Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2011 (11/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de agosto de 2011

Articulo Quinto.- DISPONER que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MAVICCH S.A.C., al concluir con las obras del proyecto de habilitacion MORDAZA debera solicitar la recepcion de obras, de acuerdo a lo indicado en el Numeral c. Articulo 13º de la Ley Nº 29090. Articulo Sexto.- ESTABLECER que la presente licencia de Habilitacion MORDAZA tiene una vigencia de treinta y seis (36) meses, conforme lo estipula el Articulo 11º de la Ley Nº 29090. Articulo Setimo.- DEJESE, como carga inscrita en el Registro de Predios, el pago pendiente por el deficit de Aportes Reglamentarios correspondientes a Parques Zonales (SERPAR) de 50.75 m2, Renovacion MORDAZA (FOMUR) de 25.37 m2 y Servicios Publicos Complementarios ­ Ministerio de Educacion de 50.75 m2, dicha carga sera levantada cuando se cumpla con los pagos de los deficit de aportes. Articulo Octavo.- REMITIR el FUHU, MORDAZA de la Resolucion Sub Gerencial, un juego del Plano de Lotizacion, Plano de Ubicacion y Localizacion, Plano Perimetrico y la Memoria Descriptiva, a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, Servicio de Parques de MORDAZA SERPAR MORDAZA, Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA S.A. ­ EMILIMA S.A. y Ministerio de Educacion, para su conocimiento, segun lo establecido en el Articulo 18º del Decreto Supremo Nº 024 - Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion y su modificatoria D.S. Nº 003-2010-Vivienda. Articulo Noveno.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro incorporar la presente Habilitacion MORDAZA en el Plan MORDAZA del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, siendo esta su competencia segun lo establece el ROF vigente. Articulo Decimo.- DISPONER, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano a cargo de los interesados en un plazo no mayor de (30) dias calendario contados a partir de la notificacion de la presente. Articulo Decimo Primero.DISPONER el cumplimiento y notificacion pertinente y de acuerdo a Ley, al administrado, del contenido de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subgerente de Habilitaciones Urbanas 675370-1

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Aprueban implementacion del Programa de Segregacion en la Fuente que facilite la recoleccion selectiva de residuos solidos del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2011-MDS Surquillo, 27 de MORDAZA de 2011. EL MORDAZA MORDAZA ENCARGADO DEL DESPACHO DE ALCALDIA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO Por Cuanto: Visto, la Ordenanza Nº 260-MDS de fecha 27.JUL.2011 que aprueba el Plan Distrital de Residuos Solidos de la Municipalidad Distrital de Surquillo, y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de

Reforma Constitucional Nº 28607, las municipalidades provinciales y distritales son los organos del gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de acuerdo a la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Los Gobiernos Locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades y gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, tiene por finalidad representar al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral sostenible armonico de su circunscripcion, promueven el desarrollo economico local, con incidencia en la micro y pequena empresa, a traves de planes de desarrollo economico local aprobados en MORDAZA con las politicas y planes nacionales de desarrollo, asi como el desarrollo social, el desarrollo de capacidades y la equidad en sus respectivas circunscripciones; promueven el desarrollo integral para viabilizar el crecimiento economico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental. Que, la Ley General de Residuos Solidos Nº 27314 y sus modificaciones, establecen que las municipalidades distritales son responsables por la prestacion de los servicios de recoleccion y transporte de los residuos solidos y de la limpieza de vias, espacios y monumentos publicos en su jurisdiccion. Los residuos solidos en su totalidad deberan ser conducidos directamente a la planta de tratamiento, transferencia o al lugar de disposicion final autorizado por la Municipalidad Provincial, estando obligados los municipios distritales al pago de los derechos correspondientes. Las municipalidades distritales son competentes para suscribir contratos de prestacion de servicios de residuos solidos con las empresas indicadas en el inciso 9) del articulo 9º de la citada ley. Que, el articulo 27º de la misma ley senala que la prestacion de servicios de residuos solidos por pequenas empresas o microempresas estara restringida a los residuos del ambito de la gestion municipal, conforme a las disposiciones reglamentarias que al efecto se dicten para promover su participacion; Que, de acuerdo al articulo 43º de la citada Ley, las autoridades sectoriales y municipales estableceran condiciones favorables que directa o indirectamente generen un beneficio economico, en favor de aquellas personas o entidades que desarrollen acciones de minimizacion, segregacion de materiales en la fuente para su reaprovechamiento, o de inversion en tecnologia y utilizacion de practicas, metodos o procesos que coadyuven a mejorar el manejo de los residuos solidos en los sectores economicos y actividades vinculadas con su generacion. Que, la implementacion del Programa de Segregacion en la Fuente de Residuos Solidos Selectivos (plasticos y vidrios) de la Municipalidad Distrital de Surquillo, tiene como objetivos estrategicos:1)Implementar el Programa de Segregacion en la Fuente en el distrito de Surquillo, como parte importante, de la recoleccion selectiva de residuos solidos domiciliarios.2) Reducir el volumen de los residuos solidos incrementando la MORDAZA util del relleno sanitario.3) Colaborar con la disminucion del consumo de energia y recursos naturales.4)Contribuir con la generacion de nuevos empleos relacionados al reciclaje.5)Lograr el compromiso activo de los ciudadanos del distrito de Surquillo, a traves de la segregacion en la fuente.6)Lograr el compromiso institucional de la Municipalidad del distrito de Surquillo, desde las principales autoridades MORDAZA, Regidores, Gerente Municipal, Gerentes de Linea, principalmente la Gerencia de Proteccion del Medio Ambiente, y demas funcionarios. 7) Cumplir con los requerimientos tecnicos exigidos por el Ministerio del Ambiente, para el cumplimiento del programa de implementacion de segregacion en la fuente del Distrito; Que, en el Distrito de Surquillo se genera una gran cantidad de residuos solidos domiciliarios, siendo el plastico el de mayor porcentaje con 11.64%, seguido del vidrio con 11.269%, los cuales tiene una rentabilidad social y economica en su MORDAZA de reciclaje y reaprovechamiento. Este reaprovechamiento lo realizan

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