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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (20/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 2

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 20 de setiembre de 2010 426036 PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS Fijan monto, fecha de colocación y características especiales de la octava colocación de Bonos Soberanos a que se refiere el D.U. Nº 040-2009 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 013-2010-EF/75.01 Lima, 17 de septiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Urgencia Nº 040-2009, y sus modifi catorias, se aprobó la emisión interna de bonos soberanos hasta por S/. 2 600 000 000,00 (DOS MIL SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), a ser efectuada en uno o varios tramos, durante el trienio 2009-2011 cuyo destino es fi nanciar proyectos de inversión pública a cargo de los Gobiernos Regionales; Que, con cargo al monto total autorizado por el citado Decreto de Urgencia, a la fecha se han colocado Bonos Soberanos por la suma de S/. 1 300 000 000,00 (Mil Trescientos Millones y 00/100 Nuevos Soles); Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 1.3 del Artículo 1º del referido Decreto de Urgencia, mediante los Decretos Supremos Nºs. 113, 129, 126, 127, 133, 143, 157, 161, 162, 172, 173, 174, 175, 190, 191, 194, 199, 218, 219, 220, 221, 229, 232, 233, 234, 235, 236, 246, 252, 253, 254, 265, 280, 281, 282, 283, 294, 295, 307, 308 y 309-2009-EF; así como los Decretos Supremos Nºs. 007, 016, 017, 018, 019, 020, 021, 022, 023, 024, 025, 026, 027, 028, 029, 030, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 040, 041, 042, 043, 044, 045, 046, 047, 048, 082, 083, 095, 128 y 157-2010-EF, se autorizaron los tramos de emisión de bonos soberanos para fi nanciar los proyectos de inversión pública a cargo de los Gobiernos Regionales; Que, asimismo, el acotado Decreto de Urgencia dispone que, mediante resolución directoral de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público del Ministerio de Economía y Finanzas, se fi jarán el monto, la fecha de colocación y las características especiales del instrumento a ser emitido; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y su modifi catoria, el Decreto de Urgencia Nº 040-2009 y sus modifi catorias, y los Decretos Supremos mencionados en el tercer considerando de esta norma legal; SE RESUELVE: Artículo 1º.- La octava colocación de los Bonos Soberanos con cargo a los tramos autorizados por los Decretos Supremos mencionados en el tercer considerando de la presente resolución, será hasta por S/. 250 000 000,00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES). Dicha colocación será efectuada a través de la subasta del Bono Soberano 12AGO2026 hasta por un monto de S/. 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) y del Bono Soberano 12FEB2042 hasta por S/. 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES). Para la colocación de los Bonos Soberanos indicados en el citado tercer considerando, se aplicará lo establecido en el “Reglamento de la Emisión y Colocación de Bonos Soberanos en el Mercado Interno”, aprobado por el Decreto Supremo Nº 193-2004-EF, salvo por lo establecido en los ítems i), ii) y iii) del literal b) y en el literal e) del numeral 3 de dicho Reglamento, conforme se dispone en el Artículo 3º de los Decretos Supremos Nºs. 113, 129, 126, 127, 133, 143, 157, 161, 162, 172, 173, 174, 175, 190, 191, 194, 199, 218, 219, 220, 221, 229, 232, 233, 234, 235, 236, 246, 252, 253, 254, 265, 280, 281, 282, 283, 294, 295, 307, 308 y 309-2009-EF; y los Decretos Supremos Nºs. 007, 016, 017, 018, 019, 020, 021, 022, 023, 024, 025, 026, 027, 028, 029, 030, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 040, 041, 042, 043, 044, 045, 046, 047, 048, 082, 083, 095 y 128-2010-EF, así como en el Artículo 4º de los Decretos Supremos Nºs. 039 y 157-2010-EF. Artículo 2º.- La colocación a que se refi ere el artículo precedente, se instrumentará a través de la reapertura de los bonos denominados Bonos Soberanos 12AGO2026 y Bonos Soberanos 12FEB2042, cuyas características son las siguientes: - Emisor : La República del Perú - Moneda : Nuevos Soles - Valor nominal de cada bono : S/. 1 000,00 (Un Mil y 00/100 Nuevos Soles) - Mecanismo de colocación : Subasta única a través del sistema DATATEC - Participantes de la subasta : Creadores de Mercado designados por la Resolución Ministerial Nº 007- 2010-EF/75 - Modalidad de subasta : Holandesa - Variable a subastar : Precio del bono El precio a subastar no incluirá los intereses corridos generados por cada bono - Fecha de subasta : 21 de septiembre de 2010 - Fecha de liquidación : 22 de septiembre de 2010 - Negociabilidad : Libremente negociables - Representación : Mediante anotación en cuenta en el registro contable de CAVALI S.A. ICLV - Pago del principal e intereses : A través de CAVALI S.A. ICLV Los pagos se realizarán según los cronogramas que se describen en el Anexo de la presente Resolución Directoral - Monto a pagar : El monto a pagar por el inversionista que resulte adjudicatario en la subasta, será el precio del bono fi jado en la subasta más los intereses corridos generados por cada bono adjudicado - Intereses corridos : Por el número de días transcurridos entre la fecha de pago del último cupón y la fecha de liquidación del bono De los bonos a ser colocados en la primera subasta: - Denominación : Bonos Soberanos 12AGO2026 - Código ISIN : PEP01000C0J9 - Nemónico : SB12AGO26 - Fecha de vencimiento : 12 de agosto de 2026 - Monto de colocación : Hasta por un monto de S/. 150 000 000,00 (Ciento Cincuenta Millones y 00/100 Nuevos Soles) - Tasa de interés : 8,20 % nominal anual fi ja, base 30/360 - Cupón semestral : S/. 41,00 - Redención : Al vencimiento se cancelará el íntegro del capital - Monto en Circulación : Actualmente están en circulación 4 164 353 unidades del bono que se reapertura De los bonos a ser colocados en la segunda subasta: - Denominación : Bonos Soberanos 12FEB2042 - Código ISIN : PEP01000C4L7 - Nemónico : SB12FEB42 - Fecha de vencimiento : 12 de febrero de 2042 - Monto de colocación : Hasta por un monto de S/. 100 000 000,00 (Cien Millones y 00/100 Nuevos Soles)