NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (22/09/2010)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 43
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de setiembre de 2010 426149 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 294-2010-CNM Lima, 3 de setiembre del 2010 VISTO: La solicitud del doctor Jorge Luis Quispe Lecca, presentada el 2 de julio de 2010; y CONSIDERANDO: Que, el doctor Jorge Luis Quispe Lecca, mediante escrito presentado el 2 de julio de 2010, solicita la expedición de nuevo título de Juez del Sexto Juzgado Penal Unipersonal de Trujillo del Distrito Judicial de La Libertad, al haberse convertido su plaza originaria por la entrada en vigencia del Nuevo Código Procesal Penal, en mérito a la Resolución Administrativa N° 529-2009-CSJLL/PJ del 7 de octubre de 2009, expedida por la Corte Superior de Justicia de La Libertad; Que, mediante Resolución N° 931-2003-CNM del 22 de diciembre de 2003 el recurrente fue nombrado Juez Especializado en lo Penal del Distrito Judicial de La Libertad; posteriormente por Resolución N° 020-2004-P-CSJLL/PJ fue designado en el Décimo Juzgado Especializado Penal de Trujillo del mismo Distrito Judicial; Que, la Tercera Disposición Complementaria y Final del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución N° 238-2006-CNM y publicado en el Diario Ofi cial El Peruano del 06 de agosto del 2006, dispone que el Consejo Nacional de la Magistratura tendrá en cuenta la información que le remite el Poder Judicial y el Ministerio Público, sobre el cuadro de asignación de personal y presupuesto analítico de personal, así como la correspondiente resolución que acredite al Juez o Fiscal en el cargo; Que, solicitada la información correspondiente al señor Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Ofi cio N° 1325-2010-P-CNM del 7 de julio del 2010; se recibió respuesta con Ofi cio N° 6418-2010-CE- PJ del 9 de agosto de los corrientes informando que la plaza del doctor Jorge Luis Quispe Lecca en el cargo de Juez del Sexto Juzgado Penal Unipersonal de Trujillo del Distrito Judicial de La Libertad, se encuentra debidamente presupuestada en el Cuadro de Asignación de Personal y Presupuesto Analítico de ese Poder del Estado; Que, asimismo pone en conocimiento que por Resolución Administrativa N° 030-2007-CE-PJ del 6 de febrero de 2007, se dispuso la conversión del Sétimo al Doceavo Juzgado Especializado en lo Penal de Trujillo en Juzgados Penales Liquidadores; es decir, el recurrente quien hasta entonces ostentaba el cargo de Juez del Décimo Juzgado Especializado Penal de Trujillo, se convirtió en Juez del Cuarto Juzgado Penal Liquidador de Trujillo; Que, posteriormente mediante Resolución Administrativa N° 223-2008-CE-PJ del 20 de agosto de 2008, se dispuso la conversión del Primer al Sexto Juzgado Penal Liquidador de Trujillo, en Tercer, Cuarto, Quinto, Sexto, Sétimo y Octavo Juzgado Penal Unipersonal, respectivamente; es decir, en virtud a esta resolución la plaza del recurrente se convirtió en la de Juez del Sexto Juzgado Penal Unipersonal de Trujillo del Distrito Judicial de La Libertad por lo que corresponde extenderle el título pertinente previa cancelación del que ostentaba anteriormente; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, adoptado en sesión de fecha 26 de agosto de 2010 y al Decreto de la Presidencia de este Consejo de fecha 27 de agosto de los corrientes; y de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos e) y f) de la Ley Nº 26397 – Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el título otorgado a favor del doctor JORGE LUIS QUISPE LECCA, de Juez Especializado en lo Penal de Trujillo del Distrito Judicial de La Libertad. Segundo.- Expedir el título a favor del doctor JORGE LUIS QUISPE LECCA, de Juez del Sexto Juzgado Penal Unipersonal de Trujillo del Distrito Judicial de La Libertad. Tercero.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMUNDO PELAEZ BARDALES Presidente 545692-12 Expiden título de Juez del Segundo Juzgado Especializado de Familia de Cañete RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 290-2010-CNM Lima, 2 de setiembre del 2010 VISTO: El Ofi cio Nº 336-2010-CE-PJ, de fecha 18 de enero del 2010, remitido por el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicado en el Diario Ofi cial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo artículo 4° dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el título ofi cial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposición de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporación, c) Traslado, d) Permuta, y e) Modifi cación en la denominación de la plaza originaria; Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Ofi cio Nº 336-2010-CE-PJ, de fecha 18 de enero de 2010, remite para conocimiento y fi nes consiguientes, fotocopia certifi cada de la Resolución Administrativa Nº 395- 2009-CE-PJ, del 21 de diciembre de 2009, que declara fundada la solicitud de traslado motivos de salud presentada por el señor Ángel Polanco Tintaya, Juez Titular Mixto de Huaytará de la Corte Superior de Justicia de Ica; en consecuencia, se dispone su traslado a una plaza vacante de Juez de Familia de Cañete del Distrito Judicial del mismo nombre; Que, la Tercera Disposición Complementaria y Final del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución N° 238-2006-CNM y publicado en el Diario Ofi cial El Peruano del 6 de agosto del 2006, dispone que el Consejo Nacional de la Magistratura tendrá en cuenta la información que le remita el Poder Judicial y el Ministerio Público, sobre el cuadro de asignación de personal y presupuesto analítico de personal, así como la correspondiente resolución que acredite al Juez o Fiscal en el cargo; Que, solicitada la información correspondiente al señor Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Ofi cio N° 056 y 676-2010-P-CNM del 25 de enero y 16 de abril del 2010, respectivamente; mediante Ofi cio N° 3406- 2010-CE-PJ recibido el 21 de mayo del 2010 se ha informado que el doctor Polanco Tintaya ha sido incorporado en la plaza de Juez del Segundo Juzgado Especializado de Familia de Cañete de la Corte Superior de Justicia de Cañete, en mérito a la Resolución Administrativa N° 030-2010-P-CSJCÑ/PJ del 25 de enero del 2010, expedida por la Presidencia del a Corte Superior de Justicia de Cañete; Que, es preciso señalar que el citado recurrente fue nombrado por el Consejo Nacional de la Magistratura como Juez Mixto de Huaytará del Distrito Judicial de Ica, en mérito a la Resolución N° 372-2005-CNM del 9 de febrero de 2005; por lo que previamente corresponde cancelar el título referido; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo adoptado en sesión de fecha 26 de agosto del 2010; y de conformidad