NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (22/09/2010)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 45
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de setiembre de 2010 426151 aprobación o desaprobación del texto del “Proyecto de Ley de Devolución de Dinero del Fonavi a los Trabajadores que contribuyeron al mismo”; y, por Resolución Nº 088- 2010-JNE, de fecha 12 de febrero de 2010, se dispuso que el citado referéndum se lleve a cabo el domingo 3 de octubre de 2010, conjuntamente con las Elecciones Regionales y Municipales. 2. Convocados los procesos electorales antes mencionados, mediante la Resolución Nº 324-2010-JNE, de fecha 25 de mayo de 2010, se declaró la conformación defi nitiva del Jurado Electoral Especial de Cangallo para los procesos electorales antes enunciados. 3. La designación de los miembros de los Jurados Electorales Especiales es producto del sorteo en audiencia pública de fecha 12 de mayo de 2010, en el que se estableció el orden de prelación de los 25 ciudadanos de las respectivas sedes que fueron previamente seleccionados por el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, para el cargo de miembro de los 91 Jurados Electorales Especiales; así como de la depuración de los ciudadanos con impedimento o causa justifi cada. 4. No obstante, de la consulta a la base de datos de los Padrones de Afi liados remitidos por el partido político “Alianza para el Progreso” al Registro de Organizaciones Políticas, se puede constatar que en la entrega de fecha 4 de junio de 2010 se incluyó a Juan Bautista Chávez Esquivel, miembro del Jurado Electoral Especial de Cangallo, como afi liado a dicha organización política. Lo cual, también ha sido corroborado por el presidente del Jurado Electoral Especial de Cangallo, según consta en el Informe Nº 007-2010-JNE-JEE/C-P. 5. Del artículo 35 de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, se desprende que la normativa que rige a los Jurados Electorales Especiales, en lo concerniente a sus impedimentos, es la misma que la de aplicación al Pleno del Jurado Nacional de Elecciones. En tal sentido, de conformidad con los artículos 12, literal c, y 18, literal d, de la ley antes comentada, constituye una casual de impedimento, sobreviniente a la designación del cargo, el hecho de que un miembro de un Jurado Electoral Especial pertenezca a una organización política. Razón por la cual, Juan Bautista Chávez Esquivel, al encontrarse actualmente afi liado al partido político “Alianza para el Progreso”, no puede seguir desempeñándose como miembro del Jurado Electoral Especial de Cangallo. 6. En consecuencia, corresponde declarar la vacancia de Juan Bautista Chávez Esquivel, como miembro del Jurado Electoral Especial de Cangallo; designando a Donato Colos Cisneros como primer miembro del Jurado Electoral Especial de Cangallo, y convocándose a Eladio Prado Palomino para que asuma el cargo de segundo miembro de dicho órgano electoral. Por tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR la vacancia de Juan Bautista Chávez Esquivel, como miembro del Jurado Electoral Especial de Cangallo. Artículo Segundo.- DESIGNAR a Donato Colos Cisneros como primer miembro del Jurado Electoral Especial de Cangallo, y CONVOCAR a Eladio Prado Palomino para que asuma el cargo de segundo miembro de dicho órgano electoral instalado para las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010, y Referéndum Nacional para la aprobación o desaprobación del “Proyecto de Ley de Devolución de Dinero del Fonavi a los Trabajadores que contribuyeron al mismo”. Artículo Tercero.- HACER DE CONOCIMIENTO de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, de la Presidencia del Poder Judicial, de las respectivas Cortes Superiores de Justicia, del Ministerio Público, de la Contraloría General de la República, de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio de Relaciones Exteriores, del Ministerio del Interior, del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y de la Asamblea Nacional de Rectores, la presente resolución, para los fi nes pertinentes. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Jurado Nacional de Elecciones, www.jne.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SIVINA HURTADO PEREIRA RIVAROLA MINAYA CALLE MONTOYA ALBERTI VELARDE URDANIVIA BRAVO BASALDÚA Secretario General 546409-1 MINISTERIO PUBLICO Cesan por límite de edad a Fiscal Provincial Titular Penal de Trujillo, Distrito Judicial de La Libertad RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1536-2010-MP-FN Lima, 21 de setiembre de 2010 VISTO Y CONSIDERANDO: El Ofi cio Nº3571-2010-MP-FN-OREF, de fecha 16 de setiembre del 2010, cursado por la Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, mediante el cual informa que el doctor Eliseo Taboada Veneros, Fiscal Provincial Titular Penal de Trujillo, Distrito Judicial de La Libertad, designado en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Trujillo, cumple 70 años de edad, el día 22 de setiembre del año en curso, adjuntando copias simples de la Partida de Nacimiento expedida por el Concejo Distrital de Simbal, Provincia de Trujillo, así como de su Documento Nacional de Identidad. Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Cesar por límite de edad a partir del 22 de setiembre del 2010, al doctor Eliseo Taboada Veneros, Fiscal Provincial Titular Penal de Trujillo, Distrito Judicial de La Libertad, designado en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Trujillo, materia de la Resolución Nº329-2007-MP-FN, de fecha 16 de marzo del 2007; dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Artículo Segundo.- Poner la presente Resolución a conocimiento del Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, para la cancelación del Título Nº984-2003-CNM, de fecha 31 de diciembre del 2003, que nombró al doctor Eliseo Taboada Veneros, Fiscal Provincial Titular Penal de Trujillo, Distrito Judicial de La Libertad. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de La Libertad, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación 546680-1