Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2011 (28/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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articulo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; segun Resolucion Nº 532-2011-TC-S2 del 28.03.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 78. PARAISO ARQUITECTURA & CONSTRUCCION S.R.L., Inhabilitacion por diez (10) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentacion falsa o inexacta en su tramite de renovacion de inscripcion ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipificada en el numeral 10) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 534-2011-TC-S4 del 28.03.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 79. DOBLE L CONSTRUCCIONES S.R.L., Inhabilitacion por catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato, causal tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 536-2011-TC-S2 del 29.03.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 80. JE OPERADORES S.A.C., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber participado en procesos de seleccion sin contar con inscripcion vigente en el RNP, causal tipificada en el literal e) del numeral 1) del articulo 237° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado D.S. Nº 184-2008-EF, segun Resolucion Nº 538-2011-TC-S4 del 29.03.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 81. COMPU SISTEMAS DEL PERU S.A.C., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentacion falsa y/o inexacta, causal tipificada en el literal i) del numeral 1) del articulo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008EF, segun Resolucion Nº 540-2011-TC-S4 del 30.03.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 82. CONTRATISTAS GENERALES GEALPEMA S.A.C., Inhabilitacion por nueve (09) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentacion falsa o inexacta en su tramite de renovacion de inscripcion ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipificada en el numeral 10) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 542-2011-TC-S4 del 30.03.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 83. MORDAZA ASTETE; MORDAZA, Inhabilitacion por nueve (09) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentacion falsa o inexacta, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 546-2011-TC-S1 del 30.03.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 84. ABALFRESH S.A.C., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 del D.L. 1017 y literal b) del numeral 1) del articulo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, segun Resolucion Nº 548-2011-TC-S1 del 30.03.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 85. MAGIC MUEBLES S.A.C., Inhabilitacion por siete (07) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentacion falsa o informacion inexacta ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipificada en el numeral 10) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de

Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 549-2011-TC-S1 del 30.03.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 86. COMPU-SISTEMAS DEL PERU S.A.C., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentacion falsa y/o inexacta, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley y literal i) del numeral 1) del articulo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; segun Resolucion Nº 560-2011-TC-S4 del 30.03.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que la Direccion del SEACE incorpore la relacion de inhabilitados para contratar con el Estado del mes de marzo del 2011 a la pagina web de la Entidad, www.osce.gob.pe, donde se encuentran consignados los inhabilitados de meses anteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo

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ORGANOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Encargan funciones del cargo de Contralor General de la Republica al Vicecontralor General
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 118-2011-CG
MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2011 VISTOS; la carta de invitacion OLACEFS-SE/C-0822011 del 01 de marzo de 2011, remitida por la Secretaria Ejecutiva de la Organizacion Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores ­ OLACEFS y Contralora General de la Republica de Panama, asi como la Hoja Informativa Nº 00018-2011-CG/CT de la Gerencia de Cooperacion Tecnica; CONSIDERANDO: Que, la OLACEFS es un organismo internacional especializado y de caracter tecnico cuyo objetivo es fomentar el desarrollo y perfeccionamiento de las Entidades Fiscalizadoras Superiores - EFS de los paises de la region en materia de control gubernamental, mediante la realizacion de actividades tales como la investigacion cientifica especializada, el desarrollo de programas de capacitacion, especializacion, asesoria y asistencia tecnica, asi como la formacion y coordinacion al servicio de las EFS de MORDAZA Latina y del Caribe; Que, conforme se da cuenta en los documentos de Vistos, la Contralora General de la Republica de Panama, en su calidad de Secretaria Ejecutiva de la OLACEFS, invita al Contralor General de la Republica del Peru en su calidad de Presidente del Comite de Capacitacion Regional - CCR, a la Quincuagesima Reunion de su Consejo Directivo, que se llevara a cabo el 29 de MORDAZA de 2011 en la MORDAZA de Mexico D.F, en la cual se tiene previsto que informe sobre el grado de avance en la ejecucion de los proyectos regionales de cooperacion con el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID; Que, el CCR tiene por mision promover la formacion y el mejoramiento de los recursos humanos de las EFS, en el MORDAZA de los objetivos de capacitacion establecidos por la OLACEFS, para contribuir al incremento de la eficacia en la gestion y la modernizacion de la administracion publica; Que, dados los compromisos asumidos por la Presidencia del CCR del OLACEFS, concernientes a la

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