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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de diciembre de 2011 454217 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Prorrogan plazo de vigencia previsto en Ordenanza que estableció Régimen de Beneficio de Regularización de Deudas Tributarias y Administrativas en el distrito de Cieneguilla DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2011-A-MDC Cieneguilla, 29 de Noviembre del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO: El Informe Nº 122-2011-GATR/MDC de fecha 29 de Noviembre del 2011 de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y el Informe Nº 610-2011-GAJ-MDC de fecha 29 de Noviembre del 2011 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre ampliación de la vigencia del Benefi cio Tributario y Administrativo, otorgado mediante Ordenanza Nº 142-2011-MDC, publicada el 08 de noviembre de 2011, y, CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972 los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal. Que, mediante Ordenanza Nº 142-2011-MDC (a la que le corresponde el número 143-2011-MDC), se estableció el Régimen de Benefi cio de Regularización de Deudas Tributarias y Administrativas en el Distrito de Cieneguilla, para que los administrados regularicen sus obligaciones tributarias formales, en cualquier estado que se encuentren; Que, el artículo segundo de la precitada ordenanza dispuso su vigencia hasta el 30 de Noviembre del presente ejercicio, a fi n de que los administrados puedan benefi ciarse de los benefi cios e incentivos de rebajas otorgados mediante dicha ordenanza; Que, la primera disposición fi nal de la ordenanza de la referencia dispuso facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la correcta aplicación y/o prórroga del benefi cio tributario que se aprueba mediante la referida Ordenanza. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en los artículos 20º inciso 6 y 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo Primero: PRORROGAR el plazo de vigencia previsto en el segundo artículo de la Ordenanza Nº 143- 2011-MDC (publicada con el número 142-2011-MDC), hasta el 30 de Diciembre del 2011. Artículo Segundo: ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, a Secretaría General disponga su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (www.municieneguilla.gob.pe), en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www. serviciosalciudadano.gob.pe) y a la Sub Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión de la misma. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA Alcalde 723663-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Designan Auxiliar Coactivo de la Gerencia de Rentas de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 531-2011-ALC/MLV La Victoria, 18 noviembre 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA VISTOS; los Informes Nº 003-2011-CECPMAC-MDLV, Nº 004-2011-CECPMAC-MDLV y Nº 005-2011-CECPMAC- MDLV, del 28 de octubre de 2011; los Informes Nº 007- 2011-CECPMAC-MDLV, 008-2011-CECPMAC-MDLV y Nº 009-2011-CECPMAC-MDLV del 3 de noviembre de 2011; los Informes Nº 10-2011-CECPMAC-MDLV y Nº 11-2011-CECPMAC-MDLV del 10 de noviembre de 2011; el Informe Nº 013-2011-CECPMAC-MDLV del 11 de noviembre de 2011; el Informe Nº 014-2011-CECPMAC- MDLV del 15 de noviembre de 2011, todos emitidos por la Comisión Evaluadora del Concurso Público de Méritos para seleccionar un Auxiliar Coactivo; y las seis (6) Actas de la citada Comisión, suscritas por la totalidad de sus integrantes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, estableciendo en su artículo 7º numeral 7.1) que “la designación del Ejecutor como la del Auxiliar se efectuará mediante concurso público de méritos” (sic). Asimismo, el numeral 7.2) del citado artículo estipula que “tanto el Ejecutor como el Auxiliar ingresarán como funcionarios de la Entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva” (sic); Que, en mérito a lo expuesto se conformó la Comisión Evaluadora del Concurso Público de Méritos para designar a un (1) Auxiliar Coactivo para la Subgerencia de Ejecución Coactiva de la Gerencia de Rentas de la Municipalidad de La Victoria, mediante Resolución de Alcaldía Nº 457-2011-ALC/MLV de fecha 13 de octubre de 2011; encargándose a dicha Comisión la elaboración de las bases del concurso en el plazo de 10 días; Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 9º numeral 32) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, mediante Acuerdo de Concejo Nº 065-2011/MLV, de fecha 20 de octubre de 2011, se aprobaron las Bases del Concurso Público de Méritos anteriormente indicado; por lo que la Comisión Evaluadora procedió a realizar la convocatoria y demás acciones correspondientes; Que, mediante las Actas de fecha 15 de noviembre de 2011 que forman parte integrante de la presente Resolución y constan de dos (2) folios, la Comisión Evaluadora determinó como ganador del concurso público efectuado al Lic. Michael Augusto Escally Fernández, lo cual fue informado por la Comisión a la Gerencia Municipal, a fi n de proceder a su designación; Que, la Ley Nº 27204 precisa que el Auxiliar Coactivo es un funcionario nombrado o contratado según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, estableciendo que su designación no implica que dicho cargo sea de confi anza; Estando a las normas legales glosadas, a las consideraciones expuestas y a los informes y documentos