Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2010 (14/10/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 74

427512

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de octubre de 2010

los integrantes del organo electoral central y organos electorales descentralizados, asi como el Reglamento Electoral respecto a su aprobacion, contenido y ejecucion. 6.2. SOBRE EL PADRON DE ELECTORES 6.2.1. El Partido Politico o Alianza Electoral presentara ante el JNE el padron de electores, el cual sera fiscalizado, respecto a su conformacion. 6.2.2. El Padron de electores debe ser presentado en formato xls (MS Excel), mdb (MS Acces) o dbf (Archivo de datos), consignandose el Numero de Documento Nacional de Identidad, Apellido MORDAZA, Apellido MORDAZA, Nombres y el Comite Partidario al que pertenece o en el que emitira su MORDAZA, la fecha de inscripcion en el padron de electores y la condicion del elector: afiliado / no afiliado. 6.2.3. En caso se detecte una o varias "no conformidad(es)" en el padron de electores, la DNFPE correra traslado al partido politico o alianza electoral, solicitando la subsanacion correspondiente en un plazo no mayor de siete (07) dias calendario. 6.2.4. En caso el padron de electores no cumpla con los requisitos minimos que garanticen un acto electoral acorde al Estatuto, Reglamento Electoral o normativa electoral, se declarara la "No conformidad" de dicho padron. 6.3. SOBRE EL ACTO ELECTORAL Corresponde al organo MORDAZA del partido politico o alianza (no al organo electoral) decidir la modalidad de eleccion de los candidatos, entre las siguientes opciones, teniendo en cuenta las implicancias tecnicas referidas a la elaboracion del padron de electores, de los materiales electorales, conformacion de las mesas de sufragio, entre otros factores: a) Elecciones con MORDAZA universal, libre, igual, directo y secreto de los afiliados y ciudadanos no afiliados, (conocido como elecciones primarias abiertas). b) Elecciones con MORDAZA universal, libre, igual, directo y secreto de los afiliados, (conocido como elecciones primarias cerradas). c) Elecciones a traves de los delegados elegidos por los organos partidarios conforme lo disponga el estatuto o la MORDAZA interna de organizacion del partido politico o alianza, o en su defecto el reglamento electoral (se trata de un MORDAZA de eleccion indirecta). Estos organos partidarios, por su parte, deben estar integrados por delegados elegidos por MORDAZA universal, libre, igual, directo y secreto de los afiliados, de acuerdo al estatuto o MORDAZA interna de organizacion (Art. 27 LPP). d) En cualquiera de las tres modalidades de eleccion, los candidatos pueden elegirse con la mayoria simple de votos, con mayoria absoluta (50%+1) o con mayoria calificada (un porcentaje establecido), conforme lo disponga su Reglamento Electoral. 6.4. SOBRE LA MORDAZA Y PUBLICACION DE LAS DECLARACIONES JURADAS DE MORDAZA DE LOS CANDIDATOS 6.4.1. La DNFPE fiscaliza el cumplimiento de la MORDAZA de las Declaraciones Juradas de MORDAZA, conforme al formato aprobado por el JNE, dentro de los plazos establecidos en la Ley de Partidos Politicos: 6.4.1.1. Los candidatos sometidos a las elecciones internas entregaran al partido politico o alianza su Declaracion Jurada de MORDAZA al presentar su candidatura o dentro del plazo de quince (15) dias de realizada la convocatoria. 6.4.1.2. Los candidatos designados directamente entregaran al partido politico o alianza su Declaracion Jurada de MORDAZA dentro del plazo de siete (07) dias de su invitacion a participar. 6.4.2. Las citadas Declaraciones Juradas seran publicada en la pagina web del respectivo partido o

alianza, conforme a lo establecido en la Ley de Partidos Politicos. La DNFPE fiscalizara el cumplimiento de lo establecido en el presente acapite, en caso de incumplimiento se emitiran informes de "No conformidad(es)". Las no conformidades seran clasificadas como leves, moderadas y/o graves. 6.5. SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LAS CUOTAS ELECTORALES La DNFPE fiscalizara que las elecciones internas cumplan con los requisitos referidos al cumplimiento de la cuota de genero. 7. DISPOSICIONES FINALES 7.1. DEL ELECTORAL PERSONAL DE FISCALIZACION

7.1.1. La DNFPE en el MORDAZA del procedimiento de fiscalizacion detallado en el presente documento, no brindara soporte tecnico ni asistencia en la elaboracion de instrumentos normativos o relacionados con la materia a los partidos politicos o alianzas electorales, lo cual corresponde a la ONPE de acuerdo a lo establecido en el articulo 21 de la Ley de Partidos Politicos. 7.1.2. La DNFPE ante cualquier incumplimiento o indicio de incumplimiento de la normativa electoral o normas conexas, requerira a traves de medio escrito se levante las observaciones formuladas; en caso se detecten indicios razonables de la comision de un ilicito penal se MORDAZA cuenta del hecho al Ministerio Publico, a traves de la Procuraduria Publica del JNE. 7.1.3. El fiscalizador asignado elaborara el Informe respectivo sobre el MORDAZA electoral, y en caso se detecte(n) "no conformidad(es)", la DNFPE correra traslado al partido politico o alianza electoral a fin de que se subsane(n) en el plazo de tres (03) dias calendario desde la notificacion respectiva (excepto en el caso de la fiscalizacion del padron de electores procediendose conforme a lo senalado en el articulo 6.2.3). 7.1.4. La fiscalizacion electoral comprendera en su generalidad el requerimiento de informacion, visitas inopinadas, participacion en eventos de acuerdo al objetivo de la fiscalizacion electoral y otros actos relacionados. 7.2. DE LAS CONSECUENCIAS DE LAS NO CONFORMIDADES DETECTADAS Las no conformidades detectadas por la DNFPE, seran reportadas al Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones. 7.3. DE LA ACTUALIZACION DEL PROCEDIMIENTO Corresponde a la DNFPE proponer la modificacion y/o actualizacion del presente procedimiento. 7.4. DE LA OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES (ONPE) 7.4.1 La ONPE remitira conforme lo prescribe la Ley de Partidos Politicos, el informe referido a la asistencia tecnica brindada al partido politico o alianza. Dicho informe podra servir de insumo o instrumento de valoracion en la elaboracion del Informe de la DNFPE. 8. ANEXOS Anexo Nº 01 : Acta de Fiscalizacion Anexo Nº 02 : Modelo del Informe del Fiscalizador Anexo Nº 03 : Modelo del Informe de Resultados de la DNFPE Anexo Nº 04 : Estructura del Procedimiento

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.