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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de abril de 2011 440485 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señora Martha Elisabeth Quezada Bamberger de Hakim, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo Presidente del Consejo Directivo de PROMPERÚ 624044-1 DEFENSA Autorizan viaje de Oficial FAP a Chile para participar en curso de operaciones de asistencia humanitaria RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 125-2011-DE/ Lima, 6 de abril de 2011 Visto, el Ofi cio Nº 2138-2010-MINDEF/VPD/B/c del Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa de fecha 30 de diciembre de 2010. CONSIDERANDO: Que, mediante documento del Visto, el Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, remite el Programa Académico 2011 del Centro Conjunto para Operaciones de Paz de Chile (CECOPAC), considerándose en dicha programación el desarrollo del Curso de Operaciones de Asistencia Humanitaria desde el 25 al 29 de abril de 2011; entre otros; Que, en el inciso q) del artículo 6º de la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, se establece como una de sus funciones contribuir a la consolidación y mantenimiento de la paz internacional; Que, por los temas a tratarse en el mencionado curso, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio al Comandante FAP Henry Jorge LAGUNA Torres, en razón que las experiencias a ser obtenidas durante el desarrollo de dicho curso, redundarán en benefi cio del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, al adquirir e intercambiar conocimientos sobre nuevos temas relacionados con Misiones de Paz de las Naciones Unidas; Que, el mencionado viaje se encuentra incluido en el Rubro 3, Ítem 9 del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa AF-2011, aprobado por Resolución Suprema Nº 015-2011-DE/SG de fecha 13 de enero de 2011; Que, la presente autorización de viaje considera dos días adicionales al previsto para la duración del evento; tiempo que se autoriza en forma adicional a efectos del traslado del Ofi cial comisionado a la sede del evento y su retorno al país, sin generar mayor gasto al aprobado en el Plan de Comisiones al Exterior antes referido, con expresa aceptación del participante; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 - Normas reglamentarias sobre las autorizaciones de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo Nº 002-2004/ DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; y, Estando a lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del 24 al 30 de abril de 2011, al Comandante FAP Henry Jorge LAGUNA Torres, de la Ofi cina de Asuntos Internacionales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, para que participe en el Curso de Operaciones de Asistencia Humanitaria, a realizarse en el Centro Conjunto para Operaciones de Paz de Chile (CECOPAC). Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (Lima - Santiago - Lima): US$ 598.00 x 1 persona (Incluye TUUA) = US$ 598.00 Viáticos: US$ 200.00 x 1 persona x 5 días = US$ 1,000.00 TOTAL: US$ 1,598.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la comisión a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El Ofi cial Superior comisionado mediante la presente Resolución, deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM respecto a la obligación de sustentar viáticos; asimismo, dentro de los QUINCE (15) días calendario de su retorno al país, presentará un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración, ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 625143-10 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan transferencia de partidas a favor del pliego Ministerio de Defensa en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 DECRETO SUPREMO Nº 051-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 012- 2010 se declara de necesidad pública, interés