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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de abril de 2011 441722 Región Ucayali, Perú con la Ciudad de Cruceiro de Sul del Estado de Acre-Brasil, con las Autoridades Brasileras y Funcionarios del Banco Nacional de Desenvolvimiento Económico y Social (BANDES); Cuarto.- ENCARGUESE a la Ofi cina Regional de Administración la publicación del presente acuerdo regional en el Diario Ofi cial El Peruano, en un diario de circulación regional y en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe)”. POR TANTO: Mando se registre y cumpla. NILO D. MAGUIÑA VÁSQUEZ Consejero Delegado Consejo Regional 633066-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Modifican Ordenanza N° 231 que modificó el artículo 8° Reglamento General de Espectáculos Taurinos ORDENANZA Nº 242 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC; POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL RÍMAC Visto en sesión ordinaria de Concejo de fecha quince de abril del dos mil once, la moción de orden presentada por los Regidores Víctor Manuel Vega Neciosup y Antidoro Víctor Bernardo Gonzáles a fi n de modifi car el artículo 1º de la Ordenanza Nº 231 que modifi có el artículo 8º del Acuerdo de Concejo Nº 90-99-MDR, que aprueba el Reglamento General de Espectáculos Taurinos, con el voto unánime de los señores Regidores y con dispensa del dictamen de comisión y aprobación del acta; el Concejo aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA A LA ORDENANZA Nº 231 QUE MODIFICÓ EL ARTÍCULO 8º DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESPECTÁCULOS TAURINOS Artículo 1°.- MODIFÍQUESE el artículo 1º de la Ordenanza Nº 231 que modifi có el artículo 8º del Acuerdo de Concejo Nº 090-99-MDR, Reglamento General Taurino, quedando redactado con el siguiente texto: “Artículo 1º La persona natural o jurídica, de manera individual, en consorcio, o en cualquier forma societaria prevista en el Código Civil y/o en la Ley General de Sociedades, que soliciten autorización para realizar un espectáculo público no deportivo y/o taurino no deberá tener deuda tributaria o administrativa con la Municipalidad Distrital del Rímac. El requisito incluye a sus integrantes y/o representantes legales, así mismo se deberá presentar una carta fi anza de carácter solidario, irrevocable y de ejecución inmediata, emitida por una institución fi nanciera supervisada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, por el monto total estimado de los tributos que determine la Gerencia de Rentas-Subgerencia de Administración Tributaria y Recaudación de la Municipalidad Distrital del Rímac”, cumpliendo con este efecto con los requisitos que establece el TUPA, durante el tiempo que dure cada temporada”. Artículo 2°.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerente de Rentas y la Secretaria General, el cumplimiento de lo establecido en la presente disposición municipal. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los quince días del mes de abril del dos mil once. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 633284-1 Reglamentan el Proceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2012 ORDENANZA Nº 243 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITAL DEL RÍMAC Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 26 de Abril de 2011, el Dictamen Nº 002-2011-CPPRC/MDR de la Comisión de Presupuesto Planifi cación Racionalización y Cooperación Internacional, con el voto unánime de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de aprobación del acta; el Concejo aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DISPONE Y REGLAMENTA EL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO FISCAL 2012 TITULO I OBJETIVOS Y FINES Artículo 1º.- La presente Ordenanza regula el proceso de formulación de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2012 del Distrito del Rímac, así como también reglamenta la participación de la sociedad Civil. Artículo 2º.- La fi nalidad de la presente Ordenanza es generar las condiciones para promover un proceso técnico, participativo y concertado con los diferentes actores sociales del distrito, para planifi car, identifi car y priorizar los proyectos de inversión pública a incorporarse, por la vía participativa, al proceso institucional del año fi scal 2012. Artículo 3º.- Para efectos de la presente norma se entenderá que el proceso de formulación del presupuesto participativo para el año fi scal 2012, estará orientado metodológicamente por las normas vigentes de la materia. Artículo 4º.- Para la aplicación de esta norma, la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, es responsable de la conducción y coordinación técnica del proceso, dentro del plazo establecido por las normas vigentes. TITULO II CONSIDERACIONES GENERALES Artículo 5º.- Él presente reglamento regula el proceso de formulación del presupuesto participativo 2012 (PP2012) del distrito del Rímac, el mismo que es promovido en forma concertada por esta municipalidad distrital, con el propósito de acordar el adecuado uso de los recursos y medios mediante la formulación concertada y priorizada de proyectos de inversión pública. Artículo 6º.- La presente Ordenanza tiene el siguiente Marco Legal: • Constitución Política del Perú. • Ley 27783, Ley de Bases de a Descentralización. • Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. • Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. • Ley Nº 28056, Ley Marco del presupuesto Participativo y su modifi cación, Ley Nº 29298 • Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, mediante el cual se precisa los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital en el Presupuesto Participativo. • Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, reglamente de la Ley Marco del Presupuesto Participativo. • Instructivo Nº 001-2010-ef-76.01, Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, instructivo para el Presupuesto