Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (12/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 12 de setiembre de 2010 425648 relacionada a la autorización de incremento de fl ota sin sustitución de igual capacidad de bodega para acceder a la pesquería de los recursos jurel y caballa con la embarcación pesquera denominada NUEVA RESBALOSA con matrícula CO-13012-PM acogiéndose a la Cuarta Disposición Final, Complementaria del Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE ALFONSO DE LA TORRE UGARTE SERVAT Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 541945-2 SALUD Modifican artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 009-2009-SA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 015-2010-SA Lima, 11 de septiembre del 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 009-2009- SA, publicada el 13 de junio de 2009, se autorizó el viaje de la señora Laura Octavia Cerón Aragón, químico farmacéutico de la Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, estableciéndose en el artículo 2º que los gastos por concepto de pasajes aéreos ascendían a la suma de US$ 540.00 (Quinientos Cuarenta y 00/100 Dólares Americanos); Que, es usual que para la adquisición de los pasajes aéreos se efectúe una reserva de éstos a un precio determinado, el cual tiene una fecha de caducidad, por lo que vencida la fecha de reserva el precio de los pasajes es susceptible de incrementarse. Asimismo, el precio señalado en la reserva se utiliza como referencia para la elaboración de las respectivas Resoluciones Supremas autoritativas de viaje; Que, en el presente caso, la Resolución Suprema Nº 009-2009-SA fue suscrita con fecha 12 de junio de 2009, y publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 13 de junio de 2009, fechas en las cuales la reserva había vencido, lo cual implicó la compra del respectivo boleto aéreo internacional a un mayor valor al establecido en la reserva vencida; Que, siendo esto así, se generó una diferencia entre el importe del valor de los pasajes consignados en la citada Resolución Suprema (US$ 540.00 - Quinientos Cuarenta y 00/100 Dólares Americanos) y su valor real (US$ 821.06 - Ochocientos Veintiún y 06/100 Dólares Americanos); Que, con Memorándum Nº 2019-2010-OGA/MINSA, la Directora General de Administración del Ministerio de Salud informa que existe disponibilidad presupuestal por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, para cubrir la diferencia existente del pasaje aéreo de la citada profesional; Que, en tal sentido, corresponde modifi car la mencionada Resolución Suprema en el extremo referido al costo del pasaje aéreo; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2010, y la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viaje al Exterior de Servidores Públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car con efi cacia anticipada, el artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 009-2009-SA, en el extremo del costo del pasaje aéreo de la señora Laura Octavia Cerón Aragón, químico farmacéutico de la Dirección de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, de acuerdo al detalle siguiente: “Artículo 2º (...) Pasaje aéreo US$ 821.06 (...)” Artículo 2º.- El referido gasto será cubierto por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora Nº 001 Administración Central - Ministerio de Salud. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros OSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 542507-10 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio a Estados Unidos, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 151-2010-MTC Lima, 11 de septiembre de 2010 VISTO: El Informe Nº 506-2010-MTC/12.04 del 18 de agosto de 2010, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe Nº 259-2010-MTC/12.04 del 16 de agosto de 2010, emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, entre otros, habiéndose previsto que las excepciones adicionales a lo dispuesto en el citado numeral serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 001- 2010, precisó que para el caso de las entidades públicas del Poder Ejecutivo, las excepciones a la restricción establecida en el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley