Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2011 (11/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de agosto de 2011

previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o) y q) del articulo 44° de la Ley N° 26497; Que, la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 26497 establece que la Jefatura Nacional queda autorizada a establecer los mecanismos necesarios para la transferencia e integracion de las Oficinas de Registros del Estado Civil, pudiendo, como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme a la Octava Disposicion Final del Reglamento de las inscripciones del RENIEC; Que, con Resolucion Jefatural Nº 608-2008/ JNAC/RENIEC (28AGO2008) se revoco a partir del 08 de Setiembre del 2008, las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e) y o) del articulo 44° de la Ley Nº 26497, que fueron conferidas a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Lurin, Provincia y Departamento de Lima; Que, con Resolucion Jefatural Nº 375-2009/JNAC/ RENIEC (25JUN2009) se revoco a partir del 30 de Junio del 2009, las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e) y o) del articulo 44° de la Ley Nº 26497, que fueron conferidas a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, Provincia y Departamento de Lima; Que, mediante documento de vistos, la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, en su calidad de organo encargado del MORDAZA de incorporacion de las Oficinas de Registros del Estado Civil, conforme lo establece el articulo 95° del Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, propone la revocatoria total de facultades registrales y la incorporacion de las Oficinas de Registros del Estado Civil que funcionan en las Municipalidades Distritales de Lurin y MORDAZA, Provincia y Departamento de Lima; propuesta que cuenta con la opinion favorable de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles y de la Gerencia de Operaciones Registrales; Que, atendiendo a lo expuesto, corresponde aprobar la revocatoria total de funciones registrales y la incorporacion de las Oficinas de Registros del Estado Civil que funcionan en las Municipalidades Distritales de Lurin y MORDAZA, Provincia y Departamento de Lima; debiendose transferir tambien la informacion sistematizada en formato electronico (datos e imagenes), si lo tuvieran, obtenido a partir del acervo documentario a incorporar; dictando las medidas correspondientes; Que, la presente resolucion debe ser puesta a conocimiento de la ciudadania, a traves de la correspondiente publicacion; y, Conforme a las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 26497 ­ Ley Organica del RENIEC, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98PCM, el Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 855-2010-JNAC/RENIEC (29SET2010), y lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Articulo Primero.- INCORPORAR las Oficinas de Registros del Estado Civil de las Municipalidades Distritales de Lurin y MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, la misma que incluye su acervo documentario e informacion sistematizada en formato electronico, si lo tuvieran; la cual se MORDAZA efectiva a partir del dia Viernes 12 de Agosto del 2011, fecha en la cual tambien se REVOCAN las facultades registrales comprendidas en los literales i), l), m), n) y q) del articulo 44º de la Ley Nº 26497, conferidas a las Oficinas de Registros del Estado Civil de las Municipalidades Distritales de Lurin y MORDAZA, Provincia y Departamento de Lima. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, realizar todas las coordinaciones y acciones pertinentes con las autoridades de las Municipalidades Distritales de Lurin y MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, para el traslado del acervo documentario fisico e informacion sistematizada en formato electronico al RENIEC, en cumplimiento de lo

establecido en la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 26497 y el articulo precedente. Articulo Tercero.- ENCARGAR a las Gerencias de Procesos de Registros Civiles, de Operaciones Registrales, de Imagen Institucional y de Asesoria Juridica la implementacion de lo dispuesto por la presente resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional 676291-1

MINISTERIO PUBLICO
Amplian la competencia de la Fiscalia Provincial Especializada en Delitos de Trafico Ilicito de Drogas, Sede MORDAZA
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1519-2011-MP-FN MORDAZA, 10 de agosto de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 002-2011-MP-FN-O-C Y EFPETID de fecha 8 de MORDAZA del 2011, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Superior, Jefe de la Oficina de Coordinacion y Enlace de las Fiscalias Especializadas en Delitos de Trafico Ilicito de Drogas, propone la ampliacion de la competencia de la Fiscalia Provincial Especializada en Delitos de Trafico Ilicito de Drogas ­ Sede MORDAZA, para que conozca las investigaciones por delito de Trafico Ilicito de Drogas y delitos conexos; MORDAZA de Activos procedente del Trafico Ilicito de Drogas; y acciones de control de insumos y productos quimicos fiscalizados que se cometan en el Distrito Judicial de Sullana; Que, a traves de la Resolucion Nº 1187-2009-MP-FN de fecha 1 de setiembre del 2009, se amplio la competencia de las Fiscalias Provinciales Especializadas en Delitos de Trafico Ilicito de Drogas, en toda la demarcacion territorial de sus correspondientes distritos judiciales, para conocer los delitos descritos en el parrafo anterior; Que, al crearse el Distrito Judicial de Sullana, mediante Resolucion de la Junta de Fiscales Supremos Nº 0622011-MP-FN-JFS de fecha 28 de junio del 2011, la Fiscalia Provincial Especializada en Delitos de Trafico Ilicito de Drogas ­ Sede MORDAZA, careceria de facultades para asumir competencia respecto a los delitos de Trafico Ilicito de Drogas cometidos en las Provincias de Sullana, Talara y Ayabaca del Distrito Judicial de Sullana, razon por la cual, debe procederse con expedir el acto resolutivo que amplie la competencia de la Fiscalia Provincial Especializada en Delitos de Trafico Ilicito de Drogas ­ Sede Piura; Que, en uso de las facultades conferidas en el articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, de la Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Ampliar la competencia de la Fiscalia Provincial Especializada en Delitos de Trafico Ilicito de Drogas ­ Sede MORDAZA, para que conozca todas las investigaciones por delito de Trafico Ilicito de Drogas y delitos conexos, MORDAZA de Activos procedente del Trafico Ilicito de Drogas, y acciones de control de insumos y productos quimicos fiscalizados que se cometan en el Distrito Judicial de Sullana. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, al Ministerio del Interior, Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Junta de Fiscales Supremos, Presidencias de la Junta de Fiscales Superiores de los distritos judiciales a nivel nacional, Oficina de Asuntos Antinarcoticos de la Embajada de los Estados Unidos de Norteamerica ­

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