NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (22/09/2010)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 40
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de setiembre de 2010 426146 Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicado en el Diario Ofi cial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo artículo 4° dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el título ofi cial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposición de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporación, c) Traslado, d) Permuta, y e) Modifi cación en la denominación de la plaza originaria; Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Ofi cio Nº 3295-2010-CE-PJ, de fecha 20 de mayo del 2010, remite para conocimiento y fi nes consiguientes, fotocopia certifi cada de la Resolución Administrativa Nº 121-2010-CE- PJ, del 13 de abril de 2010, que declara fundada la solicitud de traslado por razones de salud de su cónyuge y unidad familiar, presentada por el magistrado Juan Carlos Paredes Cusquisiban, Juez Titular del Juzgado de Paz Letrado de Tambopata de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios; en consecuencia, se dispone su traslado a la plaza vacante del Juzgado de Paz Letrado de Paramonga, Provincia de Barranca de la Corte Superior de Justicia de Huaura; Que, la Tercera Disposición Complementaria y Final del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución N° 238-2006-CNM y publicado en el Diario Ofi cial El Peruano del 6 de agosto del 2006, dispone que el Consejo Nacional de la Magistratura tendrá en cuenta la información que le remita el Poder Judicial y el Ministerio Público, sobre el cuadro de asignación de personal y presupuesto analítico de personal, así como la correspondiente resolución que acredite al Juez o Fiscal en el cargo; Que, es preciso señalar que el citado magistrado fue nombrado por el Consejo Nacional de la Magistratura como Juez de Paz Letrado de Tambopata del Distrito Judicial de Madre de Dios, en mérito a la Resolución N° 714-2005-CNM del 5 de abril de 2005; por lo que previamente corresponde cancelar el título referido; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo adoptado en sesión de fecha 26 de agosto del 2010; y de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos e) y f) de la Ley Nº 26397 –Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el título otorgado a favor del doctor JUAN CARLOS PAREDES CUSQUISIBAN, de Juez de Paz Letrado de Tambopata del Distrito Judicial de Madre de Dios. Segundo.- Expedir el título a favor del doctor JUAN CARLOS PAREDES CUSQUISIBAN, de Juez de Paz Letrado de Paramonga, Provincia de Barranca, de la Corte Superior de Justicia de Huaura. Tercero.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMUNDO PELAEZ BARDALES Presidente 545692-5 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 287-2010-CNM Lima, 2 de setiembre del 2010 VISTO: El Ofi cio Nº 3878-2010-CE-PJ, de fecha 02 de junio del 2010, remitido por el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicado en el diario Ofi cial “El Peruano” de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo artículo 4° dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el título ofi cial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposición de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporación, c) Traslado, d) Permuta, y e) Modifi cación en la denominación de la plaza originaria; Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Ofi cio Nº 3878-2010-CE-PJ, de fecha 2 de junio del 2010, remite para conocimiento y fi nes consiguientes, fotocopia certifi cada de la Resolución Administrativa Nº 134-2010-CE-PJ, del 13 de abril de 2010, que declara fundada la solicitud de traslado por razones de salud presentada por la doctora Penélope Nájar Pineda, Juez Titular del Juzgado Mixto de la Provincia de Lampa de la Corte Superior de Justicia de Puno; en consecuencia, se dispone su traslado a uno de los Juzgados Penales de la Investigación Preparatoria vacante de la Provincia de San Román con sede en Juliaca, de la referida Corte Superior; Que, la Tercera Disposición Complementaria y Final del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución N° 238-2006-CNM y publicado en el diario Ofi cial “El Peruano” del 6 de agosto del 2006, dispone que el Consejo Nacional de la Magistratura tendrá en cuenta la información que le remita el Poder Judicial y el Ministerio Público, sobre el cuadro de asignación de personal y presupuesto analítico de personal, así como la correspondiente resolución que acredite al Juez o Fiscal en el cargo; Que, es preciso señalar que la citada magistrada fue nombrada por el Consejo Nacional de la Magistratura como Juez Mixto de Lampa del Distrito Judicial de Puno, en mérito a la Resolución N° 402-2005-CNM del 9 de febrero de 2005; por lo que previamente corresponde cancelar el título referido; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo adoptado en sesión de fecha 26 de agosto del 2010; y de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos e) y f) de la Ley Nº 26397 –Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el título otorgado a favor de la doctora PENÉLOPE NÁJAR PINEDA, de Juez Mixto de Lampa del Distrito Judicial de Puno. Segundo.- Expedir el título a favor de la doctora PENÉLOPE NÁJAR PINEDA, de Juez Penal de Investigación Preparatoria de la Provincia de San Román con sede en Juliaca de la Corte Superior de Justicia de Puno. Tercero.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMUNDO PELAEZ BARDALES Presidente 545692-6 Expiden títulos de Jueces de los Distritos Judiciales de Lambayeque, Arequipa y La Libertad RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 288-2010-CNM Lima, 2 de setiembre del 2010 VISTO: El Ofi cio Nº 4536-2010-CE-PJ, de fecha 23 de junio del 2010, remitido por el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y,