Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2010 (22/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de setiembre de 2010

a los magistrados en su condicion de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el articulo 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, asi como el unico facultado para cancelar dichos titulos, en atencion a lo dispuesto por el articulo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolucion Nº 238-2006-CNM publicado en el Diario Oficial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobo el Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo articulo 4º dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el titulo oficial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposicion de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporacion, c) Traslado, d) Permuta, y e) Modificacion en la denominacion de la plaza originaria; Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Oficio Nº 321-2010-CE-PJ, de fecha 18 de enero de 2010, remite para conocimiento y fines consiguientes, fotocopia certificada de la Resolucion Administrativa Nº 399-2009CE-PJ, del 21 de diciembre de 2009, que declara fundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la doctora MORDAZA MORDAZA Reymer Urquieta, Juez Titular del MORDAZA Juzgado Especializado Penal del MORDAZA del Distrito Judicial del mismo nombre, contra la resolucion expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial que declaro improcedente su solicitud de traslado; en consecuencia, se declara fundada la solicitud de traslado por razones extraordinarias a una plaza vacante del mismo nivel en el Distrito Judicial de MORDAZA ; Que, la Tercera Disposicion Complementaria y Final del Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolucion Nº 238-2006-CNM y publicado en el Diario Oficial El Peruano del 6 de agosto del 2006, dispone que el Consejo Nacional de la Magistratura tendra en cuenta la informacion que le remita el Poder Judicial y el Ministerio Publico, sobre el cuadro de asignacion de personal y presupuesto analitico de personal, asi como la correspondiente resolucion que acredite al Juez o Fiscal en el cargo; Que, solicitada la informacion correspondiente al senor Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Oficio Nº 060 y 675-2010-P-CNM del 25 de enero y 16 de MORDAZA del 2010, respectivamente; mediante Oficio Nº 3139-2010-CEPJ recibido el 14 de MORDAZA del 2010 se ha informado que la doctora Reymer Urquieta ha sido designada en la plaza de Juez Especializado Penal del Juzgado de MORDAZA y Seguridad Vial de MORDAZA del Distrito Judicial del mismo nombre, en merito a la Resolucion Administrativa Nº 033-2010-CEJD/CSA del 20 de MORDAZA de 2010, expedida por el Consejo Ejecutivo Distrital de MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; Que, es preciso senalar que la citada recurrente fue nombrada por el Consejo Nacional de la Magistratura como Juez del MORDAZA Juzgado Especializado Penal de MORDAZA del Distrito Judicial del mismo nombre, en merito a la Resolucion Nº 186-2006-CNM del 26 de MORDAZA de 2006; por lo que previamente corresponde cancelar el titulo referido; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo adoptado en sesion de fecha 26 de agosto del 2010; y de conformidad con las facultades conferidas por los articulos 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, 37º incisos e) y f) de la Ley Nº 26397 ­Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolucion Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el titulo otorgado a favor de la doctora MORDAZA MORDAZA REYMER URQUIETA, de Juez del MORDAZA Juzgado Especializado Penal de MORDAZA del Distrito Judicial del Cusco. Segundo.- Expedir el titulo a favor de la doctora MORDAZA MORDAZA REYMER URQUIETA, de Juez Especializado Penal del Juzgado de MORDAZA y Seguridad Vial de MORDAZA del Distrito Judicial de Arequipa. Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 545692-10

RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 292-2010-CNM MORDAZA, 2 de setiembre del 2010 VISTO: El Oficio Nº 4535-2010-CE-PJ, de fecha 23 de junio del 2010, remitido por el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el unico organismo competente para extender el titulo de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condicion de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el articulo 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, asi como el unico facultado para cancelar dichos titulos, en atencion a lo dispuesto por el articulo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolucion Nº 238-2006-CNM publicado en el Diario Oficial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobo el Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo articulo 4° dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el titulo oficial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposicion de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporacion, c) Traslado, d) Permuta, y e) Modificacion en la denominacion de la plaza originaria; Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Oficio Nº 4535-2010-CE-PJ, de fecha 23 de junio de 2010, remite para conocimiento y fines consiguientes, fotocopia certificada de la Resolucion Administrativa Nº 1592010-CE-PJ, del 12 de MORDAZA de 2010, que declara fundado el recurso de reconsideracion interpuesto por el doctor Shilling MORDAZA Yvanov Castaneda MORDAZA, Juez del Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA del Distrito Judicial de MORDAZA, contra la resolucion del 25 de junio de 2009; en consecuencia, se dispone su traslado al Tercer Juzgado de Paz Letrado de Chiclayo de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; Que, la Tercera Disposicion Complementaria y Final del Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolucion N° 238-2006-CNM y publicado en el Diario Oficial El Peruano del 6 de agosto del 2006, dispone que el Consejo Nacional de la Magistratura tendra en cuenta la informacion que le remita el Poder Judicial y el Ministerio Publico, sobre el cuadro de asignacion de personal y presupuesto analitico de personal, asi como la correspondiente resolucion que acredite al Juez o Fiscal en el cargo; Que, es preciso senalar que el citado magistrado fue nombrado por el Consejo Nacional de la Magistratura como Juez de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA del Distrito Judicial de MORDAZA, en merito a la Resolucion N° 7012005-CNM del 5 de MORDAZA de 2005; por lo que previamente corresponde cancelar el titulo referido; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo adoptado en sesion de fecha 26 de agosto del 2010; y de conformidad con las facultades conferidas por los articulos 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, 37º incisos e) y f) de la Ley Nº 26397 ­Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolucion Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el titulo otorgado a favor del doctor SHILLING MORDAZA YVANOV MORDAZA MORDAZA, de Juez de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA del Distrito Judicial de Cajamarca. Segundo.- Expedir el titulo a favor del doctor SHILLING MORDAZA YVANOV MORDAZA MORDAZA, de Juez del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Chiclayo de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 545692-11

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