Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2011 (04/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 4 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

454383

MTC, sobre "Regimen de autorizacion y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y Talleres de Conversion a GNV", en adelante La Directiva, establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas juridicas para ser autorizadas como Talleres de Conversion a Gas Natural Vehicular; Que, de acuerdo al numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular es el establecimiento autorizado por la Direccion General de Transporte Terrestre para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina, al sistema de combustion de GNV, mediante la incorporacion de un kit de conversion o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion, del motor dedicado instalado y del vehiculo convertido en general; Que, de acuerdo al Informe Nº 508-2011-MTC/15.03. Tall.heag, elaborado por el ingeniero informante de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada con los expedientes senalados en Vistos, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa SJ GAS S.A.C. como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV; De conformidad con la Ley Nº 29370, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias; y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversion a GNV", aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y modificada por las Resoluciones Directorales Nºs. 71502006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevado al rango de Decreto Supremo conforme al Articulo 2 del Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa SJ GAS S.A.C. como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV para la instalacion del kit de conversion correspondiente y operar en el local ubicado en: Urb. El Huerto de San MORDAZA Mza. A. lote 3-5, provincia y departamento de Ica, por el plazo de cinco (05) anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 2º.- La empresa SJ GAS S.A.C bajo responsabilidad debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion:
ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Fecha MORDAZA de MORDAZA 23 de setiembre del 2012 23 de setiembre del 2013 23 de setiembre del 2014 23 de setiembre del 2015 23 de setiembre del 2016

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercaderias (SUTRAN), MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo 5º.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion Directoral al Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV. Articulo 6º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". El costo de la publicacion de la presente Resolucion Directoral sera asumido por la empresa solicitante. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 723117-1

ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL
Disponen la publicacion de Resoluciones que aprobaron diversas Directivas referentes a predios rusticos y tierras eriazas habilitadas
RESOLUCION DE SECRETARIA GENERAL Nº 044-2011-COFOPRI/SG MORDAZA, 2 de diciembre de 2011 VISTO: El Informe Nº 409-2011-COFOPRI/OAJ de fecha 30 de noviembre de 2011, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal, complementado por la Ley Nº 27046, se crea la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, ahora Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, conforme a la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28923 ­ Ley que establece el Regimen Temporal Extraordinario de Formalizacion y Titulacion de Predios Urbanos; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 025-2007VIVIENDA se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de COFOPRI, como instrumento de gestion institucional que formaliza la estructura organica de la entidad, estableciendo sus funciones generales y especificas y las de sus Organos y Unidades Organicas, cuyo Articulo 9º dispone que el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad y del Pliego Presupuestal de COFOPRI; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 055-2007COFOPRI/DE del 23 de agosto de 2007, se delega en la Secretaria General la funcion de la Direccion Ejecutiva de COFOPRI, referida a la aprobacion de directivas y normas tecnico-administrativas para mejorar la calidad de los servicios publicos que brinda la Entidad, prevista en el literal c) del Articulo 10º del mencionado Reglamento de Organizacion y Funciones de COFOPRI; Que, mediante el documento de visto se informa que las Resoluciones de Secretaria General Nº 017-2009-

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa SJ GAS S.A.C. bajo responsabilidad debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion o contratacion de una nueva poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 31 de agosto del 2012 31 de agosto del 2013 31 de agosto del 2014 31 de agosto del 2015 31 de agosto del 2016

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