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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (11/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 11 de abril de 2011 440750 Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO MATOS ZÚÑIGA Secretario de Descentralización 626533-3 RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 245-2011-PCM/SD Lima, 6 de marzo de 2011 VISTOS: El Ofi cio Nº 100-2011-MDS; el Informe Técnico de Viabilidad S/N; la Ordenanza Municipal Nº 003-2011-MDS de la Municipalidad Distrital de Sibayo; la Ordenanza Municipal Nº 0014-A-2011-MDC de la Municipalidad Distrital de Callalli; la Ordenanza Municipal Nº 001-2011-MDC de la Municipalidad Distrital de Caylloma; la Ordenanza Municipal Nº 007-2011-MDC de la Municipalidad Distrital de Coporaque; la Ordenanza Municipal Nº 001-2011- MDSACH de la Municipalidad Distrital de San Antonio de Chuca; la Ordenanza Municipal Nº 005-2011-MDT de la Municipalidad Distrital de Tisco; la Ordenanza Municipal Nº 025-2011-MDT de la Municipalidad Distrital de Tuti; el Acta de Constitución y el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Collaguas del Colca”; y el Informe Nº 019-2011- PCM/SD-OGI-JLMM; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley Nº 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5º, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, el artículo 11º del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitución de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley Nº 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Ofi cio de Vistos, el Señor Alcalde y Presidente de la “Mancomunidad Municipal Collaguas del Colca” solicita la inscripción de ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Distritales de Callalli, Caylloma, Coropaque, San Antonio de Chuca, Sibayo, Tisco y Tuti en la Provincia de Caylloma, en el Departamento de Arequipa; Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos contiene información sobre: Diagnóstico, composición de la mancomunidad y gestores, aspecto legal, aspecto demográfi co y sociales, aspecto de ubicación, extensión y superfi cie, aspectos económicos y productivos, infraestructura vial mancomunal, potencial turístico de la mancomunidad, competencias y responsabilidades de las municipalidades distritales, utilidad de la “Mancomunidad Municipal Collaguas del Colca”, propuesta de estructura de la mancomunidad y aliados, recomendaciones y viabilidad de la mancomunidad municipal; Que, el Estatuto señala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Prestación conjunta del servicio de limpieza pública, b) Mejorar el abastecimiento y suministro de agua potable y alcantarillado, c) Construcción, mejoramiento y rehabilitación de la infraestructura vial, infraestructura de riego, y de los demás sectores y materias, d) Fomento de la inversión privada y promoción del empleo, e) Promover la participación vecinal en el desarrollo local.; Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de funciones: a) Proveer el servicio de limpieza pública determinando las áreas de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios, b) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos de inversión que favorezcan el desarrollo económico de los distritos intervinientes, c) Facilitar y cooperar en los espacios de concertación y participación ciudadana para la planifi cación, gestión, y de protección y apoyo a la población en riesgo, d) Mejoramiento de la calidad de los servicios públicos a los ciudadanos, e) Administrar y reglamentar directamente o por concesión el servicio de agua potable, alcantarillado y desagüe, limpieza pública y tratamiento de residuos sólidos, f) Formular programas y acciones de preservación para la conservación de los recursos naturales; Que, fi nalmente, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Collaguas del Colca”, contiene información sobre constitución y denominación, personería jurídica, ámbito territorial, domicilio, plazo de duración, fi nes, objetivos, objeto, funciones, organización, regímenes económicos y de personal, recursos, modifi caciones del estatuto, disolución, liquidación, transparencia, rendición de cuentas y disposiciones fi nales; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la constitución de la “Mancomunidad Municipal Collaguas del Colca”, la aprobación de su Estatuto y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Callalli, Caylloma, Coropaque, San Antonio de Chuca, Sibayo, Tisco y Tuti, aprueban la constitución de la “Mancomunidad Municipal Collaguas del Colca”; ratifi cando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 019-2011-PCM/SD-OGI- JLMM, en la elaboración de los documentos presentados para la inscripción del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6º del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la “Mancomunidad Municipal Collaguas del Colca”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley Nº 29341; el Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063- 2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la “Mancomunidad Municipal Collaguas del Colca”; integrada por las Municipalidades Distritales de Vilquechico, Rosaspata, Huatasani e Inchupalla en la Provincia de Puno y las Municipalidades Distritales de Callalli, Caylloma, Coropaque, San Antonio de Chuca, Sibayo, Tisco y Tuti en la Provincia de Caylloma, en el Departamento de Arequipa; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública.