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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2010 (22/10/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de octubre de 2010 427939 Que, conforme con lo señalado por el Artículo 5º del Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2005-AG, el SENASA tiene entre otras funciones y atribuciones, las de conducir y mantener el sistema de registro y actividades post-registro de insumos agropecuarios; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, establece que la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria tiene a su cargo, entre otras a la Subdirección de Insumos Agrícolas; Que, por Decreto Supremo Nº 16-2000-AG, se aprueba el Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, disponiendo en su Artículo 53° que el SENASA publicará mensualmente la relación de plaguicidas químicos de uso agrícola registrados en el mes anterior; Que, mediante Memorándum Nº 4353-2010-AG- SENASA-DIAIA-SIA de fecha 4 de octubre de 2010, la Subdirección de Insumos Agrícolas ha remitido el listado de plaguicidas químicos de uso agrícola registrados en el mes de setiembre de 2010; De conformidad con el Decreto Supremo N° 16-2000 y modifi catorias, el Decreto Supremo N° 15-95-AG y modifi catoria, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y con los vistos buenos de la Directora General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y del Director de la Subdirección de Insumos Agrícolas; SE RESUELVE: Artículo Único.- Disponer la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano de los plaguicidas químicos de uso agrícola registrados en el mes de setiembre de 2010, según la siguiente relación: Nº Registro PQUA Nombre comercial Nombre común (ISO) Clase Origen Titular del registro 343-SENASA Aminasil 720 SL 2,4-D Herbicida China Silvestre Perú S.A.C. 344-SENASA Cymbaz 250 EC Cypermethrin Insecticida Gran Bretaña Industria Tecnológica Agrícola del Perú S.A. 345-SENASA Rankill 500 Phenthoate Insecticida China Industria Tecnológica Agrícola del Perú S.A. 346-SENASA Pointerex 10 CE Alpha cypermethrin Insecticida Gran Bretaña Pineral Andina S.A. 347-SENASA Flixer 720 SC Chlorothalonil Fungicida China Comercial Andina Industrial S.A.C. 348-SENASA Nemizeb 800 P Mancozeb Fungicida China C. Carbo & Cía. S.A.C. 349-SENASA Helcozeb 80 WP Mancozeb Fungicida China Helm del Perú S.A.C. 350-SENASA Quadris 50 WG Azoxystrobin Fungicida EE.UU. Syngenta Crop Protection S.A. Sucursal Perú 351-SENASA Shy Cypermethrin Insecticida India Sharda Perú S.A.C. 352-SENASA Metralla Difl ubenzuron + Lambda cyhalothrin Insecticida China Interoc S.A. 353-SENASA Zuker Imidacloprid Insecticida China Helm del Perú S.A.C. 354-SENASA Megapyr Chlorfenapyr Insecticida China / Perú Farmex S.A. 355-SENASA Iguana 20 SL Paraquat Herbicida Colombia Makhteshim Agan Perú S.A. 356-SENASA Ejecutor 60 EC Butachlor Herbicida Perú Aris Industrial S.A. 357-SENASA Trivia 727 PM Fluopicolide + Propineb Fungicida Colombia / Francia Bayer S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS CABALLERO SOLIS Director General Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria Servicio Nacional de Sanidad Agraria 557915-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representante del Ministerio a Suiza para participar en sesiones del Consejo de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio de la OMC RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 143-2010-MINCETUR Lima, 21 de octubre de 2010 CONSIDERANDO: Que, las Sesiones Regular y Extraordinaria del Consejo de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) de la Organización Mundial del Comercio – OMC se llevarán a cabo en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 26 al 28 de octubre de 2010; Que, en la Sesión Regular de dicho Consejo se discutirá, entre otros temas, sobre la relación entre el Acuerdo sobre los ADPIC y el Convenio sobre la Diversidad Biológica, la protección de los conocimientos tradicionales, las notifi caciones previstas en las disposiciones del Acuerdo sobre los ADPIC, los exámenes de la legislación nacional de aplicación, la cooperación técnica y la creación de capacidad y tendencias en cuanto a la observancia de normas más rigurosas que las previstas en dicho Acuerdo. Al respecto, es oportuno señalar que el Perú lidera junto con India y Brasil, el Grupo de Divulgación de origen de los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales utilizados para la generación de invenciones, y es uno de los patrocinadores del documento W/52, que consiste en una propuesta de modalidades para las negociaciones sobre la divulgación de origen y las indicaciones geográfi cas; Que, el Perú ha realizado ante el Consejo varias notifi caciones de conformidad con el referido Acuerdo, las mismas que se refi eren a leyes, reglamentos, modifi caciones de leyes y de reglamentos referidos a la existencia, alcance, adquisición, observancia y prevención del abuso de los derechos de propiedad intelectual, las mismas que serán examinadas durante dicha reunión, así como el cumplimiento por los Miembros de las obligaciones que les incumben; Que, en la Sesión Extraordinaria del Consejo se continuará negociando el establecimiento de un sistema multilateral de notifi cación y registro de las indicaciones geográfi cas de vinos y bebidas espirituosas y se discutirá sobre los efectos y consecuencias legales del registro;