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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (08/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de diciembre de 2011 454521 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 29809 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objeto de la Ley La presente Ley defi ne la naturaleza jurídica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y regula su ámbito de competencia, funciones, organización y estructura orgánica básica. Artículo 2. Naturaleza jurídica El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos es un organismo del Poder Ejecutivo que tiene personería jurídica de derecho público y constituye pliego presupuestal. Artículo 3. Sector El sector justicia y derechos humanos comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculadas con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de derechos humanos, defensa jurídica del Estado y acceso a la justicia. Artículo 4. Ámbito de competencia El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos es la entidad competente en las siguientes materias: a) Derechos humanos. b) Defensa jurídica del Estado. c) Acceso a la justicia. d) Política penitenciaria. e) Regulación notarial y registral y supervisión de fundaciones. f) Defensa, coherencia y perfeccionamiento del ordenamiento jurídico. g) Relación del Estado con entidades confesionales. Artículo 5. Finalidad y principios El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos tiene la fi nalidad de promover y difundir los derechos humanos, postulando políticas de acceso a la justicia, con énfasis en las personas en condición de vulnerabilidad. Formula las políticas de defensa jurídica de los intereses del Estado y, en particular, contra los actos que afecten la probidad en el ejercicio de la función pública. Vela por la vigencia del Estado Constitucional de Derecho y el fortalecimiento de la institucionalidad democrática, postulando la vigencia de los principios de igualdad, legalidad, transparencia, ética pública, seguridad jurídica y paz social. TÍTULO II FUNCIONES DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS CAPÍTULO I FUNCIONES Artículo 6. Funciones rectoras En el marco de sus competencias, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos cumple las siguientes funciones rectoras: JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Res. Nº 0808-2011-JNE.- Dan por concluido el proceso de Elecciones Municipales 2011 convocado por D.S. N° 024-2011-PCM y precisan conformación de los concejos municipales involucrados 454570 MINISTERIO PUBLICO Res. Nº 2438-2011-MP-FN.- Aceptan renuncia de magistrado como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima Sur y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios 454572 Res. Nº 2439-2011-MP-FN.- Nombran Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial del Cusco, designándolo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Anta 454572 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. Nº 12037-2011.- Autorizan viaje del Superintendente para participar en reuniones y eventos a realizarse en Argentina y Paraguay 454572 Res. Nº 12038-2011.- Autorizan viaje de funcionarios a Paraguay para participar en eventos de GAFISUD 454573 UNIVERSIDADES Res. Nº 1084.- Aprueban donación dineraria efectuada por empresa a favor de la Facultad de Ingeniería de Petróleo, Gas Natural y Petroquímica de la Universidad Nacional de Ingeniería 454574 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LURIN R.A. Nº 186-2011-ALC/ML.- Designan Ejecutor Coactivo de la Gerencia de Rentas de la Municipalidad 454574 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Ordenanza Nº 141/MVMT.- Aprueban Régimen de Aplicación de Sanciones y el Cuadro de Infracciones y Sanciones en Defensa Civil de la Municipalidad 454575 Acuerdo Nº 084-2011-MVMT.- Exoneran de proceso de selección la adquisición de bienes alimentarios para el Programa de Complementación Alimentaria - P.C.A. 454579