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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de diciembre de 2011 454529 CULTURA Autorizan viaje de camarógrafo del IRTP para cubrir incidencias informativas de la participación del Presidente de la República en los actos oficiales de la Asunción del Mando Presidencial en Argentina RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 034-2011-MC Lima, 7 de diciembre de 2011 Visto, el Ofi cio N° 096-2011-PE/IRTP de fecha 06 de diciembre de 2011, remitido por la Presidenta Ejecutiva del Instituto de Radio y Televisión del Perú - IRTP, y; CONSIDERANDO: Que, el Instituto de Radio y Televisión del Perú - IRTP es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura, que tiene como objetivo llegar a toda la población nacional, a través de los medios de radiodifusión sonora y televisión a su cargo, con programas educativos, culturales, informativos y de esparcimiento; Que, el Presidente de la República, señor Ollanta Humala Tasso, viajará entre los días 9 y 10 de diciembre del presente año, con el objeto de participar en los actos ofi ciales de la Asunción del Mando Presidencial de la señora Presidenta Cristina Fernández viuda de Kirchner que se llevará a cabo en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina; Que, resulta necesario cubrir las incidencias informativas de la participación del Presidente de la República en el citado evento; por lo que se ha estimado por conveniente autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Diego Viaña Rosa Pérez, camarógrafo del equipo periodístico del Instituto de Radio y Televisión del Perú - IRTP; Que, los gastos por concepto de viáticos que irrogue el referido viaje se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Instituto de Radio y Televisión del Perú - IRTP; Que, el señor Diego Viaña Rosa Pérez, camarógrafo del equipo periodístico del Instituto de Radio y Televisión del Perú - IRTP, hará uso del servicio del Grupo Aéreo Nº 8; Que, el Artículo 2° del Reglamento de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que la Resolución de autorización de viaje será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac; Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 10.1 del Artículo 10° de la Ley Nº 29626, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales del citado artículo, que deben ser canalizados a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizados por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con la Ley Nº 29626, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Diego Viaña Rosa Pérez, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 09 al 10 de diciembre de 2011, para los fi nes a los que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Instituto de Radio y Televisión del Perú - IRTP, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos: US $ 400.00 (US$ 200.00 x 2 días) La persona cuyo viaje se autoriza mediante la presente Resolución hará uso del servicio del Grupo Aéreo Nº 8. Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberán presentar al Titular de su Institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros SUSANA BACA DE LA COLINA Ministra de Cultura 726668-16 DEFENSA Autorizan ampliación de permanencia de oficial de la Marina de Guerra en España, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 596-2011-DE/MGP Lima, 7 de diciembre de 2011 Visto el Ofi cio N.1000-1641 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 24 de junio de 2011; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 447-2010-DE/ MGP de fecha 12 de octubre de 2010, se autorizó el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Fragata CJ. Augusto Rafael PINEDO Mantilla, para que participe en el Máster en Negocio y Derecho Marítimo, a realizarse en el Instituto Marítimo Español con la Universidad Pontifi cia Comillas de Madrid, ciudad de Madrid - ESPAÑA, a partir del 13 de octubre de 2010 hasta el 12 de julio de 2011; Que, la Dirección del Instituto Marítimo Español, ha comunicado que los participantes de la referida Maestría deben elaborar un (1) proyecto de Fin de Estudios (tesis), como condición obligatoria para aprobar el Máster, planteando con dicho requerimiento la necesidad de prolongar la duración del programa de la Maestría hasta el 05 de octubre de 2011; en tal sentido, por ser de interés institucional la capacitación profesional del Personal Naval, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el presente año 2011, autorizar la ampliación de permanencia en el exterior en