Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2011 (03/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 3 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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Articulo 5º.- Pongase en conocimiento dicha Resolucion a la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, OSINERGMIN, asi como a la Direccion General de Electricidad del Ministerio de Energia y Minas, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Regional de Energia y Minas

623196-1 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 011 -2011/GOBIERNO REGIONAL PIURA-420030-DR
MORDAZA, 11 de febrero del 2011. VISTO, el expediente de Solicitud de Modificacion de Autorizacion para Desarrollar Actividades para Generacion Electrica de la Estacion RPS1 y DPS1 ubicada en el Km. 18 de la carretera Sullana hacia Paita, del Departamento MORDAZA, presentado por la empresa MAPLE ETANOL S.R.L., con R.U.C. Nº 20504192157, debidamente representada por el Gerente General Adjunto Sr. MORDAZA Lee Pontiff, en aplicacion con el articulo 4º del Decreto Ley Nº 25844, modificado por la primera disposicion modificatoria contenida en el Decreto Legislativo 1002. CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 011­ 2010/GOBIERNO REGIONAL PIURA-420030-DR, de fecha 11 de febrero del 2010, se otorgo a la empresa MAPLE ETANOL S.R.L, Autorizacion para Desarrollar la Actividad de Generacion Electrica con una Potencia Instalada de 0,75 Mw de potencia para Estacion RPS1 y DPS1. Segundo: Que mediante Carta MESRL-LEGL-0020-11 presentado el 01 de febrero del 2011, ingresado bajo registro Nº 169, MAPLE ETANOL S.R.L.. Solicito la Modificacion de la Autorizacion mencionada en el considerado precedente para Ampliar su Capacidad Instalada de 0,75 Mw a 1,00 Mw. Tercero: Que la solicitud cumple con los requisitos establecidos en el Item 21 del inciso B) del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Direccion Regional de Energia y Mina MORDAZA, aprobado O.R. 200-2011/GRPCR y cuenta con la opinion a que se refiere el Informe Nº 010-2011/GOB.REG.PIURA-DREM-UTE/LGM, siendo procedente la modificacion solicitada. Cuarto: La peticion se MORDAZA amparada en las disposiciones comprendidas en el articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844 y su modificatoria contenido en la Primera Disposicion Modificatoria del Decreto Legislativo 1002, el articulo 67º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion. Quinto: La Direccion Regional de Energia y Minas del Gobierno Regional de MORDAZA, de conformidad con lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 550 ­2006-MEM/ DM, en concordancia con el Decreto Supremo 052-2005PCM y en aplicacion de lo preceptuado en el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobadas mediante Ordenanza Regional Nº 145-2008/GRP-CR, inciso c) Numeral 4 del articulo 8, en donde faculta a esta Direccion el Otorgar Autorizaciones y llevar el Registro de Generacion Electrica con Potencia Instalada mayor a 500 Kw y menores a 10 Mw (minicentrales) a nivel regional. Sexto: Con la opinion favorable de la Unidad Tecnica de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado en forma tecnica legal que la empresa peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93EM, el Director Regional de Energia y Minas del Gobierno Regional de Piura. RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Modificacion por plazo indefinido de la Autorizacion para Desarrollar Actividades de Generacion Electrica para Ampliar su Capacidad Instalada 0,75 Mw. a 1,00 Mw para la Estacion de bombeo Macacara, ubicada en el Km. 18 de la carretera Sullana hacia Paita, del Departamento MORDAZA, de propiedad de la empresa MAPLE ETANOL S.R.L debidamente representado por el Gerente General Adjunto MORDAZA Lee Pontiff, inscrita en la Partida

Electronica Nº 11361038 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, en atencion en lo establecido en el articulo 22 del Decreto Ley Nº 25844. Articulo 2º.- La empresa autorizada esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como remitir la informacion estadisticas y los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM y otras normas legales pertinentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia de su publicacion, para lo cual una vez expedida y notificada, se debera coordinar en forma inmediata para dicho fin, bajo cuenta costo y riesgo de la empresa solicitante. Articulo 4º.- Tengase presente lo expresado en los articulos 68 y 69 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas Decreto Supremo Nº 009-93-EM, a fin de que esta direccion realice lo preceptuado en la MORDAZA glosada. Articulo 5º.- Pongase en conocimiento dicha Resolucion a la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, OSINERGMIN, asi como a la Direccion General de Electricidad del Ministerio de Energia y Minas, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Regional de Energia y Minas Gobierno Regional de MORDAZA

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Aprueban modificacion del Sistema Vial Metropolitano, correspondiente al distrito de San MORDAZA de Porres
ORDENANZA N° 1510
LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 24 de marzo del 2011, el Dictamen Nº 030-2011-MML-CMDUVN de la Comision Metropolitana de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura; Aprobo la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION DEL SISTEMA VIAL METROPOLITANO, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE PORRES
Articulo Primero.- Aprobar la modificacion del Sistema Vial Metropolitano, en consecuencia, modificar el Plano del Sistema Vial Metropolitano y el Anexo 2 de la Ordenanza N° 341-MML, en lo que respecta a la modificacion de las siguientes vias ubicadas en el Sector Chuquitanta, Distrito de San MORDAZA de Porres: - Av. Los Eucaliptos: Modificacion del Trazo; - Av. Los Eucaliptos, Av. MORDAZA Naranjal, Av. Paramonga y Av. El Sauce: Ajuste de las Secciones Viales Normativas; - Av. S/N 9 y Av. Central (Av. S/N 1): Ajuste de las Secciones Viales Normativas; - Av. Central (Av. S/N 1): Incorporacion del Tramo Prolongacion Naranjal ­ Av. Tantamayo; Segun se muestra en las laminas Nº01, Nº02, Nº03, Nº04, Nº05, Nº06, Nº07, Nº08, Nº09, Nº10, Nº11, Nº12, Nº13, Nº14, Nº15, Nº16, Nº17, Nº18, Nº19, Nº20, Nº21,

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