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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de abril de 2011 440546 que servirá de instrumento de gestión para estandarizar la metodología en el desarrollo del monitoreo de la calidad de los Cuerpos Naturales de Agua Superfi cial y articulará la gestión de la Calidad de los Recursos Hídricos; Que, en consecuencia es necesario aprobar el Protocolo Nacional de Monitoreo de la Calidad de los Cuerpos Naturales de Agua Superfi cial, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes; y, Con los vistos de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, de la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos y de la Secretaria General, y en uso de las funciones y atribuciones conferidas a este Despacho en el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Protocolo Nacional de Monitoreo de la Calidad de los Cuerpos Naturales de Agua Superfi cial, que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Publicar el Protocolo Nacional de Monitoreo de la Calidad de los Cuerpos Naturales de Agua Superfi cial en el portal institucional, www.ana.gob.pe, para conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS JAVIER PAGADOR MOYA Jefe Autoridad Nacional del Agua 625570-1 AMBIENTE Aprueban “Lineamientos Generales sobre Transferencia de Gestión del Ministerio del Ambiente” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 075-2011-MINAM Lima, 7 de abril de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 105-2010-PCM se ha convocado a Elecciones Generales 2011 para elección de Presidente de la República, Vicepresidentes, Congresistas y representantes peruanos ante el Parlamento Andino; Que, como consecuencia de dichas elecciones, se realizará un cambio de gobierno y, por ende, de gestión en el Poder Ejecutivo; Que, en dicho contexto, y a fi n de contribuir con el desarrollo de un proceso ordenado y transparente de cambio de gestión y la entrega de la información oportuna y homogénea a la siguiente gestión gubernamental que asuma el Ministerio del Ambiente, en el marco de lo establecido en las Directivas Nos. 08 y 09-2006-CG/SGE- PC aprobadas por Resolución de Contraloría General Nº 372-2006-CG; resulta necesario aprobar los lineamientos que se aplicarán en el Sector Ambiente para elaborar el Informe de Transferencia de Gestión y la Memoria Sectorial; Con el visado de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 1013 – Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y el Decreto Supremo Nº 007- 2008-MINAM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los “Lineamientos Generales sobre Transferencia de Gestión del Ministerio del Ambiente”; que como anexo forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Precisar que el plazo de presentación del Informe de Transferencia de Gestión correspondiente al Ministerio del Ambiente a que hace referencia el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 069-2011-MINAM, se adecuará a lo establecido en los Lineamientos Generales que se aprueban con la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- Notifi car la presente Resolución Ministerial a todos los órganos del Ministerio del Ambiente, sus Organismos Públicos Adscritos, Programas y/o Proyectos. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente: www.minam.gob. pe. Artículo 5º.- Los Lineamientos Generales aprobados con la presente Resolución Ministerial serán publicados en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente: www. minam.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO JOSÉ BRACK EGG Ministro del Ambiente 625300-1 DEFENSA Aprueban Reglamento de la Ley Nº 29562, que otorga reconocimiento al mérito a ex combatientes de los conflictos con el Ecuador en los años 1978, 1981 y 1995 DECRETO SUPREMO Nº 002-2011-DE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29562 - Ley que otorga reconocimiento al mérito a ex combatientes de los confl ictos con el Ecuador en los años 1978, 1981 y 1995, el Estado concede reconocimiento al mérito al personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú en actividad o en retiro, ofi ciales, personal auxiliar y tropa licenciados y jubilados, así como al personal civil que participó en los confl ictos armados antes mencionados; Que, la Única Disposición Final de la precitada Ley, encargó su reglamentación al Poder Ejecutivo, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Defensa; Que, con el fi n de dar cumplimiento a lo indicado en el considerando precedente, se ha elaborado un proyecto de Reglamento de la Ley Nº 29562, el mismo que requiere ser aprobado; Que, el artículo 118º, inciso 8), de la Constitución Política del Perú, establece que es atribución del Presidente de la República ejercer la potestad de reglamentar las leyes, sin transgredirlas ni desnaturalizarlas; dentro de tales límites, dictar decretos y resoluciones; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º, inciso 2.e) de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, concordante con el artículo 11º, inciso 3), del mismo cuerpo normativo; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de la Ley Nº 29562, que otorga reconocimiento al mérito a ex combatientes de los confl ictos con el Ecuador en los años 1978, 1981 y 1995; el mismo que consta de cuatro (04) títulos, once (11) capítulos, veinte (20) artículos y cinco (05) disposiciones fi nales. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de abril del año dos mil once. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa