Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2011 (18/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, lunes 18 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- Es obligacion de los propietarios, autoridades locales y regionales someter cualquier intervencion a realizarse en el inmueble citado en el Articulo 1º de la presente Resolucion, a la aprobacion previa del organo competente del Ministerio de Cultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 629342-5

PRODUCE
Aprueban prorroga de plazo para ejecutar autorizacion de incremento de flota a favor de persona natural
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 200-2011-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 25 de marzo del 2011 Visto el escrito de registro Nº 00006872-2011 de fecha 21 de enero de 2011 y el adjunto 1 de fecha 10 de marzo de 2011, presentados por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHU; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 37.1 del articulo 37º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, establece que "La autorizacion de incremento de flota para la construccion o adquisicion de embarcaciones pesqueras sera concedida por un plazo de veinticuatro (24) meses. Los armadores pesqueros incursos en lo dispuesto en el parrafo precedente y que por razones de caracter economico o por motivos de fuerza mayor, debidamente acreditados, pueden por unica vez, solicitar la ampliacion del plazo para ejecutar la construccion o adquisicion de la embarcacion pesquera por veinticuatro (24) meses improrrogables. La referida ampliacion debe ser solicitada dentro del plazo original; y, declarada expresamente por le Ministerio de la Produccion..."; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 0562009-PRODUCE/DGEPP de fecha 23 de enero de 2009, se otorgo a MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHU, autorizacion de incremento de flota para la construccion de una embarcacion pesquera de MORDAZA de 35.32 m3 via sustitucion de la embarcacion pesquera MORDAZA I, de matricula PL-19894-CM, de 35.32 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina para consumo humano directo e indirecto, utilizando redes de cerco con tamano minimo de malla de 1/2" pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm), respectivamente, en el ambito peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que, mediante los escritos del visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHU, solicita ampliacion de plazo de la autorizacion de incremento de flota por el plazo otorgado por Resolucion Directoral Nº 056-2009PRODUCE/DGEPP; Que, mediante Oficio Nº 574-2011-PRODUCE/DGEPPDchi, se le solicito al administrado que sustente de forma fehaciente que tenga o este gestionando los recursos economicos suficientes para terminar la construccion de la nave, otorgandole para ello un plazo de diez (10) dias habiles, asimismo, mediante Oficio Nº 959-2011PRODUCE/DGEPP-Dchi, se le reitero a la direccion procesal lo solicitado en el Oficio Nº 574-2011-PRODUCE/ DGEPP-Dchi;

Que, mediante adjunto Nº 00006872-2011-1 de fecha 10 de marzo de 2011, dentro del plazo establecido por el Oficio Nº 574-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi, el administrado presento el contrato privado de mutuo, suscrito entre este y la senora MORDAZA MORDAZA Gioncada MORDAZA de fecha 27 de febrero de 2011, por el que cumple el requerimiento efectuado; Que, de la evaluacion efectuada a la documentacion presentada, se determina que el administrado formulo su peticion el 21 de enero del 2011, dentro del plazo de vigencia de la Resolucion Directoral Nº 056-2009PRODUCE/DGEPP, asimismo, ha cumplido con presentar los requisitos previstos para el procedimiento rubro de prorroga de autorizacion de incremento de flota, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, cumpliendo con la normatividad pesquera vigente, especificamente en lo referido a acreditar la existencia de razones de caracter economico o motivos de fuerza mayor que ameriten la ampliacion requerida, por lo que es procedente otorgar la prorroga de autorizacion de incremento de flota solicitada; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante el Informe Tecnico Nº 131-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi y el Informe Legal Nº 0320-2011-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE y el procedimiento administrativo Nº 13 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009PRODUCE y sus modificatorias, y la Ley Nº 27444 ­ Ley General del Procedimiento Administrativo; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHU, por unica vez y a partir de la fecha en que vencio el plazo originalmente otorgado, la prorroga por plazo de veinticuatro (24) meses improrrogables, a fin de que cumpla con ejecutar la autorizacion de incremento de flota otorgada mediante Resolucion Directoral Nº 056-2009-PRODUCE/DGEPP de fecha 23 de enero de 2009, en los mismos terminos y condiciones inicialmente otorgados. Articulo 2º.- Ejecutada la construccion de la nueva embarcacion dentro de la prorroga del plazo senalado en el articulo precedente, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHU, debera solicitar dentro del plazo MORDAZA de un (01) ano, el permiso de pesca de la nueva embarcacion pesquera, bajo sancion de caducidad de pleno derecho de la citada autorizacion. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www. produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. YSAAC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 629456-2

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