Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2011 (03/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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CONSIDERANDO

NORMAS LEGALES
MORDAZA Elecciones Preliminares por segmentos Acto Electoral Informe final del Comite electoral Juramentacion

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 3 de MORDAZA de 2011

Que, conforme el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de conformidad con el articulo 102º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece como organo de coordinacion y concertacion de las municipalidades distritales el Consejo de Coordinacion Local Distrital, el mismo que debe estar integrado por el MORDAZA quien lo preside, los Regidores y los representantes de las Organizaciones Sociales de Base (Sociedad Civil) que se encuentren dentro del distrito de El MORDAZA, los mismos que son elegidos democraticamente, por un periodo de dos anos, entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de nivel distrital, los cuales deberan estar inscritos en el registro para tal efecto ante la Municipalidad, siempre y cuando acrediten personeria juridica y un minimo de tres anos de actividad institucional. Que, mediante Ordenanza Nº 252-MDEA, publicada el 25 de MORDAZA del 2005, se aprobo el Reglamento de Conformacion, Instalacion y Funcionamiento del Consejo de Coordinacion Local Distrital (CCLD). Que, mediante Ordenanza Nº 339 - MDEA publicado en el diario oficial "El Peruano", con fecha 25 de Junio del 2007, se modifica los articulos 4º, 19º y 28º de la Ordenanza Nº 252-MDEA, la cual amplia el numero de representantes de las organizaciones de base (Sociedad Civil) de El MORDAZA, a catorce (14) ante el CCLD. Que, considerando lo dispuesto en el articulo 5º de la Ordenanza Nº 252-MDEA, que el mandato de los Representantes de las organizaciones de base (Sociedad Civil) sera un periodo de dos anos, contados desde la fecha de su instalacion del Concejo de Coordinacion Local Distrital, que el mismo MORDAZA legal en su articulo 12º establece que el MORDAZA, bajo responsabilidad, y mediante Decreto de Alcaldia convoca a la eleccion de los Representantes de las Organizaciones de base (Sociedad Civil) ante el CCLD. Que, el mismo articulo 12º, establece la conformacion del Comite Electoral, quien es el responsable de la conduccion y desarrollo del MORDAZA de eleccion de los representantes de las organizaciones de base (Sociedad Civil) ante el CCLD. Estando a lo expuesto, con el visto MORDAZA de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoria Juridica, Gerencia de Defensoria y Participacion Vecinal y a lo dispuesto en el articulo 20º en su inciso 6 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA Articulo 1º.- CONVOCAR a elecciones de los Representantes de las Organizaciones de Base (Sociedad Civil) ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, conforme al siguiente cronograma:

FECHAS 12,13,14,16,17,18 y 19 de MORDAZA MORDAZA 22 de MORDAZA 24 de MORDAZA 25 de MORDAZA

Articulo 2º.- ENCARGAR al comite Electoral la conduccion y desarrollo del MORDAZA electoral que estara conformado por los senores: · Presidente · Secretario · Vocal · Vocal · Vocal : MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA : MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA : MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA : MORDAZA Realdo MORDAZA MORDAZA : MORDAZA MORDAZA de MORDAZA

Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

623018-1

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Amplian alcances de la Novena Disposicion Complementaria, Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 063CDLCH
ORDENANZA Nº 149-MDLCH
Chosica, 10 de diciembre de 2010 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Lurigancho - Chosica, en Sesion Ordinaria de la fecha; VISTO: El proyecto de ordenanza presentado por la Comision de Orden Comercial, MORDAZA y Transporte del Concejo Municipal; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 063-CDLCH se aprueba la Ordenanza que Regula el Transporte de Pasajeros en Vehiculos Menores dentro de la Jurisdiccion Distrital de Lurigancho ­ Chosica; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 81º inciso 3), numeral 3.2 de la Ley Organica de Municipalidades, son Funciones especificas compartidas de las municipalidades distritales el otorgar licencias para la circulacion de vehiculos menores y demas, de acuerdo con lo establecido en la regulacion provincial; De conformidad a lo dispuesto a los articulos 9º numeral 8), 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del tramite de lectura y de aprobacion del acta; aprobo por unanimidad lo siguiente:

MORDAZA FECHAS Convocatoria y Difusion Del 04 al 15 de MORDAZA Apertura de Libro de Inscripciones Del 11 al 20 de MORDAZA Publicacion del Padron Del 23 al 26 de MORDAZA Impugnacion y Tachas Del 27 al 29 de MORDAZA Resolucion del Comite Electoral 30 de MORDAZA Taller de Capacitaciones y elecciones Taller Distrital 02 de MORDAZA Talleres por segmentos: Territoriales 04 de MORDAZA Micro, Mediana y Gran empresa 05 de MORDAZA Ninos, Adolescentes y Jovenes 06 de MORDAZA Organizaciones sociales de base 07 de MORDAZA Instituciones Culturales, Educativas, ONG, 09 de MORDAZA Ambientales, MORDAZA Organizaciones de Seguridad Ciudadana, 10 de MORDAZA Defensa Civil, Redes de lucha Contra la Violencia Familiar

ORDENANZA QUE AMPLIA LOS ALCANCES DE LA NOVENA DISPOSICION COMPLEMENTARIA, FINAL Y TRANSITORIA DE LA ORDENANZA Nº 063-CDLCH
Articulo 1º.- Ampliar los alcances de la Novena Disposicion Complementaria, Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 063-CDLCH por un periodo improrrogable de un (01) dia habil, a fin de que las personas juridicas que lo requieran puedan ingresar solicitudes de Registro, Reconocimiento y Autorizacion para prestar servicio de transporte publico de pasajeros en vehiculos menores.

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