Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2011 (04/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 4 de diciembre de 2011

bandas de frecuencias y localidades que a continuacion se detallan, seran otorgadas mediante concurso publico:
MODALIDAD DEL SERVICIO BANDA RADIODIFUSION SONORA FM LOCALIDAD OLMOS DEPARTAMENTO MORDAZA

MORO-NEPENA-JIMBE MORDAZA

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA NOVES Directora General de Autorizaciones en Telecomunicaciones 724730-1 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2733-2011-MTC/28 MORDAZA, 25 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, el articulo 16º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, concordado con el articulo 40º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan mediante concurso publico cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles en una banda y localidad es menor al numero de solicitudes admitidas; Que, mediante Informe Nº 4178-2011-MTC/28 se da cuenta que en la localidad de BAJO NARANJILLONARANJOS del departamento de San MORDAZA del servicio de radiodifusion sonora en FM, el numero de solicitudes admitidas es superior al de frecuencias disponibles, razon por la cual las respectivas autorizaciones para prestar servicios de radiodifusion deberan otorgarse por concurso publico; Que, el articulo 41º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que configurada la situacion prevista en el articulo 40º del mismo cuerpo legal, se expedira la resolucion directoral senalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidad seran otorgadas por concurso publico; De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212007-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar que las autorizaciones para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora en FM en la localidad de BAJO NARANJILLO-NARANJOS del departamento de San MORDAZA seran otorgadas mediante concurso publico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA NOVES Directora General de Autorizaciones en Telecomunicaciones 724725-1 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2757-2011-MTC/28 MORDAZA, 29 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, el articulo 16º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, concordado con el articulo 40º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan mediante concurso publico cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles en una banda y localidad es menor al numero de solicitudes admitidas; Que, mediante Informe Nº 4198-2011-MTC/28 se da cuenta que en la localidad de ACZO-CHINGASLLAMELLIN-SAN MORDAZA DE RONTOY del departamento

de MORDAZA del servicio de radiodifusion sonora en FM, el numero de solicitudes admitidas es superior al de frecuencias disponibles, razon por la cual las respectivas autorizaciones para prestar servicios de radiodifusion deberan otorgarse por concurso publico; Que, el articulo 41º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que configurada la situacion prevista en el articulo 40º del mismo cuerpo legal, se expedira la resolucion directoral senalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidad seran otorgadas por concurso publico; De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212007-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar que las autorizaciones para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora en FM en la localidad de ACZO-CHINGAS-LLAMELLIN-SAN MORDAZA DE RONTOY del departamento de MORDAZA seran otorgadas mediante concurso publico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA NOVES Directora General de Autorizaciones en Telecomunicaciones 724728-1

Autorizan a la empresa Centro de Capacitacion para Conductores de San MORDAZA Sociedad Anonima Cerrada CECASAM S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 4198-2011-MTC/15 MORDAZA, 8 de noviembre de 2011 VISTOS: Los Partes Diarios Nº 106234 y 117245 y Expedientes Nº 2011-014164, 2011-015964, 2011-017244 presentados por la empresa denominada CENTRO DE CAPACITACION PARA CONDUCTORES DE SAN MORDAZA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ CECASAM S.A.C.; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º que establece las condiciones de acceso, asi como el articulo 51º que senala los requisitos documentales; Que, mediante Parte Diario Nº 106234 y Expediente Nº 2011-014164 de fechas 10 y 14 de setiembre de 2011 respectivamente, la empresa denominada CENTRO DE CAPACITACION PARA CONDUCTORES DE SAN MORDAZA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ CECASAM S.A.C., en adelante La Empresa, presenta solicitud sobre autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Integrales en la MORDAZA de Puno; con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos y practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III y Clase B Categoria II- c; Que, mediante Oficio Nº 8231-2011-MTC/15.03 de fecha 20 de setiembre de 2011, notificado el 21 de setiembre del 2011, se comunico a La Empresa las observaciones encontradas en su solicitud y se le concede un plazo de diez (10) dias habiles para subsanarlas;

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