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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (07/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de abril de 2011 440502 “Artículo 28°.- Infracciones muy graves de seguridad y salud en el trabajo Son infracciones muy graves, los siguientes incumplimientos: (….) 28.10 El incumplimiento de la normativa sobre seguridad y salud en el trabajo que ocasione un accidente de trabajo que produce la muerte del trabajador o cause daño en el cuerpo o en la salud del trabajador que requiera asistencia o descanso médico, conforme al certifi cado o informe médico legal.”. Artículo 4º.- Incorporación de los numerales 48.1- A y 48.1-B del artículo 48º del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo “Artículo 48°.- Cuantía y aplicación de las sanciones (…) 48.1-A Tratándose de actos que impliquen afectación a la libertad sindical, se entiende por trabajadores afectados, únicamente para el cálculo de la multa a imponer, al total de trabajadores que se encuentren afi liados a la organización sindical correspondiente. 48.1-B Tratándose de actos que impliquen el incumplimiento de las disposiciones relacionadas con el trabajo de niños, niñas y adolescentes, se impondrá la máxima multa prevista en el rango correspondiente. Artículo 5°.- Aplicación de Directivas Generales Las Directivas aprobadas por Resolución Directoral de la Dirección General de Inspección del Trabajo son de obligatorio cumplimiento para los órganos integrantes del sistema, en el ámbito nacional, regional y local. Estas directivas son publicadas en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www. mintra.gob.pe) y, en el Diario Ofi cial El Peruano, en los casos que corresponda. Artículo 6°.- Vigencia La presente norma entra en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo 7°.- Refrendo La presente norma es refrendada por la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de abril del año dos mil once. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 625143-5 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan a Servicios Aéreos de los Andes S.A.C. la modificación de permiso de operación de aviación comercial RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 046-2011-MTC/12 Lima, 14 de febrero de 2011 Vista la solicitud de la compañía SERVICIOS AEREOS DE LOS ANDES S.A.C., sobre Modifi cación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo - Agrícola, Fotografía, Publicidad, Inspección y Vigilancia, Defensa y Protección a la Fauna, Prospección, Carga Externa, Combate de Incendios; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Directoral Nº 109-2010- MTC/12 del 16 de abril del 2010 se otorgó a la compañía SERVICIOS AEREOS DE LOS ANDES S.A.C., Renovación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo - Agrícola, Fotografía, Publicidad, Inspección y Vigilancia, Defensa y Protección a la Fauna, Prospección, Carga Externa, Combate de Incendios, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 27 de mayo del 2010, modifi cada a través de la Resolución Directoral N° 304-2011-MTC/12 del 27 de octubre del 2010 en el sentido de incrementar material aeronáutico; Que, mediante Expediente de Registro N° 2011- 000788 del 05 de enero del 2011, a través de su gerente administrativo, señora Roxana Osores Plenge, la Compañía SERVICIOS AEREOS DE LOS ANDES S.A.C., solicita Modifi cación de su Permiso de Operación, en el sentido de incrementar material aeronáutico a los ya autorizados; Que, según los términos del Memorando N° 043- 2011-MTC/12.LEG emitido por el Abogado de la Dirección General de Aeronáutica Civil, Memorando Nº 012-2011- MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certifi caciones, Memorando Nº 025-2011-MTC/12.07. PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias e Informe Nº 035-2011-MTC/12.07 emitido por el Director de Certifi caciones y Autorizaciones, se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modifi cado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modifi catorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la compañía SERVICIOS AEREOS DE LOS ANDES S.A.C., la Modifi cación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo - Agrícola, Fotografía, Publicidad, Inspección y Vigilancia, Defensa y Protección a la Fauna, Prospección, Carga Externa, Combate de Incendios, en el sentido de incluir material aeronáutico a los ya autorizados a través de la Resolución Directoral N° 109-2010-MTC/12 del 16 de abril del 2010 y Resolución Directoral N° 304- 2010-MTC/12 del 27 de octubre del 2010, de acuerdo al siguiente detalle: MATERIAL AERONÁUTICO: (además de lo ya autorizado) - Bell 412 Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral N° 109-2010-MTC/12 del 16 de abril del 2010