Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2011 (14/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

441002

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de MORDAZA de 2011

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Modifican el Anexo 5 de la Res. Nº 1842009-OS/CD
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 068-2011-OS/CD MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 1842009-OS/CD se fijaron las Tarifas y Compensaciones de los Sistemas Secundarios de Transmision (en adelante "SST") y Sistemas Complementarios de Transmision (en adelante "SCT") para el periodo noviembre 2009 ­ MORDAZA 2013; Que, con Resolucion OSINERG Nº 335-2004-OS/ CD, se aprobo la MORDAZA "Procedimiento de Liquidacion Anual de los Ingresos por el Servicio de Transmision Electrica con modalidad de Contrato BOOT" (en adelante "PROCEDIMIENTO BOOT"). El Articulo 3º de dicho procedimiento establece que la liquidacion de los ingresos, se debe efectuar con una frecuencia anual; Que, el PROCEDIMIENTO BOOT ha sido establecido con base en el Articulo 25º del Texto Unico Ordenado de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesion al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos, modificado por el Articulo 2º de la Ley Nº 26885, a fin de que OSINERGMIN vele que se cumplan los terminos y condiciones propuestos en la oferta de los adjudicatarios de los respectivos concursos o licitaciones; Que, en cumplimiento del PROCEDIMIENTO BOOT se ha iniciado el MORDAZA de liquidacion de los ingresos por el servicio de transmision electrica de las empresas Red Electrica del Sur S.A. (en adelante "REDESUR") e Interconexion Electrica ISA Peru S.A. (en adelante "ISA PERU"), para el periodo marzo 2010 ­ febrero 2011; Que, como consecuencia de la aplicacion del MORDAZA de liquidacion indicado, resulta necesario modificar, para el periodo MORDAZA 2011 - MORDAZA 2012, las tarifas de los SST de las empresas REDESUR e ISA PERU; las cuales, como se ha indicado, fueron previamente fijadas mediante las Resoluciones OSINERGMIN Nº 184-2009-OS/CD y sus modificatorias; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 0402011-OS/CD, del 02 de marzo de 2011, el Consejo Directivo de OSINERGMIN dispuso la publicacion del proyecto de resolucion que modifica las tarifas de los SST de las empresas REDESUR e ISA PERU, para el periodo MORDAZA 2011 ­ MORDAZA 2012, asi como, la realizacion de una Audiencia Publica Descentralizada, la que se ha llevado a cabo el dia 11 de marzo del presente ano. Como consecuencia de dicha publicacion y audiencia publica se han recibido comentarios y sugerencias de REDESUR, cuyo analisis se incluye en los Informes Nº 0150-2011GART y Nº 153-2011-GART, que como Anexos 1 y 2, forman parte de la presente resolucion; Que, habiendose cumplido con los principios de transparencia y participacion contenidos en la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, en el Reglamento General del OSINERGMIN aprobado por D.S. Nº 0542001-PCM y en la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, debe procederse a la publicacion de la resolucion correspondiente que modifica las tarifas de los SST de las empresas REDESUR e ISA PERU, para el periodo MORDAZA 2011 ­ MORDAZA 2012; Que, con relacion a la determinacion de las liquidaciones y las modificaciones de las tarifas de los

SST de REDESUR e ISA PERU, se han expedido el Informe Tecnico Nº 0150-2011-GART y el Informe Legal Nº 153-2011-GART de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERGMIN, los mismos que complementan la motivacion que sustenta la decision del OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3º, numeral 4 de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General del OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, en lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; en lo dispuesto en la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en el Contrato de Concesion para el Diseno, Construccion y Explotacion de las Lineas Electricas Oroya-Carhuamayo-Paragsha- Derivacion Antamina y Aguaytia Pucallpa y la Prestacion del Servicio de Transmision de Electricidad; en el Contrato de Contrato para el Diseno, suministro de Bienes y Servicios, Construccion y Explotacion del Reforzamiento de los Sistemas de Transmision Electrica del Sur y la Prestacion del Servicio de Transmision de Electricidad. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modifiquese, del 01 de MORDAZA de 2011 al 30 de MORDAZA de 2012, los valores del Cargo de Peaje MORDAZA por Transmision Equivalente en Energia (CPSEE) de las Subestaciones Base Tacna (Los Heroes) y Pucallpa que aparecen en el Cuadro Nº 5.1 del Anexo 5 de la Resolucion OSINERGMIN Nº 184-2009-OS/CD y sus modificatorias, de acuerdo con el siguiente detalle: Cuadro 5.1.- CPSEE de los SST de ISA y REDESUR
Titular de Subestaciones Transmision Base Tension KV Sistemas Electricos a los que se aplica el cargo [1] Instalaciones Secundarias Cargo CPSEE Ctm. S/./kWh

Tacna (Los REDESUR Heroes)

66

SST Tacna (Los Tacna, Toma- Heroes) - Transf. siri, Yarada y 220/66/10 kV; Tarata 50 MVA [2] SST AguaytiaPucallpa, S.E. Aguaytia Pucallpa, 220/138/22,9 kV, MORDAZA MORDAZA S.E. Pucallpa 138/60/10 kV, Reactor 8 MVAR [2]

0,4792

ISA-PERU

Pucallpa

60

1,8016

[1] El cargo CPSEE se aplica unicamente a los sistemas electricos indicados y no a toda el Area de Demanda en la que se encuentran. [2] Los cargos correspondientes a estas instalaciones son el resultado de la liquidacion anual de los respectivos contratos BOOT.

Articulo 2º.- Modifiquese, del 01 de MORDAZA de 2011 al 30 de MORDAZA de 2012, el Cuadro Nº 5.2 del Anexo 5 de la Resolucion OSINERGMIN Nº 184-2009-OS/CD y sus modificatorias, que quedara redactado de la siguiente manera: Cuadro 5.2.- Compensacion por transformacion en SET MORDAZA de REDESUR
Item Titular Concepto Compensacion Mensual Responsables (Nuevos de Pago Soles/Mes) Asignacion

1

Transformacion REDESUR de la S.E. MORDAZA 220/138/10 kV

106 069

Segun metodo fuerza-distancia Generadores establecido en Relevantes la Resolucion OSINERGMIN Nº 383-2008-OS/CD

El monto de la compensacion mensual por la transformacion de la subestacion MORDAZA 220/138/10 kV, debera ser pagado segun el metodo fuerza-distancia por los Generadores Relevantes que para el efecto designe OSINERGMIN.

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