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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (11/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de agosto de 2011 448274 matricularse en los cursos que correspondan en la Carrera Profesional de Ingeniería Civil, ciclo 2011-I, ante la Facultad de Ingeniería de la referida universidad; Que, mediante informe Nº 507-2011-DGAJ, la Dirección General de Asesoría Jurídica de la Asamblea Nacional de Rectores informa que al haberse identifi cado irregularidades académicas cometidas en la Facultad de Ingeniería de la Universidad José Carlos Mariátegui, y ante lo sucedido, es verosímil que se hayan otorgado irregularmente Grados Académicos y Títulos Profesionales en otras facultades; Que, asimismo, indica la mencionada Dirección General, que en salvaguarda de la legalidad de los Grados Académicos y Títulos Profesionales y del Registro Nacional de Grados y Títulos creado por Ley Nº 25064, resulta indispensable y urgente que la Asamblea Nacional de Rectores adopte las medidas necesarias a fin de determinar la existencia de títulos profesionales o grados académicos otorgados ilegalmente y verificar la responsabilidad de las autoridades universitarias; Que, la Comisión de Coordinación Interuniversitaria, mediante acuerdo de vistos, dispuso la designación de una Comisión de Rectores Ad-Hoc, en aplicación del artículo 18º del Reglamento de las Leyes Nº 26490 y Nº 27602, Sobre Intervención de Universidades Públicas y Privadas, aprobado mediante Resolución Nº 898-2002-ANR y modificado con Resolución Nº 1462-2003-ANR; Estando a lo acordado; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar una Comisión Ad-Hoc de Rectores con la fi nalidad de informar sobre la existencia de Títulos Profesionales o Grados Académicos otorgados ilegalmente en las Facultades de la Universidad José Carlos Mariátegui; Comisión integrada por: • Dr. Víctor Raúl Aguilar Callo Rector de la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco • Dr. Edgar Juan Díaz Zúñiga Rector de la Universidad Nacional de Ucayali Presidente del CRI Amazónico • Dr. Dedicación Valdemar Medina Hoyos Rector de la Universidad Nacional San Agustín de Arequipa Artículo 2º.- Precisar que la Comisión Ad-Hoc designada, concluida su labor, emitirá un informe en quince (15) días calendario; poniéndose en conocimiento del Rector de la Universidad José Carlos Mariátegui para que facilite la información correspondiente y efectué sus descargos con las pruebas que estime conveniente; informándose de lo actuado a la Comisión de Coordinación Interuniversitaria en el plazo de quince (15) días calendario, en aplicación del artículo 19º del Reglamento de las Leyes Nº 26490 y Nº 27602, Sobre Intervención de Universidades Públicas y Privadas. Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano y en la página web de la institución. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 675795-1 Designan Presidente de la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional Federico Villarreal y disponen ampliación de funciones de dicha Comisión COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN N° 0887-2011-ANR Lima, 9 de agosto de 2011 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El Acuerdo de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria, reunida en sesión extraordinaria el 04 de agosto de 2011; y CONSIDERANDO: Que la Asamblea Nacional de Rectores, en mérito a lo previsto por el artículo 90º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, tiene por fi nalidad coordinar y orientar las actividades académicas y administrativas de las universidades del país, así como velar por la gobernabilidad institucional y autonomía universitaria; Que, mediante Resolución Nº 1116-2010-ANR, de fecha 12 de noviembre de 2010, se declaró en situación de ingobernabilidad a la Universidad Nacional Federico Villarreal; estableciéndose un plazo de 180 días y designándose, mediante Resolución Nº 1121-2010-ANR, una Comisión de Orden y Gestión para la mencionada universidad, presidida por el Msc. Dagoberto Sánchez Mantilla. Que, mediante Resolución Nº 0488-2011-ANR, de fecha 29 de abril de 2011, se designó al Biólogo Edwin Agustín Vegas Gallo, ex Rector de la Universidad Nacional de Piura, como presidente de la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional Federico Villarreal; Que, con Resolución Nº 0525-2011-ANR, de fecha 16 de mayo de 2011, se ratifi ca en sus funciones al Biólogo Edwin Agustín Vegas Gallo como Presidente de la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional Federico Villarreal y se amplía el plazo de intervención de la referida universidad por noventa (90) días más; Que, estando por concluir este último plazo de ampliación, la Comisión de Coordinación Interuniversitaria, acordó designar como presidente de la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional Federico Villarreal al Ms. of Sc. Freddy Alberto Aponte Guerrero, ampliando sus funciones por noventa (90) días; Estando a lo acordado por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Habiendo concluido el periodo de ampliación de la intervención al 12 de agosto de 2011, dar las gracias por los servicios prestados al Biólogo Edwin Agustín Vegas Gallo por las funciones desempeñadas como Presidente de la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional Federico Villarreal, a nombre de la universidad peruana. Artículo 2º.- Designar al Ms. of Sc. Freddy Alberto Aponte Guerrero, ex Rector de la Universidad Nacional de Piura, como Presidente de la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional Federico Villarreal, y asimismo disponer la ampliación de las funciones de la mencionada Comisión por noventa (90) días, a fi n de que concluya con el encargo encomendado mediante Resolución Nº 1116-2010-ANR.