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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 4 de diciembre de 2011 454386 Individual, y Dirección de Asesoría Jurídica, resultando necesario aprobar la Directiva en mención; Que, mediante Resolución Directoral N° 055-2007/DE, el Director Ejecutivo de COFOPRI, delegó en la Secretaria General, entre otras funciones la función prevista en el literal c) del artículo 10º del Reglamento da Organización y Funciones de COFOPRI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 025- 2007-VIVIENDA, relacionada con la facultad de aprobar las directivas y las normas técnico administrativas para mejorar los servicios públicos que brinda la Entidad. Con el visado de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, Dirección de Catastro, Dirección de Formalización Integral, Dirección de Formalización Individual, Dirección de Normalización y Desarrollo: SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la Directiva Nº 07-2010- COFOPRI – ‘’Lineamientos para la Supervisión, Control y Seguimiento de los procedimientos de Formalización y titulación de predios rústicos’’, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- PUBLIQUESE la presente Resolución Directoral y el texto de la Directiva que aprueba en el Portal Institucional (www.cofopri.gob.pe). Artículo 3º.- NOTIFIQUESE la presente Resolución Directoral a los órganos estructurados de COFOPRI. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO BLANCO OYOLA Secretario General (e) RESOLUCIÓN DE SECRETARIA GENERAL N° 087-2010-COFOPRI/SG Lima, 5 de noviembre de 2010 VISTO: Los Informes Nº 105-2010-COFOPRI/DND y Nº 136-2010-COFOPRI/DND, de fechas 16.06.2010 y 12.08.2010, de la Dirección de Normalización y Desarrollo, respectivamente. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1089- Decreto Legislativo que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Rurales, se declara de interés público nacional la formalización y titulación de predios rústicos y tierras eriazas habilitadas a nivel nacional, a cuyo efecto se crea el Régimen Temporal Extraordinario a cargo del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal-COFOPRI; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento del citado Decreto Legislativo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 032-2008-VIVIENDA, faculta a COFOPRI a aprobar, entre otros, las Directivas que sean necesarias para la ejecución de los procedimientos establecidos en el Reglamento en mención. Que, mediante Resolución Directoral Nº 055-2007- COFOPRI/DE, el Director Ejecutivo de COFOPRI, delegó en la Secretaria General, entre otras, la función prevista en el literal c) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones del COFOPRI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 025-2007-VlVIENDA, relacionada con la facultad de aprobar las directivas y normas administrativas para mejorar los servicios públicos. Que, en mérito a la delegación de facultades otorgada por la Dirección Ejecutiva, mediante Resolución de Secretaria General N° 046-2009-COFOPRI/SG de fecha 23 de Julio del 2009, aprobó la Directiva N° 009-2009- COFOPRI-”Lineamientos para la Supervisión, Control y Seguimiento de los Procedimientos de Formalización y Titulación de Tierras Eriazas Habilitadas e Incorporadas a la Actividad Agropecuaria al 31 de Diciembre del 2004”; Que, mediante documentos de Visto, la Dirección de Normalización y Desarrollo, ha remitido el Proyecto que modifi ca la Directiva antes citada, el cual fue revisado y consensuado con la Dirección de Catastro, Dirección de Formalización Integral, Dirección de Formalización Individual, y Dirección de Asesoría Jurídica, resultando necesario aprobar la Directiva en mención; Que, mediante Resolución Directoral Nº 055-2007/DE, el Director Ejecutivo de COFOPRI, delegó en la Secretaria General, entre otras funciones la función prevista en el literal c) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones del COFOPRI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 025-2007-VlVIENDA, relacionada con la facultad de aprobar las directivas y las normas técnico administrativas para mejorar los servicios públicos que brinda la Entidad. Con el visado de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, Dirección de Catastro, Dirección de Formalización Integral, Dirección de Formalización Individual, Dirección de Normalización y Desarrollo. SE RESUELVE: Artículo 1º.- DEROGAR la Resolución de Secretaria General Nº 046-2009-COFOPRI/SG, que aprueba la Directiva Nº 009-2009-COFOPRI. Artículo 2º.- APROBAR la Directiva Nº 08-2010-COFOPRI – ‘’Lineamientos para la supervisión, Control y Seguimiento de los procedimientos de Formalización y Titulación de Tierras Eriazas Habilitadas e Incorporadas a la Actividad Agropecuaria al 31 de diciembre de 2004’’, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- PUBLIQUESE la presente Resolución Directoral y el texto de la Directiva que aprueba en el Portal Institucional (www.cofopri.gob.pe). Artículo 4º.- NOTIFIQUESE la presente Resolución Directoral a los órganos estructurados de COFOPRI. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO BLANCO OYOLA Secretario General (e) RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 013-2011-COFOPRI/SG Lima, 15 de marzo de 2011 VISTO: El Informe N° 006-2011-COFOPRI-DND, de fecha 08 de marzo del 2011, y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley N° 27406, se creó la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, ahora Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, conforme a la Segunda Disposición Complementaria de la Ley N° 28923 – Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1089, se declara de interés nacional la formalización y titulación de predios rústicos y tierras eriazas habilitadas, a nivel nacional, para lo cual se crea un régimen temporal extraordinario por cuatro años, asignando competencia para la realización de tales acciones, al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento del citado Decreto Legislativo, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2008-VIVIENDA, faculta a COFOPRI a aprobar las directivas que sean necesarias para la ejecución de los procedimientos establecidos en el Reglamento en mención; Que, asimismo, el inciso c) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, establece como una de las funciones de la Dirección Ejecutiva, la de aprobar directivas y normas técnico administrativas para mejorar la calidad de los servicios públicos que brinda la Entidad; Que, en cumplimiento a la normatividad precitada, mediante el documento del Visto, la Dirección de Normalización y Desarrollo ha remitido el proyecto de Directiva “Lineamientos para la Ejecución de la Etapa de Califi cación de Predios Rústicos”, el cual fue elaborado y consensuado conjuntamente con la Dirección de Catastro, Dirección de Formalización Integral, Dirección de Formalización Individual y Ofi cina de Asesoría Jurídica; resultando, en consecuencia, necesario aprobar la Directiva en mención;