Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2011 (01/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

454219

POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Nº 25 de la fecha, y; VISTOS: El Informe N° 188-2011-DPUOPC-GDUO-MDMM de fecha 17 de noviembre del 2011 emitido por el Departamento de la Planeamiento MORDAZA, Obras Privadas y Catastro, el Memorandum N° 694-2011-GDUO-MDMM de fecha 18 de noviembre del 2011 emitido por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras y el Informe N° 1025-2011GAJ-MDMM de fecha 21 de noviembre del 2011 emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitucion Politica del Estado modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 04/10/05, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 950-MML, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 17 de junio de 2006, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA aprobo el reajuste integral de Zonificacion de Usos del Suelo de un sector del distrito de MORDAZA MORDAZA, que es parte del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana, estableciendo en su apartado B.6.1), que la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA podra reglamentar y aprobar entre otros los Parametros Urbanisticos y Edificatorios complementarios, el correspondiente al tamano minimo de departamento en edificios multifamiliares, de uno, dos y tres dormitorios; Que, mediante Ordenanza Nº 290-MDMM y modificatorias, se dio cumplimiento a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 950-MML, MORDAZA los parametros urbanisticos y edificatorios complementarios, estandares de calidad y otras disposiciones conexas aplicables al Area de Tratamiento III (Sectores III y IV) del distrito; Que, sin embargo, la dinamica MORDAZA viene generando un aumento producto de la falta de normatividad y legislacion acorde con el desarrollo MORDAZA armonico y sostenible del distrito, por lo que es necesario modificar los criterios contenidos en la Ordenanza Nº 290-MDMM; Que, es funcion de la Municipalidad orientar y encausar la inversion privada en compatibilidad con la vision de desarrollo en MORDAZA con el bien comun, en tal sentido, debe adoptarse las medidas necesarias que permitan el desarrollo ordenado del crecimiento urbanistico en el distrito; Estando al uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal, aprobo por MAYORIA, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- MODIFIQUESE el primer parrafo del numeral 6.16.1) del articulo MORDAZA de la Ordenanza N° 290-MDMM, por el siguiente: "(...) 6.16.1. Del Area minima de Viviendas Conforme a lo senalado en el inciso B.6.1 del Anexo Nº 04 de la Ordenanza 950-MML el area minima de vivienda segun la Zonificacion y Sectorizacion respectiva, sera la siguiente: (...)". Articulo Segundo.- AGREGUESE al numeral 6.16.1 del articulo MORDAZA de la Ordenanza N° 290-MDMM, los siguientes parrafos: "El area minima de vivienda regulada en el cuadro anterior contara con una tolerancia del veinte por ciento (20%). Tanto en el sector III y IV, se permitira plantear en el anteproyecto y/o proyecto hasta un veinticinco (25%) del total de unidades de vivienda de un (01) dormitorio como MORDAZA y con un area minima de 50 m2".

Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 723348-2

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Aprueban MORDAZA Texto Unico de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 794-2011-A/MM Miraflores, 28 de noviembre de 2011 EL MORDAZA DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y que dicha autonomia, reconocida en la Constitucion Politica del Peru, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el articulo 37, ultimo parrafo, de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, prescribe que para aquellos servicios que no MORDAZA prestados en exclusividad, las entidades a traves de Resolucion del Titular del Pliego estableceran los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberan ser debidamente difundidos para que MORDAZA de publico conocimiento; Que, con la Resolucion de Alcaldia Nº 926-2009-ALC/ MM, de fecha 04 de diciembre de 2009, se aprueba el Texto Unico de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad de Miraflores, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 18 de diciembre de 2009, y modificado a traves de las Resoluciones de Alcaldia Nºs 440-2010ALC/MM del 22 de junio de 2010 y 626-2011-A/MM, de fecha 12 de setiembre de 2011; Que, mediante Ordenanza Nº 347/MM del 08 de MORDAZA de 2011, se aprueba la nueva Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ROF de la Municipalidad de Miraflores, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 12 de MORDAZA de 2011; Que, con fecha 23 de agosto de 2011, a traves del Memorandum Circular Nº 005-2011-GPP/MM, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto solicita a diversas unidades organicas de la Entidad la revision integral de los servicios no exclusivos brindados a traves de dichas areas, y si fuera necesario la variacion de requisitos, precios, incremento o disminucion de requisitos u otros; Que, el articulo 46, literal a) del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ROF de la Municipalidad de Miraflores, establece que es funcion de la Subgerencia de Racionalizacion y Estadistica, entre otras, elaborar y mantener actualizados los documentos de gestion, tales como ROF, MOF, CAP, MAPRO, MORDAZA y TUSNE, asi como los reglamentos de uso interno segun la normatividad vigente, y en coordinacion con las diferentes unidades involucradas; Que, a traves del Memorando Nº 274-2011-GPP/ MM, de fecha 21 de noviembre de 2011, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, presenta el proyecto del MORDAZA Texto Unico de Servicios No Exclusivos ­TUSNE de la Municipalidad de Miraflores, el mismo que se sustenta en el Informe Tecnico Nº 037-2011-SGRE-GPP/MM del 21 de noviembre de 2011, elaborado por la Subgerencia de Racionalizacion y Estadistica, y en base a los informes remitidos por las diversas unidades organicas de la Entidad; Que, a mayor sustento, la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Legal Nº 371-2011-GAJ/MM,

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