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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de abril de 2011 441720 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesión del 14 de abril del 2011. CONSIDERANDO: Que, mediante Memorandos Nº 147-2011-GRC/ GRDS de fecha 16 de febrero de 2011 y Nº 203-2011- GRC-GRDS de fecha 8 de marzo de 2011, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, en mérito a los Informes Nos. 12 y 16-2011-GRC/GRDS-JCHF, de fechas 14 de febrero de 2011 y 8 de marzo del 2011, respectivamente, emitidos por el Especialista en Planifi cación y Desarrollo Social de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, sustentan la modifi cación del criterio del Artículo 2º de la Ordenanza Nº 006-2007 en lo referente a la Participación de los Comités Regionales en la participación de los Presupuestos Participativos, por lo que solicita opinión legal. Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, establece como uno de los Principios Rectores: “3 Igualdad.-Las Organizaciones de la sociedad tienen las mismas oportunidades para intervenir y participar sin discriminaciones de carácter político, ideológico, religioso, racial o de otra naturaleza, en los procesos de planifi cación y presupuesto participativo”; Que, el Reglamento de la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo establece en su Artículo 2º.- Defi niciones: “… b) Agentes Participantes: Entiéndase por Agentes Participantes a quienes participan, con voz y voto, en la discusión y toma de decisiones sobre la priorización de problemas y de proyectos de inversión durante las fases del Presupuesto Participativo. Están integrados por los miembros del Consejo de Coordinación Regional, Consejo de Coordinación Local, los miembros de los Consejos Regionales, Concejos Municipales y los representantes de la Sociedad Civil identifi cados para este propósito. Asimismo, por el Equipo Técnico soporte del proceso, quien tiene a su cargo la conducción del mismo. c) Sociedad Civil: Comprende a las organizaciones sociales de base territorial o temática así como a Organismos e Instituciones Privadas dentro del ámbito regional o local. …” Que, mediante Ordenanza Regional Nº 006-2007, de fecha 16 de mayo del 2007, se regulan los Comités Regionales estableciéndose que “Los Comités Regionales son organizaciones sociales con autonomía conformadas por personas naturales que se constituyen con el propósito de participar en el ámbito circundante a su jurisdicción, a fi n de contribuir en la supervigilancia de la prestación de los servicios públicos locales en la Provincia Constitucional del Callao”. Que, mediante Resolución Gerencial General Nº 034- 2011-Gobierno Regional del Callao de fecha 25 de enero del 2011, se aprobó el expediente técnico de la Actividad denominada “Desarrollo y Fortalecimiento de la Participación Ciudadana en la Provincia Constitucional del Callao”, cuyo objetivo es propiciar la mayor y mejor participación de la Sociedad Civil en los espacios de concertación de las Organizaciones Sociales capacitadas y registradas en el Padrón Regional. Que, para efectos de lograr la participación de la Sociedad Civil, la Actividad referida en el considerando anterior establece que “para efectos de lograr la participación de la Sociedad Civil, la Actividad plantea 06 fases ejecutivas para su desarrollo, dentro de las cuales está Modifi car la normatividad Regional y conformación de los instrumentos formales para el desarrollo y fortalecimiento de la participación ciudadana organizada y facilitar el Registro en el Padrón Regional de Comité”, sustentando la modifi cación de la Ordenanza Regional Nº 006-2007 ampliando el criterio del Artículo 2, respecto “a la participación de los Comités Regionales a través de propuestas, que tengan como fi nalidad la mejora de la comunidad, previa formalización y cumplimiento de los requisitos de la Ley Nº 27902, y puedan participar en los Consejos de Coordinación Regional y en la participación del Presupuesto Participativo”. Que, la modifi cación de la Ordenanza debe realizarse para dar fuerza legal a la conformación del Padrón Regional de Comités Regionales y establecer la intervención del Gobierno Regional, mediante Actividades y Proyectos de Inversión, en la Región Callao, a través de organizaciones sociales que asumen compromisos sociales para el mantenimiento de las acciones ejecutadas. Que, según Memorando Nº 916-2011-GRC/GRPPAT, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial opina que debe incorporarse al criterio referido en el Artículo 2º de la Ordenanza Regional Nº 006-2007, el de permitir “la participación de los Comités Regionales en los Procesos de Presupuestos Participativos de la Región Callao”, por lo que sugiere incorporar este criterio como un segundo párrafo del referido Artículo; Que, conforme lo establecido en el Informe Nº 308-2011- GRC/GAJ emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 10 de marzo del 2011, la propuesta analizada se encuentra acorde a lo normado por el Instructivo Nº 001- 2010-EF/76.01 Instructivos para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, y a lo normado por la Ley Marco del Presupuesto Participativo Ley Nº 28056 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 142-2009-EF; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao en su Artículo 18º señala entre las funciones del Presidente Regional la de presentar al Consejo Regional para su respectiva aprobación entre otros el Presupuesto Participativo Anual; y en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional es competencia de la Comisión de Administración Regional pronunciarse respecto de las funciones específi cas regionales relacionadas a la formulación, aprobación, ampliación, modifi cación, ejecución y control del Presupuesto del Gobierno Regional del Callao. Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica considera viable la modifi cación del Artículo 2º de la Ordenanza Regional Nº 006-2007 del 16 de mayo de 2007; Que, conforme al Dictamen Nº 0010-2011-GRC/CA emitido por la Comisión de Administración del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, se recomienda al Consejo Regional modifi que vía Ordenanza Regional, el Art. 2º de la Ordenanza Regional Nº 006-2007, en lo que respecta a la participación de los Comités Regionales a través de propuestas, que tengan como fi nalidad la mejora de la comunidad, a efectos de que puedan participar en los Consejos de Coordinación Regional y participen en el Presupuesto Participativo del Gobierno Regional del Callao; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido a la Ley No. 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao ha aprobado por Unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2007 A FIN QUE LOS COMITES REGIONALES PUEDAN PARTICIPAR COMO AGENTES PARTICIPANTES EN LOS CONSEJOS DE COORDINACIÓN REGIONAL Y EN LOS PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS. Artículo 1.- Adicionar al Artículo 2º de la Ordenanza Regional No. 006-2007, lo siguiente: Los Comités Regionales debidamente constituidos y reconocidos por el Gobierno Regional del Callao, de acuerdo al procedimiento determinado en la presente Ordenanza Regional, podrán participar, previo cumplimiento de los requisitos establecidos, en los Consejos de Coordinación Regional y en el Proceso de Presupuesto Participativo, como Agentes Participantes. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Primera.- Encargar a la Gerencia Regional de Educación, Cultura y Deporte, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FELIX MORENO CABALLERO Presidente 633190-1