Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2011 (01/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

454175

Que, mediante Resolucion Directoral Nº 340-2011ANA, se autorizo la suspension sin contraprestacion, del Contrato Administrativo de Servicios, suscrito con el ingeniero MORDAZA MORDAZA Yampufe MORDAZA, encargado de la Administracion Local de Agua MalaOmas­Canete, desde el 26 de setiembre hasta el 02 de diciembre del 2011, el mismo que fuera solicitado de forma excepcional por el citado servidor; y consecuentemente a fin que la citada Administracion Local de Agua no se vea afectada en su funcionamiento, mediante Resolucion Jefatural Nº 687-2011-ANA, se encargo las funciones de la precitada Administracion Local de Agua Mala-Omas-Canete, al ingeniero MORDAZA MORDAZA Musayon MORDAZA, en tanto, se encuentre vigente la referida suspension de Contrato Administrativo de Servicios; Que, se ha visto por conveniente, dar por concluidas las encargaturas conferidas con las Resoluciones senaladas en el MORDAZA considerando de la presente resolucion, y en consecuencia encargar a los nuevos profesionales que asuman las funciones de las citadas Administraciones Locales de Agua; Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, la Jefatura de la entidad esta facultada transitoriamente, para encargar mediante Resolucion Jefatural las funciones de las Administraciones Locales de Agua; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos y el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluidas, a partir del dia 01 de diciembre de 2011, las encargaturas de funciones en las Administraciones Locales de Agua, que fueron otorgadas a los profesionales que se indican a continuacion, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados:
ADMINISTRACION LOCAL DE AGUA Chicama Bagua - MORDAZA PROFESIONAL ENCARGADO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gilder Quinones Aldean RESOLUCION DE ENCARGATURA R.J.Nº648-2010-ANA R.J. Nros.648-2010-ANA y 75-2011-ANA

AMBIENTE
Declaran MORDAZA Reservada Ancon ubicada en los distritos de Ancon y MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL N° 275-2011-MINAM MORDAZA, 28 de noviembre de 2011 Visto, el Oficio N° 500-2011-SERNANP-J del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado SERNANP; CONSIDERANDO: Que, el articulo 68º de la Constitucion Politica del Peru establece que es obligacion del Estado promover la conservacion de la diversidad biologica y de las Areas Naturales Protegidas; Que, la Ley Nº 26834, Ley de Areas Naturales Protegidas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0382001-AG, establecen que las Areas Naturales Protegidas son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales, incluyendo sus categorias y zonificaciones, para conservar la diversidad biologica y demas valores asociados de interes cultural, paisajistico y cientifico, asi como por su contribucion al desarrollo sostenible del pais; asimismo, refieren que las Areas Naturales Protegidas conforman en su conjunto el Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE, a cuya gestion se integran las instituciones publicas del Gobierno Central, Gobiernos Descentralizados de nivel Regional y Municipalidades, instituciones privadas y las poblaciones locales que actuan, intervienen o participan, directa o indirectamente en la gestion y desarrollo de estas areas; Que, el Ministerio del Ambiente tiene como funcion especifica dirigir el Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE, de conformidad con lo establecido en el literal h) del articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; funcion que ejecuta a traves del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, organismo publico tecnico especializado adscrito al Ministerio del Ambiente y que absorbiera las funciones de la Intendencia de Areas Naturales Protegidas del ex Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA; Que, de conformidad con los articulos 7° y 13° de la Ley N° 26834, Ley de Areas Naturales Protegidas, y los articulos 42° y 59° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2001-AG, se indica que mediante Resolucion Ministerial de Agricultura (hoy del Ministerio del Ambiente), previa opinion tecnica favorable del INRENA (hoy del SERNANP), podra establecerse de forma transitoria zonas reservadas en aquellas areas que reuniendo las condiciones para ser consideradas como Areas Naturales Protegidas, requieren la realizacion de estudios complementarios para determinar, entre otros, la extension y categoria que les correspondera como tales; Que, a traves de la Ley N° 29767, se declara la intangibilidad de la MORDAZA de Ancon, se crea un area natural protegida integrada por el MORDAZA Ecologico Nacional "Antonio Raimondi" y la citada MORDAZA, y se encarga al Ministerio del Ambiente la delimitacion y precision de los espacios terrestres y marinos que integran la mencionada area natural protegida; Que, mediante documento de visto, y sobre la base de lo establecido en la precitada Ley y en el Informe N° 102-2011-SERNANP-DDE-OAJ del 10 de noviembre de 2011 de la Direccion de Desarrollo Estrategico y de la Oficina de Asesoria Juridica del SERNANP; se sustenta el establecimiento de la MORDAZA Reservada Ancon, sobre la superficie de diez mil cuatrocientos cincuenta y dos hectareas con cuatro mil quinientos metros cuadrados (10 452,45), habiendose aprobado la propuesta mediante Informe Nº 102-2011-SERNANP-DDE de fecha 09 de noviembre de 2011; Que, el area propuesta como MORDAZA Reservada Ancon comprende: i) Un area continental correspondiente al

Articulo Segundo.- Encargar, a partir del dia 01 de diciembre de 2011, las funciones de las Administraciones Locales de Agua, a los profesionales siguientes:
ADMINISTRACION LOCAL DE AGUA Chicama Bagua - MORDAZA PROFESIONAL ENCARGADO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zuloeta MORDAZA

Articulo Tercero.- Dar por concluida, a partir del dia 03 de diciembre de 2011, la encargatura de funciones en la Administracion Local de Agua MalaOmas-Canete, que fue otorgada el ingeniero MORDAZA MORDAZA Yampufe MORDAZA, mediante la Resolucion Jefatural Nº 011-2010-ANA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo Cuarto.- Encargar, a partir del 03 de diciembre de 2011, las funciones de la Administracion Local de Agua Mala-Omas-Canete, al ingeniero MORDAZA MORDAZA Musayon Ayala. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Autoridad Nacional del Agua 723458-5

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