Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (07/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de abril de 2011 440498 Disponen traslado de funcionaria a la Embajada del Perú en el Reino de Bélgica, en el cargo de confianza de Consejera Económica Comercial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0300/RE-2011 Lima, 4 de abril de 2011 Vista la Resolución Ministerial Nº 1367-2006- RE, que designó a la doctora Ana María Deustua Caravedo, en el cargo de confianza, Nivel F-4, como Consejera Económica Comercial, de la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América, a partir del 01 de enero de 2007; CONSIDERANDO: Que, el artículo 18º de la Resolución Ministerial Nº 0533-2002-RE, señala que la designación de los Consejeros y Agregados Económicos se efectúa por períodos de cinco (05) años renovables y que cesarán al término de la gestión de Gobierno que los designó, salvo prórroga dispuesta por Resolución Ministerial; Que, por necesidad del Servicio, se requiere trasladar a la doctora Ana María Deustua Caravedo, de la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América a la Embajada del Perú en el Reino de Bélgica; Que, la Comisión Califi cadora encargada de seleccionar a los postulantes para cubrir las vacantes en las Ofi cinas Comerciales del Perú en el Exterior, ha dado a conocer su conformidad con dicho cambio; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 760, del Gabinete de Coordinación del Viceministro; y en el Memorándum (DPE) Nº DPE0148/2011, de la Dirección General de Promoción Económica, de 31 de marzo 2011; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Ley Nº 25957, que establece el porcentaje límite del cual no podrá exceder el personal de confi anza; el Decreto Supremo Nº 19-95-RE, que aprueba la remuneración por servicio exterior; la Resolución Ministerial Nº 0533-2002-RE, Reglamento de Operaciones de las Ofi cinas Comerciales del Perú en el Exterior; la Resolución Ministerial Nº 0926- 2007-RE; y la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Trasladar a la doctora Ana María Deustua Caravedo, de la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América a la Embajada del Perú en el Reino de Bélgica, en el cargo de confi anza de Consejera Económica Comercial, Nivel F-4. Artículo 2º.- La citada funcionaria de confi anza percibirá por concepto de remuneración por servicio exterior, el equivalente al de un Consejero en el Servicio Diplomático de la República, en la Embajada del Perú en el Reino de Bélgica. Artículo 3º.- Fijar el 15 de mayo de 2011 como la fecha en que la citada funcionaria de confi anza deberá asumir funciones en la Embajada del Perú en el Reino de Bélgica. Artículo 4º.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 625098-1 Autorizan viaje de funcionario diplomático para participar en la Segunda Reunión del Mecanismo de Consultas Políticas entre los Ministerios de Relaciones Exteriores de Perú y de Turquía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0303/RE-2011 Lima, 5 de abril de 2011 CONSIDERANDO: Que, el 26 de enero de 1998, se suscribió en la ciudad de Ankara, República de Turquía, el Memorándum de Entendimiento para el Establecimiento de un Mecanismo de Consultas Políticas entre el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú y el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Turquía, con el fi n de revisar las relaciones bilaterales e intercambiar opiniones con respecto a temas regionales e internacionales de interés común; Que, el Memorándum de Entendimiento estableció que en las reuniones de consultas se evaluará el estado de la aplicación de los acuerdos bilaterales, los resultados de las visitas realizadas por altos funcionarios de los dos países, así como los avances que se hayan logrado en las relaciones políticas, económicas, consulares, culturales, tecnológicas y científi cas, y el modo de fortalecerlas; Teniendo en cuenta los Memoranda (EU2) N° EU20059/2011, de la Dirección de Europa 2, de 30 de marzo de 2011; y (OPR) N° OPR0747/2011, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 04 de abril de 2011, que otorga disponibilidad presupuestal al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE y su modifi catoria; en concordancia con el Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 29357; la Ley Nº 27619 y su modifi catoria, así como, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modifi catoria; y el artículo 10.1 inciso d) de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2011; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Gustavo Antonio Otero Zapata, Director de Europa 2, de la Dirección General de Europa, a la ciudad de Ankara, República de Turquía, del 14 al 15 de abril de 2011, para que participe en la Segunda Reunión del Mecanismo de Consultas Políticas entre los Ministerios de Relaciones Exteriores de Perú y de Turquía. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 01281: Promoción, Ejecución y Evaluación de las Acciones de Política Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Gustavo Antonio Otero Zapata 3,318.45 260.00 2+2 1,040.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará ante el Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la reunión que