TEXTO PAGINA: 31
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 3 de abril de 2011 440363 UNIVERSIDADES Autorizan viaje de profesional de la Universidad Nacional de San Martín a Brasil, a fin de conformar la Comisión de Investigadores de Universidades Integrantes de UNAMAZ para la elaboración de proyectos UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN - TARAPOTO CONSEJO UNIVERSITARIO RESOLUCIÓN Nº 132-2011-UNSM/CU-R. Tarapoto, 22 de marzo del 2011 Visto, el Expediente Nº 1149-2011/SG, que contiene el Memorando Nº 101-2011-UNSM/R, sobre autorización de viaje y viáticos. CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional de San Martín-Tarapoto es una Institución descentralizada, autónoma con personería jurídica de derecho público interno; se rige por la Constitución Política del Estado, la legislación universitaria vigente, el presente Estatuto y su Reglamento General. Su personería y representación legal la ejerce el Rector y dentro de unos de sus fi nes está, formar profesionales humanistas, científi cos y con excelencia académica competitiva, para los cambios del desarrollo de la región y del país, para así promover, organizar, realizar y difundir los resultados de la investigación en las áreas de humanidades, ciencias, arte y tecnología acorde a la realidad regional y nacional, con el objeto de viabilizar alternativas efi cientes y efi caces para su desarrollo y transformación socioeconómica; Que, los viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos se encuentran regulados por la Ley Nº 27619, aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM y modifi cado por el Decreto de Urgencia Nº 006- 2006, en la cual regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público, en donde la resolución de autorización deberá sustentarse en el interés institucional, bajo responsabilidad, en la cual las mencionadas resoluciones deberán de publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, la Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 – LEY Nº 29626 en su Artículo 10º establece las medidas en materia de bienes y servicios manifi esta en su numeral 10.1 que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo los siguientes casos que se autorizan mediante resolución del titular de la entidad: inciso d) Los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores. El requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales precedentes, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. En el caso de los organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por resolución del titular de la entidad; y en los gobiernos regionales y los gobiernos locales, se autoriza mediante acuerdo del consejo regional o concejo municipal, respectivamente. En todos los casos, la resolución o acuerdo de excepción es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Los viajes que se autoricen en el marco de la presente disposición deben realizarse en categoría económica; Que, la autorización de viajes al extranjero y sus respectivos viáticos de los servidores Docentes de la UNSM- T, es aprobado mediante acuerdo de Consejo Universitario refrendado mediante acto resolutivo de acuerdo a la Directiva Nº 002-2011-OADM/UNSM “Directiva para el otorgamiento y rendición de viatico por Comisión Ofi cial de Servicio de la UNSM-T” numeral 5.1 inciso a) punto uno, aprobado con Resolución Rectoral Nº 006-2011-UNSM/R de fecha 04 de enero del 2011, concordantes con la Ley Nº 27619, aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modifi cado por el Decreto de Urgencia Nº 006-2006, y el D.S. Nº 028-2009-EF; Que, por intermedio de la Resolución de Consejo Universitario Nº 125-2011-UNSM/CU-R de fecha 10 de marzo del 2011 se aprueba la designación del Ing. M. Sc. Guillermo Vásquez Ramírez de la UNSM-T como miembro integrante del grupo de investigadores de los ocho (08) países amazónicos conformantes de la ASOCIACIÓN DE UNIVERSIDADES AMAZÓNICAS (UNAMAZ); Que, en mérito a la Carta Nº 001-2011-UNAMAZ/SIJARR el Secretario de la Presidencia UNAMAZ manifi esta al Señor Rector de la UNSM-T que en reunión Extraordinaria de la Asamblea General de la UNAMAZ, realizado en la ciudad de Brasilia de la República Federal de Brasil, entre uno de los acuerdos fue la de presentar Proyectos a la OTCA, UNESCO, Banco Santander, CNPQ y CAPES, para lo cual deberá formarse una comisión de Investigadores de las Universidades integrantes de UNAMAZ, quienes se encargaran de elaborar los proyectos debiendo de reunirse en la Universidad Federal Do Amapá del Estado de Amapá – Brasil; Que, mediante el Memorando Nº 101-2011-UNSM/R el Señor Rector de la UNSM-T en mérito al Acuerdo del Consejo Universitario, aprueba la emisión de Resolución que autoriza el Viaje a la República Federal de Brasil al Ing. M. Sc. Guillermo Vásquez Ramírez a partir del 27 de marzo al 4 de abril del 2011, asignándole dos (02) días de viáticos nacional y pasaje aéreo en la ruta Tarapoto – Lima – Tarapoto y la asignación de cuatro (4) días de viáticos internacionales y pasaje aéreo con destino a Lima – Brasilia – Sao Paulo - Amapá – Macapá – Belén – Sao Paulo – Lima; Estando al D.S. Nº 005-90-PCM Ley Nº 28927. Ley 27619. D.S. Nº 047-2002-PCM, al y acuerdo adoptado en Sesión Ordinaria de Consejo Universitario de fecha 06 de marzo del 2011, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria N° 23733 y sus modifi catorias, la Directiva Nº 002-2011-OADM/UNSM, el Estatuto y Reglamento vigente de la UNSM-T; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, el viaje en Comisión de Servicio a la República Federal de Brasil al Ing. M. Sc. Guillermo Vásquez Ramírez a partir del 27.03.2011al 04.04.2011, en representación de la UNSM-T como miembro integrante del grupo de investigadores de los ocho (08) países amazónicos conformantes de la Asociación de Universidades Amazónicas (UNAMAZ), con la fi nalidad de conformar la Comisión de Investigadores de Universidades integrantes de UNAMAZ, quienes se encargaran de elaborar los proyectos para presentar a la OTCA, UNESCO, Banco Santander, CNPQ y CAPES, debiendo reunirse en la Universidad Federal Do Amapá del Estado de Amapá – Brasil. Artículo 2°.- Otorgar, al Ing. M. Sc. Guillermo Vásquez Ramírez, pasajes aéreos con el itinerario Tarapoto – Lima – Brasilia – Sao Paulo - Amapá – Macapá – Belén – Sao Paulo – Lima - Tarapoto, más dos (02) días de viáticos nacionales y cuatro (4) días de viáticos internacionales, también el pago de TUUA Nacional así como el pago del TUUA Internacional por el monto de $ 32.00 dólares americanos. Artículo 3°.- Dentro de los ocho (08) días calendario siguiente de su retorno al país, el profesional mencionado, deberá presentar al Rectorado, a través de la Secretaría General de la UNSM-T, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4°.- Disponer que la Unidad de Abastecimiento proceda a la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano de conformidad con lo establecido en el Art. 3º de la Ley Nº 27619 y numeral 10.1 Segundo Párrafo del artículo 10º de la Ley Nº 29626 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011. Artículo 5°.- La Ofi cina de Administración deberá adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo 6°.- Distribuir la presente resolución a: Rectorado, VRACAD, VRADM, OADM, OPLAP, UPTO,