASE LEGAL 3.1. Constitucion Politica del Peru. 3.2. Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones. 3.3. Ley Nº 28094, Ley de Partidos Politicos y sus modificatorias. 3.4. Resolucion que aprueba el Instructivo sobre Democracia Interna para la Eleccion de Candidatos de los Partidos Politicos y Alianzas Electorales para el MORDAZA de Elecciones Generales. 4. ABREVIATURAS Y DEFINICIONES 4.1. ABREVIATURAS DNFPE : Direccion Nacional de Fiscalizacion Procesos Electorales JNE : MORDAZA Nacional de Elecciones. ROP : Registro de Organizaciones Politicas SG : Secretaria General 4.2. DEFINICIONES a) Acta de Fiscalizacion: Es el instrumento que registra la informacion obtenida durante la fiscalizacion de la democracia interna de los partidos politicos y alianzas electorales. b) Alianza Electoral Es la organizacion politica que surge del acuerdo entre dos o mas partidos y entre partidos y movimientos regionales, debidamente inscritos, con fines electorales y bajo una denominacion comun. La alianza debe inscribirse en el ROP, conforme a lo establecido a la normativa electoral. y

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Aprueban "Reglamento para la Fiscalizacion del Ejercicio de Democracia Interna de los Partidos Politicos y Alianzas Electorales" aplicable a las Elecciones Generales del ano 2011
RESOLUCION Nº 2541-A-2010-JNE MORDAZA, siete de octubre de dos mil diez. CONSIDERANDO El articulo 178 de la Constitucion Politica del Peru establece como competencias del MORDAZA Nacional de Elecciones el velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones politicas y demas disposiciones referidas a materia electoral, asi como el de fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de la realizacion de los procesos electorales. El articulo 5 de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, Ley Nº 26486, dispone le atribuye la funcion de dictar la reglamentacion necesaria para su adecuado funcionamiento y ejercicio de sus competencias. El articulo 19 de la Ley de Partidos Politicos, Ley Nº 28094, dispone que la eleccion de autoridades y candidatos de los partidos politicos y movimientos de alcance regional o departamental debe regirse por las normas de democracia interna establecidas en la referida ley, el estatuto y el Reglamento Electoral de la agrupacion politica. Atendiendo a la trascendencia y singular importancia de los cargos que seran sometidos a eleccion el ano 2011, resulta imperativo optimizar y brindar la mayor cobertura democratica posible previa a la MORDAZA del cargo, incluso desde el momento en que se determinan los integrantes de la formula presidencial y lista de candidatos que cada partido politico y alianza electoral de alcance nacional presentara ante el MORDAZA Nacional de Elecciones y los Jurados Electorales Especiales, segun corresponda.

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