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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (04/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 4 de diciembre de 2011 454389 fecha de la regularización de la declaración, tomando en consideración el último evento. - Para el despacho excepcional, en la fecha de cancelación de la deuda tributaria aduanera. b) Con duda razonable respecto al valor declarado. c) Pendiente del resultado del análisis físico-químico. d) Otras que determine el área que administra el régimen.” Artículo 5º.- Incorpórese el numeral 8 del literal D de la sección VII del Procedimiento General “Importación para el Consumo” INTA-PG.01-A (versión 1), aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 491-2010/SUNAT/A, con el texto siguiente: “8. Tratándose de declaraciones correspondientes a despachos urgentes de fl uidos por tuberías y de mercancías a granel, el documento de transporte puede ser presentado en la regularización del despacho conjuntamente con los demás documentos sustentatorios; debiendo presentar copia simple del documento de transporte en la primera recepción de documentos.” Artículo 6º.- Incorpórese la defi nición de “Complejo aduanero” a la sección XI del Procedimiento General “Importación para el Consumo” INTA-PG.01-A (versión 1), aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 491-2010/SUNAT/A, con el texto siguiente: “Complejo aduanero: zona primaria habilitada para la inspección y reconocimiento físico de las mercancías, bajo la administración de la SUNAT; también comprende los complejos fronterizos.” Artículo 7º.- Déjese sin efecto los numerales 12 y 13 del literal A de la sección VII del Procedimiento General “Importación para el Consumo” INTA-PG.01-A (versión 1), aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 491-2010/SUNAT/A. Artículo 8º.- Modifíquese el numeral 6.1 de la Circular Nº 001-2011/SUNAT/A, por el texto siguiente: “6.1 El despachador de aduana consigna en el rubro información complementaria (casilla 7.37) de cada serie de la DUA, el DR o la SUCE, cuando corresponda.” Artículo 9º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLORIA EMPERATRIZ LUQUE RAMIREZ Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas 724359-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Designan Gerente General del INDECOPI RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 196-2011-INDECOPI/COD Lima, 2 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el literal e) del artículo 5º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033, corresponde al Consejo Directivo del Indecopi la designación o remoción del Secretario General de la Institución, quien puede ser denominado Gerente General, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 14º del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM; Que, por Acuerdo Nº 088-2010 adoptado por el Consejo Directivo en su sesión de fecha 28 de septiembre de 2010, dicho órgano directriz decidió encargar las funciones de Gerente General del Indecopi al señor Dhenis Cabrera Garrido, Gerente de Administración y Finanzas de la Institución; Que, el órgano directriz ha estimado la necesidad de efectuar la designación del nuevo Gerente General del Indecopi, con el fi n de que ejerza las funciones y responsabilidades derivadas de dicho cargo, las cuales se encuentran establecidas en la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033, y en su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institución; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la encargatura al señor Dhenis Cabrera Garrido, Gerente de Administración y Finanzas del Indecopi, de las funciones de Gerente General de la Institución, con efectividad al 5 de diciembre de 2011, dándole las gracias por los servicios prestados en cumplimiento de dicha encargatura. Artículo 2º.- Designar al señor Carlos Basadre Lacunza en el cargo de Gerente General del Indecopi, con efectividad al 5 de diciembre de 2011. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 724432-1 SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Aprueban Cuadro para Asignación de Personal de la Superintendencia del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 061-2011-EF/94.01.2 Lima, 3 de diciembre de 2011 LA SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE VALORES VISTOS: El Informe Conjunto Nº 742-2011-EF/94.04.1/94.04.2 de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de fecha 2 de diciembre del 2011; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), aprobado por Decreto ley Nº 26126 y modifi cado por la Ley Nº 29782, dicha institución es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas que tiene por fi nalidad, entre otros, velar por la protección de los inversionistas, la efi ciencia y transparencia de los