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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (03/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 3 de agosto de 2011 447900 resto del país, para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones y la migración de las asignaciones realizadas en la banda 944-960 MHz en la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao y en la banda 947-960 MHz en el resto del país, a la banda 305-322 MHz; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 283-2011- MTC/03, se dispuso la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, del proyecto de Resolución Viceministerial que aprueba la canalización de las Bandas 899-915 MHz y 944-960 MHz en Lima y Callao, 902-915 MHz y 947-960 MHz en el resto del país, y modifi ca la canalización de la Banda 305-322 MHz, habiéndose recibido comentarios de los interesados; Que, por Decreto Supremo Nº 041-2011-PCM, se creó la Comisión Multisectorial Permanente encargada de emitir informes técnicos especializados y recomendaciones para la planifi cación y gestión del espectro radioeléctrico y las adecuaciones del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias – PNAF (en adelante, Comisión Multisectorial PNAF), adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Comisión Multisectorial PNAF, mediante Informe Nº 001-2011-COMISION MULTISECTORIAL PNAF, como resultado del análisis de los comentarios efectuados al proyecto publicado por la precitada Resolución Ministerial Nº 283-2011-MTC/03, recomienda adoptar la canalización de las Bandas 899-915 MHz y 944-960 MHz en Lima y Callao, y 902-915 MHz y 947-960 MHz en el resto del país, así como de la Banda 305-322 MHz, tal cual fueron planteadas en el citado proyecto; Que, la aprobación de la recomendación planteada por la Comisión Multisectorial Permanente, se enmarca en las atribuciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, señaladas por el artículo 199 del TUO del Reglamento; concordado con el artículo 6 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; en tanto corresponde a este Ministerio, la administración, atribución, asignación y el control del espectro radioeléctrico; Que, la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, mediante Informe Nº 189-2011-MTC/26, ha opinado favorablemente en torno a adoptar la canalización de las Bandas 899-915 MHz y 944- 960 MHz en Lima y Callao, y 902-915 MHz y 947-960 MHz en el resto del país, así como de la Banda 305-322 MHz, en los términos recomendados por la Comisión Multisectorial Permanente; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29370, la Ley Nº 28278, el Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC y el Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la canalización de las bandas 899-915 MHz y 944-960 MHz en la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao y las bandas 902-915 MHz y 947-960 MHz en el resto del país, en los términos siguientes: Bandas 899-915 MHz y 944-960 MHz Para la Provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao Canal Rango de Frecuencias (MHz) Ancho de banda de ida (16 MHz) Ancho de banda de retorno (16 MHz) 1 899-915 944-960 Bandas 902-915 MHz y 947-960 MHz A nivel nacional, excepto para la Provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao Canal Rango de Frecuencias (MHz) Ancho de banda de ida (13 MHz) Ancho de banda de retorno (13 MHz) 1 902-915 947-960 Artículo 2.- Modifi car la canalización de la banda 305- 322 MHz aprobada por Resolución Viceministerial Nº 370- 2009-MTC/03, en los siguientes términos: Banda 305,000-310,000 MHz (SERVICIO: ENLACE AUXILIAR A LA RADIODIFUSIÓN SONORA EN ONDA MEDIA Y ONDA CORTA)* Canal Frecuencia Canal Frecuencia Canal Frecuencia Canal Frecuencia (MHz) (MHz) (MHz) (MHz) Nº BW: 100 kHz Nº BW: 100 kHz Nº BW: 100 kHz Nº BW: 100 kHz 1 305,100 14 306,400 27 307,700 40 309,000 2 305,200 15 306,500 28 307,800 41 309,100 3 305,300 16 306,600 29 307,900 42 309,200 4 305,400 17 306,700 30 308,000 43 309,300 5 305,500 18 306,800 31 308,100 44 309,400 6 305,600 19 306,900 32 308,200 45 309,500 7 305,700 20 307,000 33 308,300 46 309,600 8 305,800 21 307,100 34 308,400 47 309,700 9 305,900 22 307,200 35 308,500 48 309,800 10 306,000 23 307,300 36 308,600 49 309,900 11 306,100 24 307,400 37 308,700 50 310,000 12 306,200 25 307,500 38 308,800 13 306,300 26 307,600 39 308,900 *Nota: Esta canalización sólo podrá ser utilizada para asignaciones de enlaces Estudio-Planta en Onda Media y Onda Corta, con separaciones de 200 kHz en el mismo lugar y de 100 kHz cuando la asignación corresponda a una orientación completamente distinta de la misma localidad. Banda 310,000-322,000 MHz (SERVICIO: ENLACE AUXILIAR A LA RADIODIFUSIÓN SONORA EN FM)* Canal Nº Frecuencia (MHz) BW: 250 kHz Canal Nº Frecuencia (MHz) BW: 250 kHz Canal Nº Frecuencia (MHz) BW: 250 kHz Canal Nº Frecuencia (MHz) BW: 250 kHz 1 310,250 13 313,250 25 316,250 37 319,250 2 310,500 14 313,500 26 316,500 38 319,500 3 310,750 15 313,750 27 316,750 39 319,750 4 311,000 16 314,000 28 317,000 40 320,000 5 311,250 17 314,250 29 317,250 41 320,250 6 311,500 18 314,500 30 317,500 42 320,500 7 311,750 19 314,750 31 317,750 43 320,750 8 312,000 20 315,000 32 318,000 44 321,000 9 312,250 21 315,250 33 318,250 45 321,250 10 312,500 22 315,500 34 318,500 46 321,500 11 312,750 23 315,750 35 318,750 47 321,750 12 313,000 24 316,000 36 319,000 48 322,000 *Nota: Esta canalización sólo podrá ser utilizada para asignaciones de enlaces Estudio-Planta en FM, con separaciones de 500 kHz en el mismo lugar y de 250 kHz cuando la asignación corresponda a una orientación completamente distinta de la misma localidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS CUBA HIDALGO Viceministro de Comunicaciones 671161-1 Otorgan renovación de permiso de operación de aviación comercial a Aero Paracas S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 111-2011-MTC/12 Lima, 6 de abril del 2011 Vista la solicitud de AERO PARACAS S.A., sobre Renovación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial – Turístico; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 116-2007- MTC/12 del 25 de mayo del 2007 se otorgó a la compañía