Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2011 (11/08/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

448275

Articulo 3º.- Precisar que queda vigente en todos sus demas extremos la Resolucion Nº 1121-2010-ANR. Articulo 4º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la Asamblea Nacional de Rectores. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 675795-2

caso de que se advierta la consignacion de informacion falsa en su declaracion jurada de vida. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo unico.- PRECISAR el articulo 24, numeral 2, del Reglamento de inscripcion de listas de candidatos para las Elecciones Regionales y Municipales del ano 2010, aprobado por Resolucion Nº 247-2010-JNE, de fecha 15 de MORDAZA de 2010, en el sentido de que el retiro del candidato por la consignacion de informacion falsa en su declaracion jurada de MORDAZA procedera hasta un dia MORDAZA de la fecha de la eleccion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS.

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Precisan articulo del Reglamento de inscripcion de listas de candidatos para las Elecciones Regionales y Municipales del ano 2010, referente al retiro de candidato por consignacion de informacion falsa en su declaracion jurada de MORDAZA
RESOLUCION Nº 0676-2011-JNE MORDAZA, nueve de agosto de dos mil once. CONSIDERANDOS Mediante Decreto Supremo Nº 023-2011-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 19 de marzo de 2011, fueron convocadas las Elecciones Municipales para el 20 de noviembre de 2011, en los distritos de: MORDAZA, provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica; Yacus, provincia y departamento de Huanuco; Constitucion, provincia de Oxapampa, departamento de Pasco, y Samugari, provincia de La Mar, departamento de Ayacucho. Mediante Decreto Supremo Nº 072-2011-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 4 de agosto de 2011, fueron convocadas las Elecciones Municipales Complementarias para el 20 de noviembre de 2011, en el distrito de MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash. El articulo 24, numeral 2, de la Resolucion Nº 247-2010JNE, aplicable para los referidos procesos electorales, dispone que, en caso de que el MORDAZA Electoral Especial advierta la consignacion de informacion falsa en la declaracion jurada de MORDAZA, debera disponer el inmediato retiro del candidato, lo cual podra hacerlo solamente hasta la fecha de vencimiento del plazo de MORDAZA de solicitudes de inscripcion de listas de candidatos. No obstante, cabe mencionar que dicho criterio ha sido dejado de lado por este organo colegiado mediante la emision de disposicion normativa posterior. Efectivamente, el articulo 26, numeral 2, de la Resolucion Nº 5004-2010-JNE, de fecha 27 de diciembre de 2010, senalo que cuando el MORDAZA Electoral Especial advierta la incorporacion de informacion falsa en la declaracion jurada de MORDAZA, dispondra el inmediato retiro del candidato, inclusive hasta un dia MORDAZA de la eleccion, sin perjuicio de efectuar las denuncias que correspondan. En ese sentido, corresponde precisar que segun el articulo 24, numeral 2 de la Resolucion Nº 247-2010-JNE, el MORDAZA Electoral Especial podra disponer, hasta un dia MORDAZA del dia de la eleccion, el retiro de un candidato, en

SIVINA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 675724-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Incorporan Oficinas de Registros del Estado Civil de las Municipalidades Distritales de Lurin y MORDAZA de la provincia de MORDAZA, al RENIEC
RESOLUCION JEFATURAL N° 397-2011-JNAC/RENIEC MORDAZA, 10 de agosto de 2011 VISTOS: el Oficio N° 000621-2011/GPRC/RENIEC (16MAY2011) emitido por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, los Oficios N° 001862-2011/GPRC/ SGIRC/RENIEC (12MAY2011) y N° 003319-2011/GPRC/ SGIRC/RENIEC (09AGO2011) emitidos por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, el Informe N° 000744-2011/GAJ/RENIEC (12ABR2011) emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, y el Oficio N° 0028292011/GOR/RENIEC (03AGO2011) emitido por la Gerencia de Operaciones Registrales; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucional MORDAZA, encargado de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 023-96-JEF, se delego a las Oficinas de los Registros Civiles (hoy Oficinas de Registros del Estado Civil) que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Agencias Municipales autorizadas a inscribir, Comunidades Nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos autorizados a inscribir, las funciones

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.