NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (22/09/2010)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 54
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de setiembre de 2010 426160 General de Asesoría Jurídica y Conciliación todos los cuales son favorables a la promulgación del presente Acuerdo; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DE LAS 51 HAS. Y 6,600 M2 DEL CAMPO AGRÍCOLA SANTA MARÍA ELIZABETH, UBICADO EN EL SUB-LOTE B-1, TERRENO ERIAZO UBICADO EN LA ZONA NORTE DE LA CIUDAD SATÉLITE VENTANILLA, DEL DISTRITO DE VENTANILLA, DE ZONA DE REGLAMENTACIÓN ESPECIAL (ZRE) A ZONA RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA (RDM) Artículo 1º.- Apruébase el cambio de zonifi cación del Sub-Lote B-1 (campo Agrícola Santa Maria Elizabeth) de 51 Has. y 6,600 m2, terreno eriazo ubicado en la zona norte de la Ciudad Satélite Ventanilla, del distrito de Ventanilla, de Zona de Reglamentación Especial (ZRE) a Zona Residencial de Densidad Media (RDM), conforme al Plano PZ 02, que es parte constitutiva de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Establézcase que el terreno a que se hace referencia en el artículo anterior, previo a su habilitación urbana y edifi cación, deberá ser objeto de los estudios de impacto ambiental y de suelos, considerándose criterios de regulación ecológica para la protección, preservación, restauración y aprovechamiento sustentable de los humedales. La altura de las edifi caciones deberá estar condicionada a la resistencia del suelo establecida en el estudio de suelos correspondiente, la cual no deberá superar los cuatro pisos. El Estudio de Suelos, determinará un tratamiento adecuado del sistema de drenaje de aguas superfi ciales. Artículo 3º.- Modifícase, en lo pertinente, el Plan Urbano Director de la Provincia Constitucional del Callao 1995 al 2010 aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000018 de fecha 05 de octubre de 1995. Artículo 4º.- Encárgase a la Gerencia Municipal y a la Gerencia General de Desarrollo Urbano, dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. PIO SALAZAR VILLARÁN Alcalde del Callao 546051-1