Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2010 (12/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 12 de setiembre de 2010

"Articulo 6º.- De la Distribucion de los bienes (....) De existir bienes sobrantes, el Ministerio de Educacion determinara las zonas en donde se destinaran dichos bienes que fueron entregados por el Nucleo Ejecutor de Distribucion a los Comites de Recepcion, y realizara las gestiones de entrega de los referidos bienes a otros Comites de Recepcion, para lo cual informara sobre el particular al FONCODES." Articulo 3º.- Refrendo. El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, el Ministro de Educacion y el Ministro de la Produccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de septiembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 542507-3

PRODUCE
Declaran nulidad de diversos articulos de la R.D. Nº 416-2003-PRODUCE/ DNEPP y dejan sin efecto el Articulo 1º de la R.D. Nº 361-2010-PRODUCE/ DGEPP
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 564-2010-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 20 de agosto del 2010 Visto la Resolucion Numero Doce del 16 de junio del 2010, emitido por el Tercer Juzgado Transitorio Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, alcanzada por el Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Produccion mediante el Memorando N° 0433-2010PRODUCE/PP de fecha 09 de MORDAZA del 2010. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral N° 361-2010PRODUCE/DGEPP de fecha 24 de MORDAZA del 2010, en el articulo 1° establece que en estricto cumplimiento de la sentencia expedida por el Tercer Juzgado Transitorio Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, segun lo ordenado por Resolucion N° ONCE de fecha 30-04-2010, dejar sin efecto los articulos 4°, 5°, 6° y 7° de la Resolucion Directoral N° 416-2003-PRODUCE/DNEPP de fecha 14 de noviembre del 2003, referidos a la autorizacion de incremento de flota otorgado via sustitucion de igual capacidad de bodega de las embarcaciones pesqueras de MORDAZA MORDAZA II de matricula PL-10318-CM y MORDAZA I de matricula PL-5498-CM; Que a traves del Memorando N° 0433-2010-PRODUCE/ PP de fecha 09 de MORDAZA del 2010, la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Produccion remite la Resolucion Numero Doce de fecha 16 de junio del 2010, emitida por el Tercer Juzgado Transitorio Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, mediante la cual se ordena a esta Direccion General emita una Resolucion Administrativa, en el plazo de diez dias declare la nulidad de los articulos del MORDAZA al MORDAZA de la Resolucion

Directoral N° 416-2003-PRODUCE/DNEPP de fecha 14 de noviembre del 2003; Que el articulo 4° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, establece que toda persona y autoridad esta obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales o de indole administrativa, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios terminos, sin poder calificar su contenido a sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo la responsabilidad civil, penal o administrativa que la Ley senala, asimismo que ninguna autoridad, cualquiera sea su rango o denominacion, fuera de la organizacion jerarquica del Poder Judicial, puede avocarse al conocimiento de causas pendientes ante el organo jurisdiccional, no se puede dejar sin efecto resoluciones judiciales con autoridad de cosa juzgada, ni modificar su contenido, ni retardar su ejecucion, ni cortar procedimientos en tramite, bajo responsabilidad politica administrativa, civil y penal que la Ley determine en cada caso; Que de acuerdo al mandato judicial dispuesto por el Juez del Tercer Juzgado Transitorio Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a traves de la Resolucion Numero Doce de fecha 16 de junio del 2010, y en cumplimiento del mismo, corresponde emitir una resolucion directoral que declare la nulidad de los articulos MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de la Resolucion Directoral N° 416-2003PRODUCE/DNEPP de fecha 14 de noviembre del 2003; y, Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe N° 645-2010PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; SE RESUELVE: Articulo 1°.- En estricto cumplimiento del mandato judicial contenido en la Resolucion Numero Doce del 16 de junio del 2010, emitida por el Tercer Juzgado Transitorio Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, declarar la nulidad de los articulos MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de la Resolucion Directoral N° 416-2003-PRODUCE/DNEPP de fecha 14 de noviembre del 2003. Articulo 2°.- Dejar sin efecto el articulo 1° de la Resolucion Directoral N° 361-2010-PRODUCE/DGEPP de fecha 14 de MORDAZA del 2010, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 3°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral al Tercer Juzgado Transitorio Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Produccion, a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el MORDAZA institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www. produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA UGARTE SERVAT Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 541945-1

Declaran improcedente solicitud presentada por Austral Group S.A.A. relacionada a autorizacion de incremento de flota
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 565-2010-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 20 de agosto del 2010

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