Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2010 (16/10/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de octubre de 2010 427687 DEFENSA Autorizan viaje de personal militar a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 454-2010-DE/EP Lima, 15 de octubre de 2010 Visto, el Ofi cio Nº 208/U-4.d.2 de 22 de mayo de 2010, remitido por el señor General de Brigada Jefe de la División de Educación del Ejército - Comando de Educación y Doctrina del Ejército; CONSIDERANDO: Que, con Hoja de Recomendación Nº 040/U-4.d.2 de mayo de 2010, formulada por la División de Educación del Ejército - Comando de Educación y Doctrina del Ejército, aprobada el 20 de mayo de 2010, se ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2010, la designación del Coronel EP Sergio Arturo BENDEZÚ ECHEVARRÍA y del Teniente Coronel EP Alejandro Víctor Hugo TORREJÓN PALOMINO, para que participen en la Visita de Capacitación Técnica de Alta Montaña en la República Argentina, del 18 al 22 de octubre de 2010; Que, se programa la Visita de Capacitación Técnica de Alta Montaña, para dar cumplimiento a lo acordado en el Acta Final de la VIII Conferencia Bilateral de Estados Mayores entre los Ejércitos de Perú y Argentina y a lo dispuesto por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, en la Directiva Nº 11 JCCFFAA/D-3/FE de diciembre de 2008. Esta visita se realiza para conocer las currículas y experiencias de la Escuela de Montaña de Argentina, a fi n de ser tomadas en cuenta en nuestra Escuela de Montaña; Que, el Gobierno de la República Argentina, sufragará los gastos de alojamiento y alimentación durante el período que dure la visita; Que, el citado viaje en Comisión de Servicio en el Extranjero, se encuentra considerado en el Rubro 5.- Medidas de Confi anza Mutua, Ítem Nº 52 del Anexo 01 del Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa para los meses de marzo a diciembre del año 2010, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 130-2010-DE/SG de 1 de abril de 2010; Que, de conformidad con la Ley Nº 29465 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010”; Ley Nº 29075 “Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa”; Ley Nº 27619 “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos”; Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio al Coronel EP Sergio Arturo BENDEZÚ ECHEVARRÍA, identifi cado con CIP Nº 112876000 y DNI Nº 43691001 y al Teniente Coronel EP Alejandro Víctor Hugo TORREJÓN PALOMINO, identifi cado con CIP Nº 113066800 y DNI Nº 44183529, para que participen en la Visita de Capacitación Técnica de Alta Montaña en la República Argentina, del 18 al 22 de octubre de 2010. Artículo 2º.- Los gastos de alojamiento y alimentación, serán cubiertos por el Gobierno de la República Argentina durante el período que dure la visita. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje aéreo: Lima - Buenos Aires - Lima (en clase económica) US$ 650.00 x 2 personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto (TUUA) US$ 31.00 x 2 personas Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a ningún tipo de exoneración ni liberación de impuestos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 556449-8 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban modificación del Procedi- miento para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal y Financiera Especializados en el Marco de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento DECRETO SUPREMO Nº 207-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el numeral 46.2 del artículo 46° de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modifi catorias, mediante Decreto Supremo N° 033-2006-EF se aprobó el “Procedimiento para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal y Financiera especializados en el marco de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento”; Que, en aras de contribuir con una mejor aplicación del citado Procedimiento, es necesario modifi car algunas regulaciones relativas a la contratación de servicios de asesoría fi nanciera y legal especializadas previstas en el citado decreto; De conformidad con el inciso 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú y la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento y modifi catorias; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1°.- Modifi cación del numeral 5.3 del Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 033-2006-EF. Modifíquese el numeral 5.3 del Artículo 5º del Procedimiento para la Contratación de Servicios de Asesoría Financiera especializada en el marco de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 033- 2006-EF, cuyo texto será el siguiente: “5.3 En el informe que elabora la DNEP para la aprobación de la operación de endeudamiento o de administración de deuda vinculada con la contratación de dicho servicio, se sustentará la selección de la entidad mencionada en el numeral precedente; y en el correspondiente Decreto Supremo, se consignará la referida entidad seleccionada, así como la persona jurídica domiciliada en el país que se encargará de implementar la emisión de bonos soberanos en el mercado local, cuando