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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de abril de 2011 441807 que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participarán en las Reuniones del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífi co (APEC), a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial, en las fechas que a continuación se indica: Fechas del viaje: Señores Del 5 al 23 de mayo de 2011 Julio José Chan Sánchez Del 11 al 21 de mayo de 2011 Sandra Carolina Herrera Cárdenas Del 13 al 22 de mayo de 2011 Marcio Augusto De la Cruz Gómez Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Sr. Julio José Chan Sánchez (Del 5 al 23 de mayo de 2011): Pasajes aéreos : US$ 2 998,44 Pasajes terrestres : US$ 150,00 Viáticos (US$ 220,00 x 16 días) : US$ 3 520,00 Srta. Sandra Carolina Herrera Cárdenas (del 11 al 21 de mayo de 2011): Pasajes aéreos : US$ 2 952,06 Pasajes terrestres : US$ 150,00 Viáticos (US$ 220,00 x 10 días) : US$ 2 200,00 Sr. Marcio Augusto De la Cruz Gómez (del 13 al 22 de mayo de 2011): Pasajes aéreos : US$ 2 706,02 Pasajes terrestres : US$ 150,00 Viáticos (US$ 220,00 x 9 días) : US$ 1 980,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1º de la presente Resolución, presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirán; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 632370-1 CULTURA Aprueban Directiva “Procedimiento para la atención de solicitudes sobre acceso a la información pública en el Ministerio de Cultura” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 140-2011-MC Lima, 20 de abril de 2011 CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, el referido dispositivo establece que toda información que posea el Estado se presume pública, salvo las excepciones expresamente previstas en la Ley, debiendo las entidades de la Administración Pública entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 1623/ INC del 05 de octubre de 2006, se aprobó la Directiva Nº 003-2006-INC/DN, denominada “Directiva que establece los procedimientos para la atención de solicitudes sobre acceso a la información pública en el Instituto Nacional de Cultura”; Que, mediante Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería de derecho público, el cual constituye pliego presupuestal del Estado. Asimismo, a través del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 002- 2010-MC, se aprobó la fusión por absorción del Instituto Nacional de Cultura en el Ministerio de Cultura, disponiendo que toda referencia a dicha entidad se entenderá efectuada al Ministerio de Cultura; Que, se ha visto por conveniente aprobar una directiva que establezca el procedimiento para la atención de solicitudes de acceso a la información pública en el Ministerio de Cultura, así como las responsabilidades de los funcionarios o servidores que posean la información o estén encargados de su entrega; Estando a lo visado por el Secretario General, la Directora de la Ofi cina de Administración Documentaria, la Directora de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto y la Directora de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y la Ley 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nacional Nº 1623/INC, de fecha 05 de octubre de 2006. Artículo 2º.- Aprobar la Directiva Nº 005-2011/MC, denominada “Procedimiento para la atención de solicitudes sobre acceso a la información pública en el Ministerio de Cultura”, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- Disponer que a través de la Dirección General de Promoción y Difusión Cultural se publique la presente Resolución y el anexo, en el Portal de Transparencia del Ministerio de Cultura (www.mcultura. gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN OSSIO ACUÑA Ministro de Cultura 634134-1 Declaran patrimonio cultural de la Nación a monumentos arqueológicos prehispánicos ubicados en los departamentos de Huánuco, Amazonas y Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 468-2011-VMPCIC-MC Lima, 25 de abril de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N° 540-2009-LIF/SDSP/DA/ DREPH/INC de fecha 05 de febrero de 2009, la Sub Dirección de Supervisión y Peritaje de la Dirección de Arqueología comunica que se han registrado doscientos dos (202) monumentos arqueológicos prehispánicos en el marco del “Proyecto de Reconocimiento Arqueológico: Estudios de Prefactibilidad del Programa de Ampliación de la Frontera Eléctrica III, Grupo II, Sectores 1, 2 y 3. Departamentos de Ancash y Huánuco”, a cargo de la Lic. Alicia Romero Segura, con R.N.A. Nº BR-0512; Que, mediante Acuerdo N° 091 de fecha 06 de febrero de 2009, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó, entre otros, recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar patrimonio cultural de la Nación a los ciento noventa y nueve (199) monumentos arqueológicos prehispánicos siguientes Huancarumi, Lomas, Ushnu – Urambiza, Atahuayun, Cueva León Puñunan, Rumalhuaranga, Huacar 1, Huacar 2, Rauquin, Coema, Huancayacu, Torreón y Achasgoto, ubicados en la provincia de Ambo, departamento de Huánuco; Pumpuy, Pucumarca, Tacta, Retamapunta, Capillayog, Pashgo, Ollucopata, Salvia, Pintushgragra, Kimsapunku, Capilla, Huachipa 1, Huachipa 2, Lajeria, Chinchao 1, Chinchao