Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2010 (22/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

426155

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban modificaciones a la Ordenanza Nº 248-MSI que regula la ubicacion de elementos de publicidad exterior en el distrito
ORDENANZA Nº 311-MSI EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA Vistos, en sesion ordinaria de Concejo de fecha 15 de setiembre de 2010, los dictamenes Nº 79-2010-CAJ-LS/MSI, de la Comision de Asuntos Juridicos, Laborales y Sociales, Nº 72-2010-ADM-FIN-SIS-FIS/MSI de la Comision de Administracion, Finanzas, Sistemas y Fiscalizacion y Nº 0172010-CDDU-OSM/MSI de la Comision de Desarrollo MORDAZA, Obras y Servicios Municipales; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado modificada por la Ley Nº 28607 de fecha 04 de octubre del 2005, establece que las municipalidades provinciales y distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, el numeral 3.6.3 del articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que es funcion especifica exclusiva de las municipalidades distritales normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de la ubicacion de avisos publicitarios; Que, en el MORDAZA de la Ordenanza Nº 210-MML de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, la Municipalidad de San MORDAZA aprobo, mediante Ordenanza Nº 104-MSI publicada en el Diario Oficial El Peruano de fecha 29 de MORDAZA del ano 2005, el "Plan regulador de la publicidad exterior y de la inversion privada en mobiliario MORDAZA para el distrito de San Isidro"; Que, asimismo, mediante Ordenanza Nº 1094-MML, publicada en el Diario Oficial El Peruano de fecha 23 de noviembre del ano 2007, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA MORDAZA la ubicacion de elementos de publicidad exterior en la provincia de MORDAZA, estableciendose en dicha Ordenanza que las municipalidades distritales son competentes para normar complementariamente dicha materia y disponiendose la derogacion de la Ordenanza Nº 210-MML; Que, en el contexto de lo MORDAZA manifestado, y atendiendo a que corresponde a la Municipalidad de San MORDAZA regular los aspectos referidos a la ubicacion de elementos de publicidad exterior bajo una vision coherente del uso de los espacios urbanos, se aprobo la Ordenanza Nº 248-MSI publicada en el Diario Oficial El Peruano de fecha 2 de noviembre del ano 2008, con el fin de adecuar los criterios para la ubicacion de elementos de publicidad exterior en el distrito, a fin de salvaguardar la imagen visual del distrito y proteger la calidad del paisaje MORDAZA con relacion a la publicidad, asi como el orden, el ornato y la calidad de MORDAZA de los vecinos del distrito de San MORDAZA, preservando ademas la seguridad de las personas, de la via publica y de los predios urbanos; Que, en este sentido se ha visto por conveniente modificar la Ordenanza Nº 248-MSI, realizando algunas precisiones en relacion al toldo con anuncio, banderolas, elementos de publicidad exterior retroiluminados, plazos, elementos de publicidad ubicados en cerco lateral, asi como vallas publicitarias, en donde se ha solicitado la aprobacion de los vecinos de la MORDAZA, toda vez que cuando se permite la instalacion de este MORDAZA de elementos de publicidad exterior, su entorno MORDAZA se ve directamente afectado, por lo cual es necesario contar con su aprobacion; En uso de las facultades conferidas por el articulo 9º de Ley Nº 27972, Ley Organica de las Municipalidades y el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por D.S. Nº 135-99-EF y sus normas modificatorias, y con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo Municipal y aprobada la dispensa del tramite de aprobacion de acta, se aprueba la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA MODIFICACIONES A LA ORDENANZA Nº 248-MSI QUE REGULA LA UBICACION DE ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR EN EL DISTRITO Articulo Unico.- Modificar los siguientes articulos de la Ordenanza Nº 248-MSI: Articulo 4º numeral 34, el cual quedara redactado de la siguiente manera: (...) 34. Toldo con anuncio.- Cubierta de lienzo, tela u otro material analogo que se extiende sobre el area de retiro municipal (a una distancia MORDAZA de 0.50 metros del plano de la fachada que lo soporta) y que se sustenta en forma colgada de la fachada de los inmuebles (sin apoyos o parantes en el piso). No podra volar sobre via publica (vereda, jardin de aislamiento o berma lateral). La altura minima del toldo sera de 2.30 metros medidos desde el nivel del piso terminado a la superficie inferior del toldo. La altura MORDAZA del toldo no debe exceder la del primer piso de la edificacion. Debera ser rebatible. El area del anuncio tendra como proporcion MORDAZA 1/3 de la superficie frontal del toldo. En caso de que en mismo frente de cuadra se quiera instalar dos o mas toldos, deberan estar alineados en dimensiones y deben conjugar los MORDAZA armonicamente. (...) Articulo 5º numeral 2 referido a las caracteristicas fisicas, y el numeral 3 referido a las caracteristicas tecnicas, quedando redactado de la siguiente manera: Por sus caracteristicas fisicas, los elementos publicitarios se clasifican en: (...) 2. Banderola.- Anuncio impreso en vinilo, tela u otro material analogo no rigido con un area total MORDAZA de dieciseis metros cuadrados (16.00 m2), que se cuelga de cada uno de sus extremos de algun elemento que lo sustenta sobre la fachada o paramento de una edificacion. Solo se autorizara en forma temporal. (...) Por sus caracteristicas tecnicas, los elementos publicitarios se clasifican en: 3. Iluminados.- Aquellos en que el elemento es alumbrado por medios externos al propio elemento de publicidad exterior. Dentro de este grupo se encuentran tambien los retroiluminados (cuando la luz se coloque por la parte posterior del anuncio). (...) Articulo 8º numeral 2, el cual quedara redactado de la siguiente manera: (...) 2. La Gerencia de Desarrollo MORDAZA es el organo competente para proponer al senor MORDAZA, (1) la concesion de espacios para la ubicacion de elementos de publicidad exterior en mobiliario MORDAZA como resultado de un MORDAZA de seleccion, (2) la celebracion y/o renovacion de convenios de cooperacion interinstitucional de caracter complementario, con entidades publicas o privadas, vinculados a la ubicacion de elementos de publicidad exterior, con fines culturales o de interes social, que busquen promocionar el MORDAZA y que no afecten la morfologia urbana. (...) Articulo 10º MORDAZA parrafo, el cual quedara redactado de la siguiente manera: (...) Solo se otorgaran autorizaciones en los predios que los solicitantes utilicen para el ejercicio de sus actividades, seran denominativos conforme al giro que consta en la licencia de funcionamiento, limitandose la publicidad de empresas auspiciadoras o de servicios a un 20% del area del anuncio, con las excepciones establecidas en la presente Ordenanza. (...) El Articulo 16º, MORDAZA parrafo, el cual quedara redactado de la siguiente manera: (...) Las solicitudes relativas a la ubicacion de banderolas, gigantografias, afiches, posters o carteles, calcomanias o stickers y paneles de obra en o sobre cerco, seran resueltas en

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