Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2010 (05/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 5 de setiembre de 2010

SALUD R.M. Nº 691-2010/MINSA.- Asignan diversas funciones a la Oficina General de Administracion y a la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas 425138 Fe de Erratas R.M. Nº 658-2010/MINSA 425139

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE COMAS Ordenanza Nº 308-C/MC.- Aprueban Programa de Incentivos Tributarios a los contribuyentes que ostentan deudas en el distrito de Comas 425142 Ordenanza Nº 309-C/MC.- Disponen otorgar beneficios tributarios a las personas que se encuentren en la condicion de omisos en el pago de sus obligaciones tributarias del distrito de Comas 425144 MUNICIPALIDAD DE LURIN R.A. Nº 127-2010-ALC/ML.- Inhabilitan a exfuncionarios de la Municipalidad 425145 MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA Ordenanza Nº 309-MSI.N°s. 302 y 304-MSI Modifican las Ordenanzas 425146

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES R.D. Nº 031-2010-EF/94.06.2.- Disponen la inscripcion del fondo de inversion denominado Mineras MORDAZA NCF Fondo de Inversion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores 425139 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Res. Nº 191-2010-SUNARP/GG.- Designan responsable de brindar informacion en la Oficina Registral de MORDAZA 425140

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO D.A. Nº 000009.- Autorizan funcionamiento de equipos electronicos para el control de limite MORDAZA de velocidad en tramo de la Av. MORDAZA R. MORDAZA 425148 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MANTA R.A. Nº 0101-2010-A/MDM-H.- Rectifican el Anexo de la R.A. N° 085-2010-A/MDM-H 425149

GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS Ordenanza Nº 268 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/ CR.- Disponen que todo aquel que presta servicios o labora en la Sede del Gobierno Regional Amazonas y las Dependencias del Sector Publico del ambito regional debera presentar anualmente Declaracion Jurada de no tener la condicion de deudor alimentario moroso 425141

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 061-2010 DETERMINAN LOS ALCANCES DE LA LEY Nº 29571 CODIGO DE PROTECCION Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 65 de la Constitucion Politica del Peru, dispone que el Estado defiende el interes de los consumidores y usuarios; para tal efecto garantiza el derecho a la informacion sobre los bienes y servicios que se encuentran a su disposicion en el mercado; asimismo MORDAZA, en particular, por la salud y la seguridad de la poblacion; Que, en ese contexto resulta de interes nacional la adecuada proteccion y defensa de los consumidores, lo que representa un MORDAZA rector de la politica social y economica del Estado. Que, la Ley Nº 29571, Codigo de Proteccion y Defensa del Consumidor, contempla en el numeral 54.1 de su

articulo 54 que en el caso de los contratos de consumo que celebren las empresas prestadoras de servicios publicos, que se encuentren sujetos o no a regulacion economica, la aprobacion administrativa de las clausulas generales de contratacion estan a cargo del organismo regulador competente, conforme a la ley de la materia y a las disposiciones que se emitan para dicho efecto; Que, el numeral 66.7 del articulo 66 de la citada Ley, senala que los consumidores del servicio de transporte nacional en cualquier modalidad, pueden endosar o transferir la titularidad del servicio adquirido, a favor de otro consumidor plenamente identificado o postergar la realizacion del servicio en las mismas condiciones pactadas, pudiendo ser considerado como parte de pago segun lo pactado, debiendo comunicar ello de manera previa y fehaciente al proveedor del servicio con una anticipacion no menor a veinticuatro (24) horas de la fecha y hora prevista para la prestacion del servicio, asumiendo los gastos unicamente relacionados con la emision del MORDAZA boleto, los cuales no deben ser superiores al costo efectivo de dicha emision; Que, en consecuencia resulta necesario establecer el MORDAZA de aplicacion de dichas disposiciones, considerando la MORDAZA contractual y la defensa del MORDAZA competitivo que implica una economia social de MORDAZA, en concordancia con lo establecido por el articulo 65 de la Constitucion Politica del Peru; Que, respecto a la aprobacion administrativa de clausulas generales de contratacion, previstas en el numeral 54.1 del articulo 54 de la Ley Nº 29571, Codigo de Proteccion y Defensa del Consumidor, corresponde precisar que ello sera exigible respecto a los contratos de consumo celebrados por las empresas

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